La Obra Social aumentó los topes para solicitar autorización, los cuales se detallan a continuación:

  • Cuando el PVP del medicamento supere el importe de $ 260.000 hasta $770.000, deberá estar autorizado por la Delegación de OSPE para ser dispensado.
  • Cuando el PVP del medicamento supere el importe de $ 770.001, deberá estar autorizado por OSPE Casa Central para ser dispensado.

Para ver Norma de Atención, Clic aquí. 

Información N°9/2025 (20/02)