ESPECIALIDADES FARMACÉUTICAS
El Colegio de
Farmacéuticos de la Provincia de Buenos Aires, informa que desde el 20 de
Agosto de 2020 y hasta el 15 de setiembre de 2020 se encuentra abierta la
inscripción para aquellos colegas que quieran acceder a las ESPECIALIDADES
FARMACÉUTICAS
ARTÍCULO
1: Se define ESPECIALIDAD
FARMACÉUTICA como la profundización del conocimiento y
el desarrollo de habilidades de una determinada rama del ejercicio de la
profesión Farmacéutica.
ARTÍCULO
2: Se denomina ESPECIALISTA al
Farmacéutico, que luego de un procedimiento evaluativo, se verifica
fehacientemente que ha profundizado el conocimiento y la práctica de una
determinada rama de la profesión Farmacéutica.
ARTÍCULO
3: Se define a la CERTIFICACIÓN
DE ESPECIALIDADES FARMACÉUTICAS como el resultado de
un acto por el cual el Colegio de Farmacéuticos de la Provincia de Buenos
Aires, aplicando los criterios del presente Reglamento, asegura a través de
un proceso de evaluación transparente, que el profesional farmacéutico
debidamente matriculado, que así lo solicite, posee conocimientos, hábitos,
habilidades, destrezas y actitudes propias para una especialidad
reconocida, además de condiciones éticas.
ARTÍCULO
5: El Consejo Directivo del Colegio de Farmacéuticos de la
Provincia de Buenos Aires certificará las siguientes Especialidades:
a) Farmacia Comunitaria (Oficinal)
b) Farmacia
Hospitalaria
c) Farmacia
Industrial
d) Farmacia
Sanitaria y Legal
e) Esterilización
f) Nutrición y
análisis de alimentos
g) Biofarmacia
A
continuación, encontrarán la parte reglamentaria, la cual les recomendamos
leer detenidamente para una mejor comprensión del proceso que permite
certificar una especialidad farmacéutica y a fin de que remitan la
totalidad de la documentación requerida. (Clic
acá)
REQUISITOS
PARA SOLICITAR EL RECONOCIMIENTO COMO ESPECIALISTA
1.-
SOLICITUD: indicando la
/las Especialidades que solicita y forma de
pago. Cuota matrícula al día. (Clic acá)
2.-
EJERCICIO PROFESIONAL: Si el ejercicio por el cual solicita la Especialidad
corresponde a alguno no declarado en el Colegio de
Farmacéutico o corresponde en algún período (últimos tres años) a una
jurisdicción distinta a la de la Provincia de Buenos Aires, deberá adjuntar
constancia certificada por el empleador y categoría o cargo desempeñado con
su carga horaria. Si está declarado en Provincia de Buenos Aires no se
requiere adjuntar nada.
3.-
ÉTICO PROFESIONAL: solamente si en los últimos cinco (5) años ejerció en
una jurisdicción distinta a la Prov. de Bs As. Si siempre ejerció en
Provincia de Buenos Aires no se requiere adjuntar nada.
4.-
RESIDENCIA HOSPITALARIA: si corresponde, deberá adjuntar la constancia de su
finalización.
5.-
ESPECIALIDAD UNIVERSITARIA: si posee alguna de las reconocidas por el Ministerio,
deberá adjuntar copia del título obtenido legalizado.
6.-
ESPECIALIDAD OTORGADA POR ENTIDAD CIENTÍFICA RECONOCIDA POR EL MINISTERIO
DE SALUD: Si posee alguna, deberá adjuntar copia del título
obtenido legalizado.
7.-
DOCENCIA UNIVERSITARIA: Si en los últimos tres (3) años ejerció o ejerce como
docente universitario en algunas de las materias de las especialidades otorgadas
por el Ministerio de Salud, deberá adjuntarla constancia entregada por la
Universidad con identificación del cargo, categoría, asignatura y carga
horaria, fecha de inicio y finalización o vigencia.
8.-
CRÉDITOS EN CAPACITACIÓN: Si tiene actualizada la carga de sus actividades de
capacitación en el Sistema de Créditos del Colegio, no debe enviar nada. Si
no lo tiene actualizado deberá actualizarlo en el Sistema de Asignación de
Créditos del Colegio en el área de Educación (Clic
acá)
Se solicita
la lectura del reglamento y el envío por el COLFARMA TAD (Clic acá) de toda
la documentación completa que corresponda, una vez cerrada la
inscripción no se recibirá documentación faltante.
ARANCEL PARA
MATRICULADOS: $1.500 por cada Especialidad solicitada.
Por
cualquier duda o consulta nos pueden escribir a:
especialidades@colfarma.org.ar
Cordialmente,
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