Red Provincial de Vigilancia Farmacéutica
Colegio de Farmacéuticos de la Pcia. de Bs. As.

20/12/19
Las alertas de la RPVF son preparadas para ser interpretadas por Farmacéuticos y otros profesionales de la salud.
Se autoriza la reproducción del presente alerta, citando la fuente.
Estimados Colegas:  transcribimos la siguiente información de ANMAT

PRODUCTOS MEDICOS:

ADMINISTRACIÓN NACIONAL DE MEDICAMENTOS, ALIMENTOS Y TECNOLOGÍA MÉDICA
Disposición 10281/2019
DI-2019-10281-APN-ANMAT#MSYDS – Productos médicos: Prohibición de uso, comercialización y distribución.
ARTÍCULO 1°: Prohíbese el uso, la comercialización y la distribución en todo el territorio nacional del producto médico rotulado como “Bomba de alimentación enteral, marca SMART, modelo APPLIX, Serie N° 7751942/21907342”, por las razones expuestas en el Considerando de la presente.
Ver completa en: https://www.boletinoficial.gob.ar/detalleAviso/primera/223991/20191219

Disposición 10277/2019
DI-2019-10277-APN-ANMAT#MSYDS – Productos médicos: Prohibición de comercialización.
ARTÍCULO 1º.- Prohíbese la comercialización en todo el territorio nacional del producto en cuyo rótulo luce: “Sábila – Aloe vera”, Elaborado por Laboratorio FE&CG AL NATURAL, San Juan de Lurigancho – Lima 36, Perú, RUC: 20392586930”, por las razones expuestas en el considerando.
Ver completa en: https://www.boletinoficial.gob.ar/detalleAviso/primera/223987/20191219

ADMINISTRACIÓN NACIONAL DE MEDICAMENTOS, ALIMENTOS Y TECNOLOGÍA MÉDICA
Disposición 10278/2019
DI-2019-10278-APN-ANMAT#MSYDS – Productos médicos: Prohibición de uso, comercialización y distribución.
ARTÍCULO 1°: Prohíbese el uso, la comercialización y la distribución en todo el territorio nacional del producto médico rotulado como: “Desfibrilador modelo D1, marca Mindray – número de serie FQ-86017933”, por las razones expuestas en el Considerando de la presente.
Ver completa en: https://www.boletinoficial.gob.ar/detalleAviso/primera/223988/20191219

ADMINISTRACIÓN NACIONAL DE MEDICAMENTOS, ALIMENTOS Y TECNOLOGÍA MÉDICA
Disposición 10279/2019
DI-2019-10279-APN-ANMAT#MSYDS – Productos médicos: Prohibición de uso, comercialización y distribución.
ARTÍCULO 1°: Prohíbese el uso, la comercialización y la distribución en todo el territorio nacional del producto médico rotulado como “Ecógrafo portátil marca ESAOTE, modelo ML30, número de serie (SN): 7022”, por las razones expuestas en el Considerando de la presente.
Ver completa en: https://www.boletinoficial.gob.ar/detalleAviso/primera/223989/20191219

ADMINISTRACIÓN NACIONAL DE MEDICAMENTOS, ALIMENTOS Y TECNOLOGÍA MÉDICA
Disposición 10280/2019
DI-2019-10280-APN-ANMAT#MSYDS – Productos médicos: Prohibición de uso, comercialización y distribución.
ARTÍCULO 1°: Prohíbese el uso, la comercialización y la distribución en todo el territorio nacional hasta tanto se encuentre inscripto en el Registro Productos de Tecnología Médica de esta Administración, de todos los lotes y presentaciones del producto médico rotulado como: “G-IVF PLUS supplemented with HSA, VITROLIFE, médium for preparation and handling of gametes and for in vitro fertilisation. REF 10136, manufactured by Vitrolife Sweden AB, V. Frölunda, Sweden”, por las razones expuestas en el considerando.
Ver completa en: https://www.boletinoficial.gob.ar/detalleAviso/primera/223990/20191219