Por la presente informamos que a partir de día 01/07/2020, el importe para solicitar autorización pasa a ser de $12.500 por medicamento.
Información N°34/2020.
Por la presente informamos que a partir de día 01/07/2020, el importe para solicitar autorización pasa a ser de $12.500 por medicamento.
Información N°34/2020.
Se informa que a partir del día Lunes 29 de Junio del corriente año, se deberán validar en forma obligatoria todos los planes Autorizados, dejando de existir la posibilidad de realizar carátulas manuales. Para la validación de los Preparados Magistrales se deberá utilizar el código 2000 y para los Accesorios el código 1000. Para ver Instructivo para validar los “Preparados Magistrales” o “Accesorios” (clic aquí). Para ver Norma de atención (clic aquí).
Información N°34/2020.
Informamos que a partir del día 1° de Julio del corriente año, la dispensa de Anticonceptivos correspondiente al Plan SER, será de validación obligatoria en IOMA Ambulatorio.
Ante la constante actualización del padrón de afiliadas en dicho plan, las recetas No contaran más con el sello y firma de las delegaciones. Por dicho motivo, si al momento de validar la receta, el sistema no reconoce a la afiliada, la misma se deberá dirigir a la delegacion de IOMA para verificar su afiliación. No se podrán presentar recetas sin validar de los anticonceptivos en el plan de IOMA Ambulatorio, la misma será motivo de débito.
Acompañando la información antes mencionada, solicitamos que para aquellas recetas que fueron dispensadas sin validar, se genere una carátula manual de IOMA Ambulatorio – Plan Ser antes del día 30 de Junio, ya que la misma estará disponible hasta dicha fecha. Una vez generada la carátula, deberán retenerla hasta que se comunique el día de la presentación de IOMA.
Información N°34/2020.

La Plata, 25 de Junio 2020
Informamos que a partir del día 1° de Julio del corriente año, la dispensa de Anticonceptivos correspondiente al Plan SER, será de validación obligatoria en IOMA Ambulatorio.
Ante la constante actualización del padrón de afiliadas en dicho plan, las recetas No contaran más con el sello y firma de las delegaciones. Por dicho motivo, si al momento de validar la receta, el sistema no reconoce a la afiliada, la misma se deberá dirigir a la delegacion de IOMA para verificar su afiliación. No se podrán presentar recetas sin validar de los anticonceptivos en el plan de IOMA Ambulatorio, la misma será motivo de débito.
Acompañando la información antes mencionada, solicitamos que para aquellas recetas que fueron dispensadas sin validar, se genere una carátula manual de IOMA Ambulatorio – Plan Ser antes del día 30 de Junio, ya que la misma estará disponible hasta dicha fecha. Una vez generada la carátula, deberán retenerla hasta que se comunique el día de la presentación de IOMA.
Se informa que a partir del día Lunes 29 de Junio del corriente año, se deberán validar en forma obligatoria todos los planes Autorizados, dejando de existir la posibilidad de realizar carátulas manuales. Para la validación de los Preparados Magistrales se deberá utilizar el código 2000 y para los Accesorios el código 1000. Para ver Instructivo para validar los “Preparados Magistrales” o “Accesorios” (clic aquí). Para ver Norma de atención (clic aquí).
Por la presente informamos que a partir de día 01/07/2020, el importe para solicitar autorización pasa a ser de $12.500 por medicamento.
La Obra Social informa que, ante la emergencia sanitaria de público conocimiento, seguirá aceptando prescripciones en recetarios particulares, para los Planes CEIBO y ARRAYAN hasta el día 30/09/2020.
Durante la emergencia sanitaria algunas obras sociales y prepagas nos piden aceptar imágenes de recetas enviadas a los pacientes por correo electrónico, whatsapp, etc.
La lista de los que informaron hasta ahora:
La farmacia podrá efectuar la dispensa con una impresión de la receta. La cual deberá validar con los sistemas habituales debidamente firmada por el afiliado o tercero que retira, adjuntando el comprobante de validación y los troqueles en la copia de la receta.
ATENCIÓN: Esto no aplica para la dispensa de medicamentos estupefacientes que necesiten duplicados. Esta modalidad será válida durante este aislamiento social preventivo y obligatorio decretado por el gobierno.
Sin otro particular, saludamos a Usted muy atentamente.

[pdf-embedder url=»https://www.colfarma.info/colfarma/wp-content/uploads/2020/06/Instructivo-para-la-Validación-de-Preparados-Magistrales-o-Accesorios.pdf» title=»Instructivo para la Validación de Preparados Magistrales o Accesorios»]
Informamos que, a partir del día de la fecha, por decisión de la obra social, los afiliados de SCIS OSTEP no tendrán más cobertura. Solicitamos prestar atención de no recibir más recetas de la obra social mencionada.
Información N°32/2020.
Informamos que, a partir del día de la fecha, por decisión de la obra social, los afiliados de SCIS OSTEP no tendrán más cobertura. Solicitamos prestar atención de no recibir más recetas de la obra social mencionada.
Información N°32/2020.
Siguiendo con el proyecto de simplificar las tareas administrativas en las Oficinas Farmacéuticas, es que les hacemos llegar el detalle de las distintas Resoluciones que emite el IOMA, con sus respectivas características:
Resolución 12/17: Pertenece a IOMA Accesorios. Validación Obligatoria. Abarca productos de un listado cuya cobertura es un valor acordado con el IOMA. La misma debe ser validada y presentada en IOMA ACCESORIOS.
Resolución 1256: Pertenece a IOMA Resolución de Directorio. Validación Obligatoria. Abarca medicamentos dentro y fuera del Formulario Terapéutico de IOMA, mayores cantidades y porcentajes de cobertura. La misma debe ser validada y presentada en IOMA Resolución de Directorio, cuya cobertura será la que figure en la Orden de Provisión, la que se debe adjuntar a la receta.
Resolución 1781/15: Pertenece a IOMA Accesorios. Validación Obligatoria. Abarca Tiras Reactivas cuya cobertura es valor del PVP, y la Orden de Provisión se debe adjuntar a la receta. Sin cargo para el afiliado. Las Tiras Reactivas que estén autorizadas por otras resoluciones, se deberán validar como Accesorios. Sino, serán motivo de débito.
Resolución 3512/15: Pertenece al Plan MAMI. Validación Obligatoria. Tiene la característica de poder reemplazar las leches por los 180 pañales a un valor de $ 672.50, siempre y cuando esté plasmado en la Orden de Provisión, la cual siempre tendrá que estar adjunta a la receta.
Discapacidad: Es de Validación Obligatoria. Se validarán las recetas de medicamentos exclusivamente, según los porcentajes de cobertura indicados en la Orden de Provisión, que siempre deberá estar adjunta a la receta (mayores cantidades, mayores coberturas, productos excluidos, etc).
En el caso que se autoricen “Accesorios” en esta Resolución (excepto Tiras Reactivas y Pañales), se deberán validar por “IOMA 678/18 o 1638/19”. Las Tiras Reactivas y Pañales que estén autorizados por esta Resolución, se deberán validar como Accesorios. Sino serán motivo de débito.
Cuando se autoricen recetas mixtas (medicamentos y accesorios) en esta Resolución, estas deben ser presentadas por carátula manual en IOMA Ambulatorio, siempre adjuntando la Orden de Provisión a la receta, en estos casos se podrán autorizar (mayores cantidades, mayores coberturas, productos excluidos, etc.).
El valor de los Accesorios en esta Resolución (Discapacidad) lo define la farmacia, teniendo en cuenta el margen de rentabilidad.
IOMA MAMI: Es de Validación Obligatoria. Se validarán las recetas según corresponda para las afiliadas embarazadas y los bebés de hasta un año de edad, con cobertura del 100% en el recetario correspondiente. Es importante aclarar que las leches deben venir prescriptas por separado de los medicamentos.
IOMA RECURSO DE AMPARO: Es de Validación Obligatoria. Se validarán las recetas de medicamentos según el porcentaje de cobertura indicado en la Orden de Provisión, que siempre deberá estar adjunta a la receta, la que también deberá estar acompañada de la copia del OFICIO DEL AMPARO CORRESPONDIENTE. Se podrá dispensar toda prescripción que esté fuera de la Norma de Atención. (mayores cantidades, mayores coberturas y productos excluidos, etc).
En el caso que se autoricen “Accesorios” en esta Resolución (excepto Tiras Reactivas y Pañales), se deberán validar por “IOMA 678/18 o 1638/19”. Las Tiras Reactivas y Pañales que estén autorizados por esta Resolución, se deberán validar como Accesorios. Sino, serán motivo de débito.
Cuando se autoricen recetas mixtas (medicamentos y accesorios) en esta Resolución, estas deben ser presentadas por carátula manual en IOMA Ambulatorio, siempre adjuntando la Orden de Provisión a la receta, en estos casos se podrán autorizar (mayores cantidades, mayores coberturas, productos excluidos, etc.).
El valor de los Accesorios en esta Resolución (Recursos de Amparo) lo define la farmacia, teniendo en cuenta el margen de rentabilidad.
Resolución 678/18: Se validan Accesorios, excepto Pañales y Tiras reactivas. ValidaciónObligatoria. Se deben validar y presentar en “IOMA 678/18 o 1638/19”. El valor de los accesorios en esta resolución lo define la farmacia, teniendo en cuenta el margen de rentabilidad. Siempre deberá estar adjunta la Orden de Provisión a la receta. Las Tiras Reactivas y/o Pañales que estén autorizadas con esta resolución, se deberán validar como Accesorios. Sino, serán motivo de débito.
Resolución 1638/19: Esta Resolución viene a reemplazar a la Resolución 1147/17. Es de Validación Obligatoria, pudiendo incluir la cobertura tanto de medicamentos como accesorios con % variables entre 50%, 60%, 70%, 80%, 90% y 100%. Cuando se autoricen medicamentos, los mismos se deberán validar y presentar en IOMA Resolución de Directorio. Cuando se autoricen Accesorios, estos se deben validar y presentar en IOMA 678/19 o 1638/19. En ambos casos, siempre deberá estar adjunta la Orden de Provisión a la receta. El valor de los accesorios en esta resolución lo define la farmacia, teniendo en cuenta el margen de rentabilidad. Las Tiras Reactivas y/o Pañales que estén autorizadas por esta resolución, se deberán validar como Accesorios. Sino, serán motivo de débito.
Información N°33/2020.
La Obra Social nos informa que las credenciales de sus afiliados cuyo vencimiento operen a partir del mes de Junio del 2019, extenderán su vigencia hasta el mes de Diciembre 2020.
Ver Norma de Atención: (clic aquí).

Información N°33/2020.