Junín, 25 de Septiembre de 2017

Sr.

Presidente del

H.C.D. de Junin

Sr. Gabriel D’ANDREA

S / D

De nuestra mayor consideración:

Este Bloque de Concejales del Frente Renovador integrante del Frente 1País se dirige a Ud. a fin de elevar para su ingreso y posterior tratamiento el siguiente Proyecto de Comunicación.

VISTO:

La preocupación del Colegio de Farmacéuticos y de la gran mayoría de los profesionales farmacéuticos de la provincia de Buenos Aires, ante los reiterados intentos de grandes cadenas multirrubro, con autorización para vender medicamentos, por entrar a la Provincia sin restricciones.

En tal sentido, una de estas cadenas, en el año 2012 comenzó un juicio con la intención de romper los parámetros que establece la ley 10606 para instalar una farmacia en tres aspectos clave : la distancia de 300 metros, la densidad poblacional -una farmacia cada tres mil habitantes- y la prohibición de funcionar bajo el paraguas de la figura “sociedad anónima”.-

Esta acción judicial fue rechazada por la Justicia en primera y segunda instancia.- De igual manera la Suprema Corte de la Provincia de Buenos Aires rechazó el recurso de Inaplicabilidad de Ley interpuesto por le empresa Farmacity.-

Frente a esto la empresa presentó un recurso extraordinario federal ante la Corte Suprema de la Nación.- Dicho recurso está pendiente de resolución.-

CONSIDERANDO:

Que la ley provincial 10.606 es una norma de neto corte sanitarista, que concibe a la farmacia como un servicio público y no como un comercio.- Se destaca que en los últimos años se crearon más de 300 farmacias en la Provincia, posibilitando la instalación de éstas en lugares pequeños de la Provincia, donde antes no había ninguna, como Estación French (9 de Julio) y Sierras Bayas (Olavarría). Gral. Conesa, Bahia San Blas, a modo de ejemplo.Desde el Colegio de Farmacéuticos destacan que la ley no es restrictiva. El  marco de la ley permite que muchos profesionales se trasladen al interior provincial para llevar el servicio de farmacia.-

En defensa de la ley, cabe destacar la resolución que en 2013 dictó el Ministerio de Salud de la Nación que profundizó el marco legal estableciendo que las farmacias “sólo pueden dedicarse a la venta de recetas preparadas, dispensa de drogas, medicamentos, cualquiera sea su condición de expendio, productos destinados a la higiene o estética”.

La decidida intención de estas grandes cadenas multirrubro, con licencia para la venta de medicamentos, pretende vulnerar el espíritu de la ley 10.606 que reglamenta la distribución racional de farmacias de acuerdo a índices geográficos y demográficos, y que las considera un servicio público.- Destacamos que aproximadamente el 40 por ciento de la facturación de estas grandes cadenas proviene de productos que no son medicamentos, situación ésta que también genera controversias con los kiosqueros y los mercados de barrio.

La preocupación de los farmacéuticos de la provincia no es menor, el  fundador y CEO del grupo inversionista Pegasus, Mario Quintana, renunció al directorio de Farmacity -aunque sigue siendo accionista- para asumir como secretario de Coordinación Interministerial de la Jefatura de Gabinete de Ministros. Nada menos.

Desde el Colegio profesional entienden que las leyes debatidas y aprobadas por consenso democrático en la legislatura bonaerense, y de probada efectividad en la práctica, no deben ser cuestionadas por los jueces.- No deben ser vulneradas por intereses personales y exclusivamente comerciales. Sin embargo, Mario Quintana, actual funcionario de la Jefatura de Gabinete del Gobierno de Mauricio Macri, llevó adelante juicios que pretenden modificar lo que la legislatura sancionó.-

Si esto ya era motivo de preocupación de los farmacéuticos de la Provincia, mucho más lo es la presencia como Juez de la Corte Suprema nacional de Dr. Carlos Rosenkrantz, quien fuera propuesto para el cargo por el propio presidente Macri a poco de asumir.- En efecto, a través del estudio Rosenkrantz, Bouzath y Asociados, fue hasta ese momento el patrocinante de la empresa Farmacity (y de Mario Quintana) en los juicios iniciados contra la Provincia y que hoy la Corte Suprema tiene en estudio para la resolución final.-

De generarse a través de estas influencias directas e innegables un fallo en contra de la ley vigente, y, por ende, de la profesión farmacéutica  del  ejercicio profesional tal como la entendemos los bonaerenses, se estaría privilegiando el posicionamiento de la concentración económica en desmedro del sistema de salud provincial.-

Que por lo expuesto este Bloque del Frente Renovador (1País) propicia la sanción del siguiente

PROYECTO DE COMUNICACIÓN

Art. 1°: Diríjase la presente comunicación al Sr. Presidente de la Corte Suprema de la Nación, Dr. Ricardo Luis Lorenzetti, a fin de hacerle saber el contenido argumental de la presente y el rechazo de este cuerpo legislativo a la posible vulneración de la Ley 10.606.-

Art. 2º : A los mismos efectos diríjase también a la Gobernadora de la provincia de Buenos Aires y al Sr. Intendente Municipal.-

Art. 3º : Remítase copia del presente a los restantes H. Concejos Deliberante de la provincia de Buenos Aires, a fin de que repliquen en su seno el presente proyecto, en respaldo del sistema de salud provincial y de la profesión farmacéutica.-

Art. 4º : Remítase copia de la presente al Colegio de Farmacéuticos de la Provincia de Buenos Aires, resaltando el respaldo de este cuerpo a la vigencia de la ley 10.606 y a los profesionales farmacéuticos.-

Art. 5º : De forma.-