Reporte de la RPVF N° 275

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Boletín Semanal 11 de Febrero de 2025

CongresoBPPF2025movil

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CAMPAÑA MEDICAMENTOS SEGUROS EN LOS MEDIOS

Colegas, el Colegio Central y las Filiales han lanzado en medios y redes un jingle para seguir alertando a la población sobre los riesgos de adquirir «Medicamentos sin control”.

Esta iniciativa es parte de la campaña de concientización que COLFARMA impulsa desde hace meses. Mirá el COMUNICADO DE PRENSA AQUÍ

¡Muchas gracias!

Alejandra Gomez /
Presidente COLFARMA

👇 Les proponemos accesos a varias plataformas para apoyar y compartir esta campaña en sus redes y la de sus filiales, con colegas y amigos.

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⚠ ALERTA DE LA RPVF

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NUEVO REPORTE DE LA RPVF N° 275

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La lactosa se usa ampliamente en comprimidos y cápsulas donde actúa como excipiente. También se puede encontrar en inhaladores de polvo seco, productos liofilizados, etc

🥛La lactosa en los medicamentos puede causar molestias a las personas con intolerancia a la lactosa y, por lo tanto, afectar a la adherencia a sus tratamientos

❗❗❗Los profesionales de la salud deben ser conscientes de que es poco probable que la cantidad habitual de lactosa de los medicamentos (<2g/día) provoque molestias gastrointestinales, excepto en el caso de las personas con intolerancia grave.


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A pedido de muchos Colegas, creamos un Registro Histórico de Honorarios Profesionales del COLFARMA de los últimos 24 meses.

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El cuadro contiene el número de decreto, el período y los montos para DT/CoDT y auxiliares.

Esperamos que sea de utilidad.


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[mks_button size=»large» title=»MIRÁ MÁS INFORMACIÓN AQUÍ» style=»squared» url=»https://portal.cofa.org.ar/2025/02/10/jdf-2025/» target=»_blank» bg_color=»#000000″ txt_color=»#d0d0d0″ icon=»» icon_type=»» nofollow=»0″]

[mks_button size=»large» title=»YA PODES INSCRIBIRTE AQUÍ» style=»squared» url=»https://www.colfarma.info/colfarma/inscripcion-xxviii-jdf-en-mendoza-1-2-y-3-de-mayo/» target=»_self» bg_color=»#1e73be» txt_color=»#FFFFFF» icon=»» icon_type=»» nofollow=»0″]


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[mks_button size=»large» title=»Se encuentra disponible de forma online, un nuevo número de la Revista BIFASE» style=»squared» url=»http://www.bifase.org.ar/» target=»_blank» bg_color=»#1e73be» txt_color=»#FFFFFF» icon=»» icon_type=»» nofollow=»0″]

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Esta semana en el Canal de Noticias de Salud

  • BOLETÍN EPIDEMIOLÓGICO NACIONAL N•742/ SE 5. Año 2025 (26 de enero al 1 de febrero)
  • Registro de Productos médicos: Implementación Disposición ANMAT 64/25
  • 👩‍🔬 Día Internacional de la Mujer y la Niña en la Ciencia
  • Refuerzo de vigilancia y bioseguridad ante casos de Influenza aviar en Perú
Encontrarás los enlaces a esos contenidos en el Canal de Noticias por WhatsApp, un nuevo espacio del CFPBA para la divulgación científica, actividades, conversatorios, webinars e información de interés para la comunidad farmacéutica. Podés sumarte desde tu celular haciendo clic AQUÍ y en la imagen 👇​

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El Colegio de Farmacéuticos lanza nuevo jingle para alertar a la población sobre los riesgos de adquirir \\\\\\\»medicamentos sin control”.

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El Colegio de Farmacéuticos lanza nuevo jingle para alertar a la población sobre los riesgos de adquirir «medicamentos sin control”.

El Colegio de Farmacéuticos de la Provincia de Buenos Aires (COLFARMA) lanzó en sus redes sociales el jingle musical: ¡Medicamentos Seguros, sólo en farmacias!; como parte de su iniciativa de concientización permanente denominada «Campaña Medicamento Seguro».

La Campaña surge luego del Decreto de Necesidad y Urgencia (DNU) impulsado por el gobierno nacional de Javier Milei. En el que quita la necesidad de contar con supervisión de un profesional farmacéutico en la dispensa de medicamentos y hasta habilita la adquisición de medicamentos fuera de las farmacias, poniendo en riesgo la salud de los pacientes.

Y, si bien en la Provincia de Buenos Aires esta medida no rige porque prevalece la ley provincial 10.606, el Colegio que nuclea a los profesionales farmacéuticos entiende que puede generar confusión y desinformación en la población. Por eso consideran importante esta campaña para concientizar sobre los problemas que trae aparejado adquirir medicamentos en establecimientos que no sean farmacias, por internet o bien en la calle y sin el consejo de un farmacéutico, que en muchos casos es el único profesional sanitario con el que tiene contacto un paciente.

Una canción con un mensaje clave

“La melodía busca transmitir de manera clara y entretenida un mensaje fundamental: los medicamentos deben adquirirse únicamente en farmacias, estos son los únicos establecimientos que garantizan su seguridad, procedencia y eficacia bajo la supervisión de un profesional farmacéutico”, dijo Alejandra Gomez, presidente del COLFARMA.  

A su vez, como indica en la web oficial de esta campaña, (www.campañamedicamentoseguro.info), todas las farmacias del país conforman una fuerte red de farmacovigilancia que evita que medicamentos con efectos no deseados lleguen al paciente. Y que de existir una partida que no esté generando los impactos deseados estos puedan ser retirados en menos de 48h del alcance de los pacientes. Algo que no se puede hacer si se habilita la adquisición de medicamentos por fuera de la red de farmacias. Exponiendo a pacientes a adquirir medicamentos que no sean adecuados.

Prevención y canales oficiales

Desde su inicio, la «Campaña Medicamento Seguro» trabajó para desmentir mitos y brindar información sobre los riesgos de adquirir medicamentos fuera de los canales habilitados. A través de videos, publicaciones en redes sociales y, ahora, con este jingle musical en el que se busca llegar a un público cada vez más amplio.

El Colegio de Farmacéuticos destaca que los profesionales del sector son los responsables de garantizar la correcta conservación y procedencia de los medicamentos, asegurando su seguridad y eficacia. Adquirir estos productos en lugares no autorizados puede implicar riesgos graves para la salud, como el consumo de medicamentos vencidos, adulterados o falsificados.

Invitación a la comunidad

El jingle ya está disponible en plataformas digitales y redes sociales. COLFARMA invita a toda la comunidad a escucharlo y compartirlo para difundir la importancia del consumo responsable de medicamentos siempre bajo supervisión profesional y promover el acceso seguro a los mismos.

Para conocer más sobre la campaña y sus iniciativas, se puede visitar el sitio web y redes sociales de «Campaña Medicamento Seguro».


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Farm. para registro y certificación de medicamentos

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Febrero 2025: Honorario Farmacéutico para Farmacias Mutuales / Sindicales

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Res H C D sueldos farmacéuticos sindicales Febrero-Marzo-Abril-Mayo 25

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La Plata, 23 de enero 2025

Visto:

El tiempo transcurrido desde la última actualización de las remuneraciones de los Farmacéuticos que ejercen la profesión en el ámbito de la Provincia de Buenos Aires en farmacias de propiedad de obras sociales, entidades mutuales, sindicales o gremiales, y;

Considerando:

Que desde su última actualización que comenzó a regir a partir del día 1ro de diciembre del año 2024, esas remuneraciones han sufrido una merma, con su consiguiente depreciación, lo cual hace necesario que se las actualice;

Que se analizo exhaustivamente la suba de inflación, en especial de los últimos meses, para determinar certeramente un valor para la remuneración de los profesionales Farmacéuticos que ejercen en las farmacias de propiedad de obras sociales, entidades mutuales, sindicales o gremiales en la jurisdicción de la Provincia de Buenos Aires, acorde al contexto actual inflacionario;

Que, analizada la última actualización y la Ley referida al impuesto a las ganancias, junto con su actual reglamentación referente a la cuarta categoría del Impuesto a las Ganancias, se observo el ingreso neto que tendrían los Farmacéuticos que ejercen en las farmacias de propiedad de obras sociales, entidades mutuales, sindicales o gremiales, lográndose determinar con la mayor eficacia posible, el valor remunerativo de los mismos;

Que analizados los incrementos aplicados en los últimos meses en diferentes rubros que afectan a los profesionales Farmacéuticos de nuestra provincia, y con la finalidad de equiparar los aranceles y honorarios de los profesionales  Farmacéuticos que ejercen en la jurisdicción de la Provincia de Buenos Aires, resulta totalmente razonable la actualización de las remuneraciones de los Farmacéuticos que ejercen la profesión en farmacias de propiedad de obras sociales, entidades mutuales, sindicales y/o gremiales;

Que el índice porcentual resultante, a fin de realizar el cálculo de incremento a efectuar, debe aplicarse sobre las horas de trabajo y el bloqueo de título para profesionales Directores Técnicos y Co-directores Técnicos, y Auxiliares, respectivamente, de la última Resolución del Honorable Consejo Directivo del Colegio de Farmacéuticos de la Provincia de Buenos Aires referida al tema en cuestión;

Que el artículo 14 inciso “e” apartado 2 de la Ley 10.606 faculta al Colegio de Farmacéuticos de la Provincia de Buenos Aires a fijar las remuneraciones y condiciones de trabajo de los Farmacéuticos que ejercen la profesión en farmacias de propiedad de obras sociales, entidades mutuales, sindicales o gremiales;

Que bajo dicho contexto legal, la entidad tiene facultades para imponer un plus equivalente al 10% sobre el básico mínimo mensual para aquellos farmacéuticos que acrediten ante los empleadores que han obtenido la certificación o recertificación profesional por intermedio del Colegio de Farmacéuticos de la Provincia de Buenos Aires, destacando que en el procedimiento de certificación y recertificación no solo se considera la formación académica sino también el ejercicio profesional del farmacéutico, es decir la experiencia que el mismo posee como profesional de la salud. Así también, corresponderá el 15% sobre el básico mínimo mensual para aquellos farmacéuticos que acrediten fehacientemente ante sus empleadores que han obtenido la certificación de especialidades por intermedio del Colegio de Farmacéuticos de la Provincia de Buenos Aires.

Por lo expuesto y, en uso de la potestad que le otorga la norma mencionada,

EL HONORABLE CONSEJO DIRECTIVO DEL COLEGIO DE
FARMACÉUTICOS DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES

R E S U E L V E:

Primero: Fijar la remuneración básica mínima mensual de los farmacéuticos Directores Técnicos y Co-directores técnicos de las farmacias de propiedad de obras sociales, entidades mutuales, sindicales o gremiales, a partir del 1° de Febrero del 2025 en concepto de remuneración básica mínima mensual, la cantidad de $ 3.249.455,53 (pesos tres millones doscientos cuarenta y nueve mil cuatrocientos cincuenta y cinco con cincuenta y tres centavos), suma que se compone de $ 1.949.673,32 (pesos un millón novecientos cuarenta y nueve mil seiscientos setenta y tres con treinta y dos centavos) por las 8 horas diarias de trabajo de lunes a viernes y el horario matutino de los días sábados y de $ 1.299.782,21 (pesos un millón doscientos noventa y nueve mil setecientos ochenta y dos con veintiún centavos) por el bloqueo de título.-

Segundo: A partir de las fecha establecida en el artículo anterior, fijar la remuneración básica mínima mensual de los farmacéuticos Auxiliares que se desempeñen en farmacias de propiedad de obras sociales, entidades mutuales, sindicales o gremiales, en la cantidad de $ 2.603.788,30 (pesos dos millones seiscientos tres mil setecientos ochenta y ocho con treinta centavos), suma que se integra de $ 1.562.272,98 (pesos un millón quinientos sesenta y dos mil doscientos setenta y dos con noventa y ocho centavos) por las 8 horas diarias de trabajo de lunes a viernes y el horario matutino de los días sábados y de $ 1.041.515,32 (pesos un millón cuarenta y un mil quinientos quince con treinta y dos centavos) por el bloqueo de título.-

Tercero: Fijar la remuneración básica mínima mensual de los farmacéuticos Directores Técnicos y Co-directores técnicos de las farmacias de propiedad de obras sociales, entidades mutuales, sindicales o gremiales, a partir del 1° de Marzo del 2025 en concepto de remuneración básica mínima mensual para los farmacéuticos Directores Técnicos y Co-Directores Técnicos, la cantidad de $ 3.346.939,19 (pesos tres millones trescientos cuarenta y seis mil novecientos treinta y nueve con diecinueve centavos), suma que se compone de $ 2.008.163,51 (pesos dos millones ocho mil ciento sesenta y tres con cincuenta y un centavos) por las 8 horas diarias de trabajo de lunes a viernes y el horario matutino de los días sábados y de $ 1.338.775,68 (pesos un millón trescientos treinta y ocho mil setecientos setenta y cinco con sesenta y ocho centavos) por el bloqueo de título.-

Cuarto: A partir de las fecha establecida en el artículo anterior, fijar la remuneración básica mínima mensual de los farmacéuticos Auxiliares que se desempeñen en farmacias de propiedad de obras sociales, entidades mutuales, sindicales o gremiales, en la cantidad $ 2.681.901,95 (pesos dos millones seiscientos ochenta y un mil novecientos uno con noventa y cinco centavos) suma que se integra de $1.609.141,17 (pesos un millón seiscientos nueve mil ciento cuarenta y uno con diecisiete centavos) por las 8 horas diarias de trabajo de lunes a viernes y el horario matutino de los días sábados y de $ 1.072.760,78 (pesos un millón setenta y dos mil setecientos sesenta con setenta y ocho centavos) por el bloqueo de título.-

Quinto: Fijar la remuneración básica mínima mensual de los farmacéuticos Directores Técnicos y Co-directores técnicos de las farmacias de propiedad de obras sociales, entidades mutuales, sindicales o gremiales, a partir del 1° de Abril del 2025 en concepto de remuneración básica mínima mensual para los farmacéuticos Directores Técnicos y Co-Directores Técnicos, la cantidad de $ 3.437.306,55 (pesos tres millones cuatrocientos treinta y siete mil trescientos seis con cincuenta y cinco centavos), suma que se compone de $ 2.062.383,93 (pesos dos millones sesenta y dos mil trescientos ochenta y tres con noventa y tres centavos) por las 8 horas diarias de trabajo de lunes a viernes y el horario matutino de los días sábados y de $ 1.374.922,62 (pesos un millón trescientos setenta y cuatro mil novecientos veintidós con sesenta y dos centavos) por el bloqueo de título.-

Sexto: A partir de las fecha establecida en el artículo anterior, fijar la remuneración básica mínima mensual de los farmacéuticos Auxiliares que se desempeñen en farmacias de propiedad de obras sociales, entidades mutuales, sindicales o gremiales, en la cantidad $ 2.754.313,31 (pesos dos millones setecientos cincuenta y cuatro mil trescientos trece con treinta y un centavos) suma que se integra de $1.652.587,98 (pesos un millón seiscientos cincuenta y dos mil quinientos ochenta y siete con noventa y ocho centavos) por las 8 horas diarias de trabajo de lunes a viernes y el horario matutino de los días sábados y de $ 1.101.725,33 (pesos un millón ciento un mil setecientos veinticinco con treinta y tres centavos) por el bloqueo de título.-

Séptimo: Fijar la remuneración básica mínima mensual de los farmacéuticos Directores Técnicos y Co-directores técnicos de las farmacias de propiedad de obras sociales, entidades mutuales, sindicales o gremiales, a partir del 1° de Mayo en concepto de remuneración básica mínima mensual para los farmacéuticos Directores Técnicos y Co-Directores Técnicos, la cantidad de $ 3.523.239,22 (pesos tres millones quinientos veintitrés mil doscientos treinta y nueve con veintidós centavos), suma que se compone de $ 2.113.943,53 (pesos dos millones ciento trece mil novecientos cuarenta y tres con cincuenta y tres centavos) por las 8 horas diarias de trabajo de lunes a viernes y el horario matutino de los días sábados y de $ 1.409.295,69 (pesos un millón cuatrocientos nueve mil doscientos noventa y cinco con sesenta y nueve centavos) por el bloqueo de título.-

Octavo: A partir de las fecha establecida en el artículo anterior, fijar la remuneración básica mínima mensual de los farmacéuticos Auxiliares que se desempeñen en farmacias de propiedad de obras sociales, entidades mutuales, sindicales o gremiales, en la cantidad $ 2.823.171,14 (pesos dos millones ochocientos veintitrés mil ciento setenta y uno con catorce centavos) suma que se integra de $1.693.902,68 (pesos un millón seiscientos noventa y tres mil novecientos dos con sesenta y ocho centavos) por las 8 horas diarias de trabajo de lunes a viernes y el horario matutino de los días sábados y de $ 1.129.268,46 (pesos un millón ciento veinte nueve mil doscientos sesenta y ocho con cuarenta y seis centavos) por el bloqueo de título.-

Noveno: Establecer un adicional de un 10% sobre el básico mínimo mensual para aquellos farmacéuticos que acrediten fehacientemente ante sus empleadores que han obtenido la certificación y/o recertificación profesional por intermedio del Colegio de Farmacéuticos de la Provincia de Buenos Aires.

Décimo: Establecer un adicional de un 15% sobre el básico mínimo mensual para aquellos farmacéuticos que acrediten fehacientemente ante sus empleadores que han obtenido la certificación de especialidades por intermedio del Colegio de Farmacéuticos de la Provincia de Buenos Aires.

Undécimo: Regístrese, publíquese y archívese.

Resolución N° 1/25[/vc_column_text][vc_single_image image=»67191″ img_size=»full» css=»»][/vc_column][vc_column width=»1/4″][/vc_column][/vc_row]

Instructivo para actualización de le firma de mails

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[mks_button size=»large» title=»DESCARGAR IMAGEN PARA LA FIRMA» style=»squared» url=»https://www.colfarma.info/colfarma/wp-content/uploads/FirmaMailCOLFARMA2025v2.png» target=»_blank» bg_color=»#1e73be» txt_color=»#FFFFFF» icon=»» icon_type=»» nofollow=»0″]

[/vc_column_text][/vc_column][vc_column width=»1/4″][/vc_column][/vc_row]

INFORMACIÓN OBRAS SOCIALES Nº6/2025

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  La Plata, 30 de enero 2025

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O.S.P.I.F. (Fósforos) – Recordatorio – Suspendida

Se recuerda que desde el día miércoles 8 de enero del corriente año, se encuentra suspendido el crédito a la Obra Social del Obra Social del Personal de la Industria del Fósforo, Encendido, Pirotecnia, Velas y Afines (O.S.P.I.F.), por falta de pago. Por lo cual solicitamos prestar puntual atención de no recibir recetas.

SCIS UNIFICADO – Habilitada

Se informa que, a partir del día 30 de enero, se normalizó la atención de la Obra Social SCIS UNIFICADO, luego de haber abonado la deuda.  

Recetarios Válidos por Obra Social

A partir de la implementación obligatoria de prescripción en recetas electrónicas las obras sociales están informando cambios en referencia a los recetarios aceptados en los diferentes convenios, aunque la gran mayoría de las obras sociales siguen exigiendo al afiliado que presente en la farmacia la imagen de la receta electrónica o digital. Esto se debe a que muchas obras sociales no tienen acceso a los diferentes repositorios que existen en el mercado y no cuentan con la información de lo prescripto.

Mientras tanto, este Colegio sigue trabajando en la vinculación con repositorios y plataformas de prescripción reconocidas por el Registro Nacional de Plataformas Digitales Sanitarias (ReNaPDis), a efectos de lograr la completa digitalización, lo cual posibilitará que las farmacias puedan elevar al cobro sólo la constancia de validación con todos los datos comprendidos en las prescripciones electrónicas.

[mks_button size=»large» title=»Ver los tipos de recetarios que se aceptan actualmente, según normas de atención vigente cada convenio» style=»squared» url=»https://www.colfarma.info/colfarma/wp-content/uploads/Recetarios-validos-segun-convenio-300125.pdf» target=»_self» bg_color=»#1e73be» txt_color=»#FFFFFF» icon=»» icon_type=»» nofollow=»0″]

El listado será actualizado en función de los cambios que realicen las obras sociales.

Recordar que cuando se hace referencia al comprobante de validación, el mismo deberá contener todos los datos: código de barras con el N° de validación, datos de la Farmacia, nombre del convenio, Fecha de prescripción y dispensa, N° de receta (de corresponder), nombre completo y numero de afiliado, matricula médica, detalle de productos dispensados, cantidad, importe total de la receta, a cargo de la obra social y afiliado.

Además, debe contener de puño y letra del afiliado / tercero firma y todos sus datos, y de la farmacia sello y firma.

El Colegio cubre la falta de pago de PAMI por recetas duplicadas

Varias farmacias recibirán un adelanto para cubrir el NO PAGO de recetas no incluidas en la liquidación de NOVIEMBRE 2024 de PAMI, por el concepto de «Receta duplicada» .

En enero el PAMI decidió que algunas farmacias no cobrarían su prestación por «Receta duplicada», se trata de un error en el sistema de validación implementado a partir de noviembre. No constituyen un débito, directamente se evita la liquidación de una parte de nuestras prestaciones por cantidades millonarias sin que medie un error de la farmacia. Hace algunos días se efectuó el reclamo sobre esta arbitrariedad (ver aquí).

Ante la falta de respuesta, el Consejo Directivo del Colegio de Farmacéuticos de la provincia de Buenos Aires decidió acompañar a la farmacia adelantando el pago que PAMI no realizó y que la CoFA todavía no gestionó.

Recetas electrónicas – con leyenda “Duplicado”

ATENCIÓN: cuando presente las recetas electrónicas impresas de cualquier convenio, siempre debe presentar la receta original. La presentación de la impresión con la leyenda «Duplicado» generará débitos.

  • Para ver ejemplo de recetario “duplicado”, Clic aquí.

AMSTERDAM Salud – Recetas electrónicas

La obra social informa que a partir del día 30 de enero, acepta todos los recetarios electrónicos emitidos por cualquiera de las plataformas habilitadas por el ministerio de Salud, siempre que el afiliado presente la receta impresa y se adjunte la misma para su facturación.

CIMA S.A. – Recetas electrónicas

La obra social informa que a partir del día 30 de enero, acepta recetarios electrónicos/digitales siempre que el afiliado los presente impresos y previamente autorizados por CIMA.

MEDIFE – Recetas manuales/manuscritas

La obra social informa que aceptará recetas manuales/manuscritas validadas hasta el viernes 28 de febrero del corriente año.

A partir del sábado 1° de marzo solo aceptará recetarios electrónicos/digitales, los que siempre se deben validar desde el botón “consultar receta electrónica” del nuestro validador sin excepción.

Si el sistema no toma el recetario la receta no podrá ser dispensada.

OSPIA – Aumento del Monto para solicitar Autorización

Informamos que, a partir del día 01/02/2025, la Obra Social del Personal de la Industria de la Alimentación (OSPIA) elevó el monto a $ 90.000 (pesos noventa mil) para solicitar Autorización.

OSPIL AMPIL – Médicos Autorizantes

Informamos que la Obra Social actualizó el listado de médicos autorizantes, los cuales se detallan en la Norma de Atención.

OSPRERA – DIABETES – Dispensa cantidad de envases

Se informa que en aquellos casos en que uno o más ítems de una receta sean rechazados en la validación con la leyenda “La cantidad a llevar del medicamento excede el máximo permitido” se deberá hacer la prueba de dispensar un envase menos hasta que la validación sea aprobada. Por ejemplo: en el caso de una receta en la que se prescriben 3 envases de un producto y la validación es rechazada por la leyenda antes informada, se deberá intentar validar 2 envases y, de continuar el rechazo, validar 1 envase hasta tanto pueda efectuar el expendio. 

Ya se encuentra disponible la adhesión al Nuevo Convenio OSPRERA DIABETES, la dispensa es por modelo compra venta, para todas las farmacias de la Red COLFARMA.

Debe efectuar la adhesión a través del COLFARMA TAD (clic aquí) y para la dispensa deberá validar a través del COLFARMA ONLINE

Es importante sumarse y brindar la prestación, para recuperar y mantener en las farmacias, la dispensa de diabetes (crónicos) y al mismo tiempo desalentar el modelo de algunas Droguerías y Obras Sociales con “dispensa por correo”.

Aquí tienen más información 👇
https://www.colfarma.info/colfarma/osprera-diabetes/

SALUD SEGURA MAX – Validez del recetario

Se informa que a partir del día 30 de enero la validez de la receta se modifica al día de la prescripción y los 30 días siguientes.


NUEVO COMPROBANTE DE VALIDACIÓN COLFARMA

Estimados colegas, el Colegio ha desarrollado un nuevo formato de comprobante de validación. Señalamos algunos aspectos del mismo:

  • Nombre del convenio destacado.
  • Importes de receta mejor organizados.
  • Espacio para troqueles.
  • Porcentaje de cobertura de PAMI.
  • Tamaño reducido para optimizar el recurso de la impresión en papel.

Para ver más detalles del mismo Clic aquí.


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PAGOS DE OBRAS SOCIALES

PAMI PAÑALES
ANTICIPO PAMI AMBULATORIO 2° DICIEMBRE 2024
ADELANTO COL FARMACÉUTICOS RECETAS RETENIDAS PAMI
PAMI ONCOLÓGICOS

IOMA AMBULATORIO NOVIEMBRE 2024
SUTEBA-IOMA

ANTICIPO PODER JUDICIAL ENERO 2025 ( 70%)
RECETARIO SOLIDARIO
INTEGRAL GILSA ( EX OSPOCE INT)
FAMYL SA
CIMA SA
HOSPITAL AUSTRAL SALUD
UTAAMFFA SALUD (UNIFICADO)
OSCAP
OSPFESIQYP
RECUPEROS MASIVOS
BERKLEY ART
UNION PERSONAL
PODER JUDICIAL DE LA NACIÓN
EXPERTA ART
COMEI
DASMI-UNIV DE LUJAN
FARMANET (COFA)
TV SALUD
ANTICIPO GALENO NOV-24 70%
ANTICIPO SWISS MEDICAL ART DIC-24 60%
ANTICIPO SERVICIO PENITENCIARIO ENE-25 80%
OSECAC ENE-25 70%[/vc_column_text][vc_btn title=»ESTADO DE PAGO OBRAS SOCIALES» style=»custom» custom_background=»#c1d65c» custom_text=»#ffffff» shape=»square» align=»center» i_icon_fontawesome=»far fa-list-alt» add_icon=»true» link=»url:https%3A%2F%2Fwww.colfarma.info%2Fcolfarma%2Fobras-sociales%2Flistado-de-os-y-pagos%2Flistado-de-obras-sociales%2Festado-de-pagos-de-obras-sociales%2F»][vc_column_text css=».vc_custom_1734652487370{margin-top: 0px !important;margin-right: 0px !important;border-top-width: 0px !important;border-right-width: 0px !important;border-bottom-width: 0px !important;border-left-width: 0px !important;padding-top: 0px !important;padding-right: 0px !important;padding-bottom: 0px !important;padding-left: 0px !important;background-color: #ffffff !important;}»]

NUEVO GRUPO DE ALERTAS POR WHATSAPP DE LA RED PROVINCIAL DE VIGILANCIA FARMACÉUTICA

Hola Colega, te invitamos a sumarte al nuevo grupo de alertas por WhatsApp de la red provincial de vigilancia farmacéutica (RPVF).

Las alertas de la RPVF son preparadas para ser interpretadas por Farmacéuticos y otros profesionales de la salud.
Es una información necesaria para el correcto ejercicio profesional.

👉 Podés sumarte al Grupo de Alertas de la RPVF haciendo clic desde tu celular o WhatAppWeb

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[/vc_column_text][vc_single_image image=»72634″ img_size=»large» alignment=»center» onclick=»custom_link» css=»» link=»https://wa.me/5492216547529″][vc_single_image image=»49435″ img_size=»large» alignment=»center» onclick=»custom_link» link=»https://wa.me/5492216547529″ title=»Recuerde que puede hacer sus consultas por WhatsApp y reducir el tiempo de espera»][vc_empty_space][vc_separator color=»black» border_width=»3″ css=»»][vc_single_image image=»65459″ img_size=»full» onclick=»custom_link» css=».vc_custom_1714072215056{padding-top: 20px !important;}» link=»https://www.amffa.com.ar/suma-amffa-a-tu-farmacia-y-obtene-mejores-beneficios/»][/vc_column][vc_column width=»1/4″][/vc_column][/vc_row]

Boletín Semanal 28 de Enero de 2025

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⛈️​ PAMI: LA TORMENTA PERFECTA

A Finales del 2024 se produjo una modificación sustancial en el convenio.

Como sucede siempre, cada gestión nacional propone modificaciones en el convenio para administrar los recursos de la obra social. Los farmacéuticos sabemos que cada cambio tendrá impacto en las farmacias.

La obra social ajustó su presupuesto y la presión recayó en mayor medida en los pacientes y las farmacias.

 

[mks_button size=»large» title=»LEER LA NOTA COMPLETA» style=»squared» url=»https://www.colfarma.info/colfarma/la-importancia-de-lo-farmaceutico/» target=»_self» bg_color=»#1e73be» txt_color=»#FFFFFF» icon=»» icon_type=»» nofollow=»0″]


[/vc_column_text][vc_column_text css=»»]

Libro Recetario

Archivo de comprobantes de validación

Resolución 140/2025

Desde el año pasado venimos trabajando con el Ministerio de Salud provincial para explicarles esta problemática y encontrar una solución que se pueda implementar en todas las farmacias de la provincia de Buenos Aires.

Desde el 2020, luego de la implementación de la receta electrónica y la firma digital, existía un vacío en la legislación que nunca encontró un acompañamiento en la actualización de la normativa farmacéutica que nos permitiera, de una manera práctica y legal, registrar y archivar las recetas de psicotrópicos, estupefacientes y antibióticos que tuvieran un formato electrónico.

[mks_button size=»large» title=»Listado de IFAS que abarca la resolución» style=»squared» url=»https://www.colfarma.info/colfarma/listado-ifas/» target=»_self» bg_color=»#1e73be» txt_color=»#FFFFFF» icon=»» icon_type=»» nofollow=»0″]

El jueves 16 de enero de 2025, se publicó en el Boletín Oficial de la provincia de Buenos Aires la resolución 140/2025 que establece pautas para la gestión y archivo de recetas electrónicas o digitales relacionadas con medicamentos psicotrópicos, estupefacientes y antimicrobianos sistémicos en farmacias.

[mks_button size=»large» title=»👉 Mirá la información completa aquí» style=»squared» url=»https://www.colfarma.info/colfarma/resolucion-140-2025-archivar-comprobantes-de-validacion/» target=»_self» bg_color=»#81d742″ txt_color=»#FFFFFF» icon=»» icon_type=»» nofollow=»0″]


[/vc_column_text][vc_column_text css=»»]

A pedido de muchos Colegas, creamos un Registro Histórico de Honorarios Profesionales del COLFARMA de los últimos 24 meses.

[mks_button size=»large» title=»▶️ Pueden verlo aquí:» style=»squared» url=»https://www.colfarma.info/colfarma/registro-historico-de-honorarios-farmaceuticos/» target=»_self» bg_color=»#81d742″ txt_color=»#FFFFFF» icon=»» icon_type=»» nofollow=»0″]

El cuadro contiene el número de decreto, el período y los montos para DT/CoDT y auxiliares.

Esperamos que sea de utilidad.


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[mks_button size=»large» title=»▶️ PODÉS INSCRIBIRTE AQUÍ» style=»squared» url=»https://www.colfarma.info/colfarma/programa-emprendedores-farmaceuticos-2025/» target=»_self» bg_color=»#1e73be» txt_color=»#FFFFFF» icon=»» icon_type=»» nofollow=»0″]


[/vc_column_text][vc_empty_space][vc_column_text css=».vc_custom_1735242760630{border-top-width: 0px !important;border-right-width: 0px !important;border-bottom-width: 0px !important;border-left-width: 0px !important;padding-top: 0px !important;padding-right: 0px !important;padding-bottom: 0px !important;padding-left: 0px !important;background-color: #ffffff !important;}»]

[mks_button size=»large» title=»▶️ PODÉS INSCRIBIRTE AQUÍ» style=»squared» url=»https://www.colfarma.info/colfarma/llamado-a-promocion-de-farmacias-enero-2025/» target=»_self» bg_color=»#1e73be» txt_color=»#FFFFFF» icon=»» icon_type=»» nofollow=»0″]

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[mks_button size=»large» title=»VER EL INFORME PREPARADO POR EL CIMF AQUÍ» style=»squared» url=»https://www.colfarma.info/colfarma/el-cimf-recomienda-informacion-sobre-psitacosis/» target=»_self» bg_color=»#81d742″ txt_color=»#FFFFFF» icon=»» icon_type=»» nofollow=»0″]

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Esta semana en el Canal de Noticias de Salud

  • La FDA propone recomendaciones actualizadas para ayudar a mejorar el rendimiento de los oxímetros de pulso en distintos tonos de piel
  • El país que más profesionales de la farmacia tiene en Europa es Italia, con 80.018
  • El 24 de enero conmemoramos el Día Mundial del Síndrome de Moebius , una condición médica calificada como rara.
  • VI Forum de Terapias Biológicas y Medicina de Precisión
  • Nuevos materiales para fortalecer el manejo clínico y seguimiento de casos de dengue en las jurisdicciones
Encontrarás los enlaces a esos contenidos en el Canal de Noticias por WhatsApp, un nuevo espacio del CFPBA para la divulgación científica, actividades, conversatorios, webinars e información de interés para la comunidad farmacéutica. Podés sumarte desde tu celular haciendo clic AQUÍ y en la imagen 👇​

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NUEVO GRUPO DE ALERTAS POR WHATSAPP DE LA RED PROVINCIAL DE VIGILANCIA FARMACÉUTICA

Hola Colega, te invitamos a sumarte al nuevo grupo de alertas por WhatsApp de la red provincial de vigilancia farmacéutica (RPVF).

Las alertas de la RPVF son preparadas para ser interpretadas por Farmacéuticos y otros profesionales de la salud.
Es una información necesaria para el correcto ejercicio profesional.

👉 Podés sumarte al Grupo de Alertas de la RPVF haciendo clic desde tu celular o WhatAppWeb

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Aquí encontrarás más Noticias / Sumáte a los grupos de noticias por Whatsapp

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PAMI: LA TORMENTA PERFECTA

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⛈️​ PAMI: LA TORMENTA PERFECTA

A Finales del 2024 se produjo una modificación sustancial en el convenio.

Como sucede siempre, cada gestión nacional propone modificaciones en el convenio para administrar los recursos de la obra social. Los farmacéuticos sabemos que cada cambio tendrá impacto en las farmacias.

La obra social ajustó su presupuesto y la presión recayó en mayor medida en los pacientes y las farmacias.

LA TRANSICIÓN ENTRE MODELOS

La transición no fue buena y resultó muy problemática, incluso utilizando la «optimista» descripción que realiza la CoFA: «…el cambio que venía siendo paulatino desde abril a noviembre 2024, se volvió drástico en el último mes del año, ya que la diferencia entre noviembre y diciembre es tan marcada, que obliga a un re-aprendizaje de lo que debe conocer la farmacia para su mejor entendimiento del convenio» (Fuente CoFA).

Fue un cambio nocivo en términos sanitarios, económicos y tecnológicos.

Gráfico de la CoFA

Aunque la CoFA propone una mirada alentadora y nos dice que «… estamos frente a un convenio (…)con tendencia a parecerse al convenio (…)de 2019…«, desde hace meses resulta imposible cubrir el costo del medicamento a través del «Calce», sencillamente porque PAMI no paga en tiempo y forma.

Estos atrasos recurrentes han generado por parte de las droguerías la suspensión del crédito a las farmacias y han comunicado que ven «…con especial preocupación que el Instituto ha modificado, en la práctica, los plazos de pago a las farmacias, con las consecuencias que ello trae a la cadena de pagos del canal farmacéutico. (…) Hoy el atraso en los resúmenes de cuenta de las obligaciones comerciales de las farmacias para con su Droguería Integral es de una magnitud inusitada, debiendo ampliar significativamente los márgenes de créditos en forma permanente. Dado el impacto actual de estos atrasos y el complejo escenario en el cual estamos inmersos, es imprescindible una equitativa distribución de dicho impacto, viéndonos obligados a reducir márgenes de crédito, a fin de poder hacer frente a nuestras obligaciones de pago, las cuales son
exigidas en forma rigurosa» (ver comunicado aquí).

A LOS INCUMPLIMIENTOS SE SUMA LA NUEVA ESTRUCTURA DEL CONVENIO

Antes de los cambios implementados en el PAMI, la farmacia cubría el costo en las droguerías mayoritariamente con las notas de crédito y el pago puntual del anticipo por parte de PAMI.

A partir de diciembre el mayor cambio se ve en lo que paga PAMI del total de una facturación: En Julio pagaba el 61,40%, cuatro meses después, en Noviembre, pagó casi 6%: menos, 55,48%

De noviembre a diciembre redujo su participación en 14% pagando el 41,39% del total facturado. Es decir que de Julio a Diciembre PAMI redujo su participación en el pago en un 20%

Esta drástica reducción de la participación de PAMI en el pago de una facturación obedece al incremento de participación de los otros tres actores: afiliado, industria y farmacia (en ese orden).

El efectivo del Anticipo (que paga PAMI) representaba en Abril pasado el 37,70% del total facturado.
En Noviembre había bajado a 33,19% del total facturado, pero en el mes de Diciembre el porcentaje de Anticipo efectivo abonado por PAMI se redujo al 22,09%, es decir 11% de diferencia entre Noviembre y Diciembre.

La razón es que el aumento del pago del afiliado en el mostrador reduce el porcentaje a cargo de la obra social, y el aumento del aporte en Notas de Crédito produce otra disminución en lo que representa el segmento efectivo del Anticipo.

En el caso del Saldo el efecto es menor ya que se trata de un solo componente, solo efectivo a cargo de PAMI. En Julio el saldo representaba el 23,70% del total facturado y en Diciembre es el 19,30%

(Fuente CoFA).

Es una tormenta perfecta: aumento de los servicios que requiere la farmacia (sueldos, luz, gas, alquiler y otros costos operativos) + retiro de moléculas + venta libre + atraso en los pagos + baja en la cobertura de medicamentos

Hoy el peso de la financiación de la mayor obra social del país se trasladó a las farmacias y a los pacientes.

Por eso el análisis de la CoFA no alcanza, está hecho sobre un esquema ideal, en el que se deberían cumplir con los plazos convenidos en tiempo y forma. Por ejemplo, la conclusión del informe de la Confederación dice: «…para llegar al pago del costo del medicamento (calce), objetivo del Anticipo, debe ponerse el foco en lo que paga el afiliado en el mostrador».

También dicen que «…en Diciembre mostrador más nota de crédito constituye el 72% del calce, es decir del dinero destinado a pagar el costo del medicamento». La realidad es que con esa cuenta sólo se llega a cubrir el 50% del PVP. La farmacia sólo estará calzada cuando reciba el Anticipo en tiempo y forma. Así podría constituir el 100% del calce.

SOBRE LLOVIDO, MOJADO

En enero el PAMI decidió que algunas farmacias no cobrarían su prestación por «Receta duplicada«, se trata de un error en el sistema de validación implementado a partir de noviembre que agrega malestar e imprevisibilidad en este convenio actualizado. Es una nueva variable económica que afecta los recursos de las farmacias. No constituyen un débito, directamente se evita la liquidación de una parte de nuestras prestaciones por cantidades millonarias sin que medie un error de la farmacia. Hace algunos días reclamamos sobre esta arbitrariedad y todavía no hemos tenido respuesta (ver aquí).

Ante la falta de respuesta, el Consejo Directivo del Colegio de Farmacéuticos de la provincia de Buenos Aires decidió acompañar a la farmacia adelantando el pago que PAMI no realizó y que la CoFA todavía no gestionó.

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INFORMACIÓN OBRAS SOCIALES Nº5/2025

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  La Plata, 24 de enero 2025

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SCIS UNIFICADO – Suspendida

Se informa que, a partir del día jueves 23 de enero del 2025, se suspendió el crédito al convenio SCIS UNIFICADO, por la falta de pago. Por lo cual solicitamos prestar puntual atención de no recibir recetas.

O.S.P.I.F. (Fósforos) – Recordatorio- Suspendida

Se recuerda que desde el día miércoles 8 de enero del corriente año, se encuentra suspendido el crédito a la Obra Social del Obra Social del Personal de la Industria del Fósforo, Encendido, Pirotecnia, Velas y Afines (O.S.P.I.F.), por falta de pago. Por lo cual solicitamos prestar puntual atención de no recibir recetas.  

IOMA MAYOR COBERTURA – Recordatorio firma en autorizaciones

Se recuerda que las recetas de Mayor Cobertura (Ex Resolución de Directorio y Discapacidad) se deben validan por Mayor Cobertura, deben estar firmadas y selladas, ya sea por el médico prescriptor o por el médico auditor del IOMA.

La falta de firma y sello es causal de débito.

OSPIM ENSALUD – Recetas electrónicas

La obra social informa que podrán aceptar prescripciones confeccionadas a través de diferentes plataformas, (emitidas por cualquier plataforma habilitada por el ministerio de Salud). El afiliado deberá presentar la receta impresa en la farmacia.

OSPRERA-DIABETES – Nuevo convenio

Se encuentra disponible la adhesión al Nuevo Convenio OSPRERA–DIABETES, la dispensa es por modelo compra venta, para todas las farmacias de la Red COLFARMA.

Es importante sumarse y brindar la prestación, para recuperar y mantener en las farmacias, la dispensa de diabetes (crónicos) y al mismo tiempo desalentar el modelo de algunas Droguerías y Obras Sociales con “dispensa por correo”.

Ver las condiciones del convenio

Para los partidos del Gran Buenos Aires, La Plata, Bahía Blanca y Mar del Plata [mks_button size=»small» title=»AQUÍ» style=»squared» url=»https://www.colfarma.info/colfarma/wp-content/uploads/Ficha-adhesion-Osprera-Diabetes-–-CODIGO-504.pdf» target=»_self» bg_color=»#81d742″ txt_color=»#FFFFFF» icon=»» icon_type=»» nofollow=»0″]

Para los partidos del interior de la Provincia de Buenos Aires [mks_button size=»small» title=»AQUÍ» style=»squared» url=»https://www.colfarma.info/colfarma/wp-content/uploads/Ficha-adhesion-Osprera-Diabetes-–-CODIGO-503.pdf» target=»_self» bg_color=»#1e73be» txt_color=»#FFFFFF» icon=»» icon_type=»» nofollow=»0″]

Recordamos los pasos para adherirse a un Convenio:

  • Ingresar al TAD con N° de matrícula, N° de Documento y contraseña.
  • Hacer clic en “Nuevo Tramite”.
  • Hacer clic en Adhesión Obras sociales Art 2.
  • Hacer clic en el tipo de Farmacia que corresponda.
  • Aceptar el aviso legal.
  • En el punto 1) “Adhesión Obras Sociales Art. 2”: Posicionarse sobre el convenio que desee adherir y hacer clic para “PINTARLO DE AZUL”.
  • Subir hasta la parte superior de la pantalla y hacer clic en el botón “Guardar” del margen derecho.
  • Verificar que el tramite quede en estado “Ingresado” para que la adhesión pueda ser controlada por el sector Sistema Unificado de nuestro colegio.

Ver la nueva Norma de Atención

[mks_button size=»small» title=»HACIENDO CLIC AQUÍ» style=»squared» url=»https://www.colfarma.info/colfarma/osprera-diabetes-nuevo-convenio/» target=»_self» bg_color=»#1e73be» txt_color=»#FFFFFF» icon=»» icon_type=»» nofollow=»0″]

Presentación de acuerdo a cronograma

Mensualmente a diferencia del convenio Osprera Rural y monotributistas que se presenta de manera quincenal.

SEGURO DE ACCIDENTES PERSONALES INTEGRO SANCOR SEGUROS – Recetas electrónicas

La obra social informa que acepta todos los recetarios electrónicos emitidos por cualquiera de las plataformas habilitadas por el ministerio de Salud, siempre que el afiliado presente la receta impresa y se adjunte la misma para su facturación.

Modifica, además, las cantidades aceptadas por receta.

 


NUEVO COMPROBANTE DE VALIDACIÓN COLFARMA

Estimados colegas, el Colegio ha desarrollado un nuevo formato de comprobante de validación. Señalamos algunos aspectos del mismo:

  • Nombre del convenio destacado.
  • Importes de receta mejor organizados.
  • Espacio para troqueles.
  • Porcentaje de cobertura de PAMI.
  • Tamaño reducido para optimizar el recurso de la impresión en papel.

Para ver más detalles del mismo Clic aquí.


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PAGOS DE OBRAS SOCIALES

ANTICIPO IOMA AMB NOVIEMBRE
IOMA ACCESORIOS (CONV 2024)
IOMA MAGISTRALES

PAMI SALDO 2° NOVIEMBRE 2024

SOEME
SUPERINTENDENCIA SERV SOC POLICIAS BA
CEMURPO
SALUD SEGURA MAX
SWISS MEDICAL ART
VICTORIA ART
OSPRERA
RECONQUISTA ART
FEBOS
OSPIF
SAMI OSMECON
HEMOFILIA-COFA
OSPIM ENSALUD
ANDINA ART
OSPE
EMP COL FARMACEUTICOS PBA
OSPF (EX FATFA)
RECUPEROS MASIVOS
ANTICIPO 50% UP NOVIEMBRE 2024
CRÉDITOS HIPERTENSIÓN COFA[/vc_column_text][vc_btn title=»ESTADO DE PAGO OBRAS SOCIALES» style=»custom» custom_background=»#c1d65c» custom_text=»#ffffff» shape=»square» align=»center» i_icon_fontawesome=»far fa-list-alt» add_icon=»true» link=»url:https%3A%2F%2Fwww.colfarma.info%2Fcolfarma%2Fobras-sociales%2Flistado-de-os-y-pagos%2Flistado-de-obras-sociales%2Festado-de-pagos-de-obras-sociales%2F»][vc_column_text css=».vc_custom_1734652487370{margin-top: 0px !important;margin-right: 0px !important;border-top-width: 0px !important;border-right-width: 0px !important;border-bottom-width: 0px !important;border-left-width: 0px !important;padding-top: 0px !important;padding-right: 0px !important;padding-bottom: 0px !important;padding-left: 0px !important;background-color: #ffffff !important;}»]

NUEVO GRUPO DE ALERTAS POR WHATSAPP DE LA RED PROVINCIAL DE VIGILANCIA FARMACÉUTICA

Hola Colega, te invitamos a sumarte al nuevo grupo de alertas por WhatsApp de la red provincial de vigilancia farmacéutica (RPVF).

Las alertas de la RPVF son preparadas para ser interpretadas por Farmacéuticos y otros profesionales de la salud.
Es una información necesaria para el correcto ejercicio profesional.

👉 Podés sumarte al Grupo de Alertas de la RPVF haciendo clic desde tu celular o WhatAppWeb

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