La Obra Social informa que, serán válidos los recetarios de Instituciones (Sanatorios, Hospitales, Federaciones o Asociaciones Médicas), siempre deberán contener el membrete de la misma, pudiendo estar pre impreso o bien el sello con los datos identificatorios. Es importante aclarar que las prescripciones en los recetarios antes mencionados, siempre deberán contener la firma ológrafa y el sello, ambos en original.
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Información N°18/2024 (11/04)