Estimados Colegas: transcribimos la siguiente información de ANMAT
ANMAT prohíbe el uso del producto «repelente natural en base de aceite de citronella» de la marca MOSQUICHAU
La medida fue tomada luego de verificar que carece de registros de establecimiento y de producto, resultando ser en consecuencia un producto ilegal.
ANMAT comunica a la población que se ha prohibido la elaboración, fraccionamiento y comercialización en todo el territorio nacional y en plataformas de venta en línea del siguiente producto cosmético:
- “REPELENTE NATURAL EN BASE DE ACEITE DE CITRONELLA marca MOSQUICHAU», de origen nacional.
El mencionado producto queda prohibido en cualquier presentación, lote y fecha de vencimiento. La medida fue tomada luego de detectar que carece de registros sanitarios de establecimiento (RNE) y de producto (RNPA), resultando en consecuencia ser un producto ilegal.
Con el fin de proteger la salud de los ciudadanos, la Dirección de Evaluación y Gestión de Monitoreo de Productos para la Salud de ANMAT recomienda que no se utilice dicho producto, del que se desconoce el establecimiento que estuvo a cargo de su elaboración y sobre el cual no resulta posible brindar garantías acerca de su eficacia, seguridad y/o formulación.
ANMAT advierte sobre unidades falsificadas del producto “STOP! REPELENTE DE INSECTOS» marca DR FARMA
La medida fue tomada ya que se detectó la comercialización de un producto repelente de insectos de origen nacional falsificado.
ANMAT informa que se ha detectado una unidad falsificada del producto identificado como:
- “STOP! REPELENTE DE INSECTOS” , “LEGAJO N° 2695 MS Res N° 155/98″, marca “DR FARMA”.
Según informó la firma XERISTAL S.A. titular del producto original, las principales diferencias entre el producto falsificado y el genuino son:
- el producto falsificado se comercializa en botella de PVC blanco/grisáceo, con válvula translúcida estriada, mientras que el producto original “STOP! REPELENTE DE INSECTOS”, marca “DR FARMA” se comercializa en botella PEAD de color blanco, con válvula blanca lisa.
- en el producto falsificado, el Logo Dr. Farma se encuentra delimitado por un borde blanco homogéneo, mientras que en el original el logo de la marca no presenta ese tipo de delimitación.
- en el producto falsificado, no se declara ningún número de lote, asimismo, la fecha de vencimiento se encuentra impresa sobre la etiqueta posterior, mientras que en el producto original, tanto el lote como la fecha de vencimiento se encuentran consignados mediante codificadora inkject directamente sobre el plástico del envase.
Por lo expuesto, la ANMAT recomienda a la población que se abstenga de utilizar cualquier lote del producto de la marca arriba detallada.
ANMAT prohíbe el uso, distribución y comercialización de cualquier producto domisanitario de la marca EDISON
La medida alcanza a todas las presentaciones de los productos formulados identificados como aromatizantes, limpiadores, acabados de superficies, desengrasantes, desinfectante de superficie; y todo otro domisanitario de dicha marca hasta tanto se encuentren debidamente regularizados.
ANMAT informa a la población que se ha prohibido el uso, distribución y comercialización en todo el territorio nacional, como así también en las plataformas de venta electrónica, de todas las presentaciones de los productos formulados identificados como aromatizantes, limpiadores, acabados de superficies, desengrasantes, desinfectante de superficie; y todo otro producto domisanitario de la marca “EDISON”, hasta tanto se encuentren debidamente regularizados
La medida fue tomada tras comprobarse que los productos no se encuentran inscriptos ante la ANMAT y que no se identifica establecimiento responsable habilitado por esta Administración para su elaboración.
En relación a los datos relevados en la página web de la marca, no se identificó código postal ni CUIT de la firma a fin de notificar respecto que esta Administración había tomado conocimiento sobre la comercialización de los productos por plataformas de venta digital sin registro ante ANMAT. Sin embargo, luego de la baja de los links de comercialización la firma Química Edison se contactó vía mail con el Servicio de Domisanitarios para conocer las condiciones para la comercialización de los diferentes productos antes mencionados.
Por lo expuesto, la ANMAT recomienda a la población que se abstenga de utilizar cualquiera de los productos domisanitarios de dicha marca.
ANMAT prohíbe el uso, comercialización y distribución del producto médico «YASEE® Blood Glucose Meter – MODEL: GLM-77 – Yasee Biomedical Inc. – China»
La medida fue tomada porque el producto mencionado es un dispositivo médico sin registro sanitario y se desconocen sus características, funcionalidad y seguridad, por lo que implica un riesgo para la salud.
La ANMAT informa a la población que se ha prohibido el uso, la comercialización y la distribución en todo el territorio nacional, del producto médico sin autorización denominado:
- «YASEE® Blood Glucose Meter – MODEL: GLM-77 – Yasee Biomedical Inc. – China»
La medida fue tomada luego de que el Departamento de Control de Mercado advirtiera que la firma «Tienda 92» estaría comercializando dispositivos médicos sin sus debidas autorizaciones por medio de la plataforma de ventas «Mercado Libre» y que tras una inspección fue exhibida una (1) unidad del producto arriba mencionado correspondiente al **»lote 77 – 2406101 MFG 2024-06-10 – EXP 2029-06-09″, sin que el responsable pudiera acreditar mediante documentación comercial su procedencia.
En el producto (que posee dos tubos con tiras para medir glucosa, una lanceta, un dispositivo para medición, manuel de uso y batería) tampoco se observaron datos del importador responsable en la Argentina.
Por lo tanto, el producto mencionado es un dispositivo médico sin registro sanitario respecto del cual se desconocen las características, funcionalidad, seguridad y por ello reviste riesgo para la salud, toda vez que los resultados podrían ser erráticos y llevar a los pacientes a tomar decisiones equivocadas que afecten su tratamiento y salud.
ANMAT prohíbe el uso y comercialización de fresas odontológicas “SHARK ABRASIVES”
La medida fue tomada luego de verificar que se trata de un producto ilegal por carecer de los registros sanitarios correspondientes
La ANMAT ha dispuesto la prohibición del uso, comercialización y distribución en todo el territorio nacional de todos los modelos de las fresas odontológicas para tratamientos dentales identificadas como “SHARK ABRASIVES”.
La medida fue tomada tras una inspección realizada en el establecimiento “Corrientes Dental”, donde se hallaron 2 unidades de fresas odontológicas sin los datos de identificación adecuados, como número de lote, fecha de fabricación, ni información sobre el fabricante o importador en el país.
La inspección, llevada a cabo por personal del Departamento de Control de Mercado, reveló que las unidades detectadas no cumplen con los requisitos de identificación ni con la documentación comercial necesaria para acreditar su procedencia. Además, la Dirección de Gestión de Información Técnica (DGIT) de la ANMAT no encontró registros de este producto en su base de datos, lo que refuerza la consideración de que se trata de un producto no registrado.
Este tipo de producto no cuenta con la debida autorización sanitaria, lo que representa un riesgo para la salud de los pacientes y los profesionales que los utilicen. En consecuencia, se recomienda la retirada inmediata de estos productos del mercado hasta que obtengan el correspondiente registro sanitario.
La ANMAT ha dado instrucciones a las autoridades sanitarias provinciales, la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y a las áreas correspondientes para que tomen las medidas adecuadas.