Red Provincial de Vigilancia Farmacéutica
Colegio de Farmacéuticos de la Pcia. de Bs. As.

20/02/19
Las alertas de la RPVF son preparadas para ser interpretadas por Farmacéuticos y otros profesionales de la salud.
Se autoriza la reproducción del presente alerta, citando la fuente.

Estimados Colegas: transcribimos la siguiente información de ANMAT

Disposición 1716/2019 B.O. 20/02/2019

ARTÍCULO 1°- Prohíbese el uso y comercialización en todo el territorio nacional, de todos los lotes de los productos rotulados como: “Estearato de amonio pomada por 60 cm3 Parafarm”, sin datos de registro ante ANMAT, y “Pasta Lassar por 80grs. Parafarm”, sin datos de registro ante ANMAT y cualquier otro producto detallado en el Anexo I de la Disposición 8417 / 2016 que declaren ser elaborados por droguería Saporiti SACIFIA hasta tanto obtenga las autorizaciones correspondientes.

ARTÍCULO 2º- Instrúyase sumario sanitario a Droguería Saporiti SACIFIA y a su director técnico, con domicilio en avenida del Campo N° 1449, de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, por el presunto incumplimiento a los artículos 1º y 2º de la Ley Nº 16.463, y artículos 1° y 2° de la Disposición 8417 / 2016.

Farm. Isabel Reinoso
Presidente
Red Provincial de Vigilancia Farmacéutica
Colegio de Farmacéuticos de la Pcia. de Bs. As.
image_pdfGUARDAR PDFimage_printIMPRIMIR