[vc_row][vc_column width=»1/4″][/vc_column][vc_column width=»1/4″][vc_single_image image=»65673″ img_size=»full» css=»»][/vc_column][vc_column width=»1/4″][vc_column_text css=»»]El 26 de abril de 2023 se reglamentó la Ley 26.588, modificada por Ley 27.196 a través del Decreto N° 218/2023. En su artículo 9 establece que las obras sociales, junto al resto de las entidades que se detallan en el artículo de la ley, deben proporcionar una cobertura dineraria equivalente al 27,5% del valor de la Canasta Básica Alimentaria1 (CBA). En el mencionado decreto quedó establecida la metodología que se aplica para actualizar el valor de la suma dineraria, como también la frecuencia de revisión y actualización de dicho valor que se realiza cada 6 meses.
Atento a lo mencionado, corresponde actualizar al 26 de abril de 2024 dicho valor, con la metodología establecida, actualizándose el mismo en $31.865,07. El valor surge de haber aplicado el porcentaje correspondiente (27.5%) a la publicación vigente de la Canasta Básica Alimentaria- INDEC (Publicada el 12 de abril 2024)
La próxima actualización será realizada el 26 de octubre de 2024, aplicando el mismo porcentaje sobre la Canasta Básica Alimentaria que se encuentre vigente a tal fecha.
Link al comunicado oficial: https://www.argentina.gob.ar/salud/nueva-actualizacion-del-monto-cubrir-por-obras-sociales-y-prepagas
Aclaración: Esta nuevo valor entra en vigencia a partir del 26/4/24 pero impactará de acuerdo a la fecha de liquidación de cada obra social o prepaga. Aconsejamos enviar el link de la publicación en caso de desconocimiento de esta nueva actualización. Dado que el valor se actualiza automáticamente según decreto N° 218/2023, no se publicará en el Boletín Oficial.[/vc_column_text][/vc_column][vc_column width=»1/4″][/vc_column][/vc_row]