La Obra Social del Personal de Farmacia (O.S.P.F.) informa que, a partir del día 1° de noviembre del corriente año, las recetas se deberán presentar con el “comprobante de validación” adjunto, sin la necesidad de valorizar la receta. La falta del comprobante de validación, será motivo de débito.

Es importante aclarar que el comprobante de validación deberá contar con los mismos datos que completa el afiliado o tercero en la receta: firma, aclaración, domicilio y teléfono.

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Información N° 67/2023 (26/10)