BUENAS NOTICIAS: EL GOBERNADOR AXEL KICILLOF FIRMO LA ACTUALIZACION DEL HONORARIO PROFESIONAL

El gobernador Axel Kicillof firmó el decreto N° 1382/2023 que figura en el Boletín Oficial N.°29567 del 14 de febrero del corriente año. Puede ver el Decreto AQUI (página 3).

En el mismo se establece los honorarios y aranceles básicos mínimos de los profesionales farmacéuticos Directores Técnicos, Co-Directores Técnicos y Farmacéuticos Auxiliares que ejercen en el ámbito de la provincia de Buenos Aires, a excepción de los que presten servicios en farmacias de propiedad del Estado Provincial, Nacional y/o Municipal y de propiedad de entidades mutuales, gremiales y/o de obras sociales.

NUEVOS HONORARIOS FARMACÉUTICOS

A partir del 1° de Abril de 2023

Directores Técnicos y Co-directores técnicos, en concepto de remuneración básica mínima mensual, la cantidad de $499.968,48 (pesos cuatrocientos noventa y nueve mil novecientos sesenta y ocho con cuarenta y ocho centavos), suma que se compone de $ 299.981, 09 (pesos doscientos noventa y nueve mil novecientos ochenta y uno con nueve centavos) por las 8 horas diarias de trabajo de lunes a viernes y el horario matutino de los días sábados y de $ 199.987,39 (pesos ciento noventa y nueve mil novecientos ochenta y siete con treinta y nueve centavos) por el bloqueo de título.

Para los farmacéuticos auxiliares de $400.624,69 (pesos cuatrocientos mil seiscientos veinticuatro con sesenta y nueve centavos), suma que se integra de $ 240.374,81 (pesos doscientos cuarenta mil trescientos setenta y cuatro con ochenta y un centavos) por las 8 horas diarias de trabajo de lunes a viernes y el horario matutino de los días sábados y de $ 160.249,88 (pesos ciento sesenta mil doscientos cuarenta y nueve con ochenta y ocho centavos) por el bloqueo de título.

▶️ A partir del 1° de Junio de 2023

Directores Técnicos y Co-directores técnicos, en concepto de remuneración básica mínima mensual, la cantidad de $574.963,76 (pesos quinientos setenta y cuatro mil novecientos sesenta y tres con setenta y seis centavos), suma que se compone de $ 344.978.25 (pesos trescientos cuarenta y cuatro mil novecientos setenta y ocho con veinticinco centavos) por las 8 horas diarias de trabajo de lunes a viernes y el horario matutino de los días sábados y de $ 229.985,51 (pesos doscientos veinte nueve mil novecientos ochenta y cinco con cincuenta y un centavos) por el bloqueo de título.

Para los Farmacéuticos Auxiliares en la cantidad de $460.718,39 (pesos cuatrocientos sesenta mil setecientos dieciocho con treinta y nueve centavos), suma que se integra de $ 276.431,04 (pesos doscientos setenta y seis mil cuatrocientos treinta y uno con cuatro centavos) por las 8 horas diarias de trabajo de lunes a viernes y el horario matutino de los días sábados y de $184.287,35 (pesos ciento ochenta y cuatro mil doscientos ochenta y siete con treinta y cinco centavos) por el bloqueo de título.

A partir del 1° de Septiembre de 2023

Directores Técnicos y Co-directores técnicos, en concepto de remuneración básica mínima mensual, la cantidad de $661.208,32 (pesos seiscientos sesenta y un mil doscientos ocho con treinta y dos centavos), suma que se compone de $ 396.724,99 (pesos trescientos noventa y seis mil setecientos veinticuatro con noventa y nueve centavos) por las 8 horas diarias de trabajo de lunes a viernes y el horario matutino de los días sábados y de $ 264.483,33 (pesos doscientos sesenta y cuatro mil cuatrocientos ochenta y tres con treinta y tres centavos) por el bloqueo de título.

Para los Farmacéuticos Auxiliares en la cantidad de $529.826,15 (pesos quinientos veintinueve mil ochocientos veintiséis con quince centavos), suma que se integra de $ 317.895,69 (pesos trescientos diecisiete mil ochocientos noventa y cinco con sesenta y nueve centavos) por las 8 horas diarias de trabajo de lunes a viernes y el horario matutino de los días sábados y de $ 211.930,46 (pesos doscientos once mil novecientos treinta con cuarenta con cuarenta y seis centavos) por el bloqueo de título.-

ADICIONALES

Asimismo solicitamos que se establezca un adicional de un 10% sobre la remuneración básica mínima mensual para aquellos farmacéuticos que acrediten fehacientemente ante sus empleadores que han obtenido la certificación y/o recertificación profesional por intermedio del Colegio de Farmacéuticos de la Provincia de Buenos Aires y un adicional del 15% sobre la remuneración básica mínima mensual que se establezca para aquellos farmacéuticos que acrediten fehacientemente a sus empleadores que poseen una especialidad farmacéutica certificada o recertificada por el Colegio de Farmacéuticos de la Provincia de Buenos Aires siempre que aplique en sus actividades profesionales cotidianas la formación obtenida.

Para mayor información y consultas, pueden escribir a: asuntoslaborales@colfarma.org.ar


El Consejo Directivo del Colegio de Farmacéuticos de la provincia de Buenos Aires propuso por las competencias legales que le caben, una nueva actualización para los profesionales farmacéuticos que ejercen su actividad en los establecimientos farmacéuticos del ámbito privado de la Provincia de Buenos Aires, con valores que rigen a partir del 1° de noviembre de 2022, del 1° de enero de 2023 y del 1° de marzo del 2023.

La resolución completa para quienes ejercen en farmacias sindicales y mutuales puede leerse con su considerandos AQUI

De igual manera se sugirieron los valores para el ámbito privado. PUEDEN VERSE AQUI.

Los valores anteriores que se aplicaron durante 2022 PUEDEN VERSE AQUÍ

Simulador de Sueldos

Ponemos a su disposición el primer Simulador de Sueldos, con el que usted podrá calcular su remuneración conforme al Establecimiento en que desempeñe su actividad farmacéutica (Farmacia Privada o Sindical), su Jornada Laboral y su Certificación Profesional.
Esta herramienta le facilitará tanto a empleadores como a farmacéuticos, lograr de una manera fácil y práctica la confección de recibos de sueldos.
También le permitirá saber cuánto debe percibir el profesional en base a la legislación vigente, la cantidad de horas de trabajo, categoría, zona donde se encuentra el establecimiento, horas extras, descuentos de ley, adicionales, S.A.C., etc.

Para acceder a dicho simulador haga clic aquí y complete los campos que el sistema le solicita.

Guía para el llenado: Haciendo clic aquí, encontrará una guía útil que le simplificara el llenado de datos del simulador de sueldos.

Simulador de Ganancias

Simulador de Retención de Ganancias 4º Categoría, para los  Farmacéuticos en Relación de Dependencia

Ponemos a su disposición el primer Simulador de Retención de Ganancias 4° Categoría – para Farmacéuticos en Relación de Dependencia, con el que usted podrá realizar una estimación de su retención mensual (pago a cuenta del impuesto) conforme a lo establecido por la normativa de la AFIP.

Esta herramienta fácil y práctica nos brindará una estimación de la retención del impuesto a las ganancias para así poder compararla con la determinada en el recibo de sueldos.

Para acceder a dicho simulador haga clic aquí y complete los campos que el sistema le solicita.

Le recordamos que es un Simulador, por lo que tendrá que estar acorde a la presentación del Formulario 572 Web mediante el servicio de AFIP “SiRADIG-Trabajador” con clave fiscal, para que resulte de utilidad.

COMISIÓN DE ASUNTOS LABORALES
asuntoslaborales@colfarma.org.ar

Coordinadora de la Comisión
Farm. MANUELA MONTEIRO
Farm. Fabian Tirone
Farm. Luis Ferrari
Farm. Solange Colombo
Farm. Maria Valeria Marasco
Farm. Rosana Vuan
Farm. Stella Maris Ligio

OBJETIVOS

El objetivo principal es atender la problemática laboral de los colegas que se encuentran trabajando en Relación de Dependencia, y fundamentalmente ejecutar mecanismos de prevención, informando e interviniendo de manera institucional, con el fin de cumplir con el rol que las leyes nos otorgan de velar por el desarrollo de la profesión en nuestra provincia.

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