Se informa que a partir del día 10 de octubre del corriente año, se podrán aceptar prescripciones electrónicas confeccionadas a través de diferentes plataformas, las que deberán contener obligatoriamente los requisitos de identificación de cada receta, como, por ejemplo: código de barra o número de receta. Además de los datos requeridos: Denominación de la Obra social, Nombre y apellido, DNI del afiliado, fecha prescripción, medicamento genérico, forma farmacéutica, dosis/unidad, concentración, firma y sello del médico (en formato digital o en original).
Es importante aclarar que el afiliado deberá presentar siempre la receta impresa en la farmacia.
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Información N°49/2024 (10/10)