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La Plata, 25 de MARZO de 2020 – farmaceuticos@colfarma.org.ar – www.colfarma.org.ar |
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ALERTA DE LA RPVF |
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Red Provincial de Vigilancia Farmacéutica Colegio de Farmacéuticos de la Pcia. de Bs. As. 25/03/2020 Las alertas de la RPVF son preparadas para ser interpretadas por Farmacéuticos y otros profesionales de la salud. Se autoriza la reproducción del presente alerta, citando la fuente. |
Estimados Colegas: transcribimos la siguiente información de ANMAT
ALCOHOL EN GEL
Ante las diversas consultas sobre marcas de Alcohol en Gel aprobadas por ANMAT, hemos consultado a dicha Administración y, hasta el momento, no han emitido un listado oficial. Sin embargo, el Departamento de Cosmetovigilancia ha informado lo siguiente: “Al día de la fecha los productos denominados «Alcohol en gel» que se distribuyen a nivel nacional no son de registro sino de inscripción obligatoria ante la ANMAT con admisión automática y deben ser elaborados y envasados por establecimientos que cuenten con la habilitación de la ANMAT para realizar tal actividad». El consumidor puede chequear si un producto reúne estas condiciones verificando su rotulado, donde debe constar el marco regulatorio y el número de legajo del establecimiento elaborador habilitado, es decir, Resolución (ex MS y AS) N° 155/98 N° de legajo XXXX.” Ni bien tengamos un listado oficial de parte de ANMAT lo haremos circular por este medio. Si hay dudas sobre la legitimidad de un producto puede ser enviada al e-mail: cimf@colfarma.org.ar donde será evaluada y trataremos de evacuarla a la brevedad. |
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Farm. Isabel Reinoso Presidente Red Provincial de Vigilancia Farmacéutica Colegio de Farmacéuticos de la Pcia. de Bs. As. |
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COLEGIO DE FARMACÉUTICOS DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES |
Mar
2020
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