IOMA – Receta Emergencia Sanitaria

Colegas, el Instituto informa que ante la situación actual del aislamiento social preventivo y obligatorio y en el marco de la Emergencia Sanitaria declarada en virtud de los Decretos de público conocimiento,  esta Subdirección Técnico Científica de Farmacias y Bioquímica informa que:

Para evitar la circulación de afiliados y teniendo en cuenta que las diferentes Asociaciones Médicas en el ámbito de la Provincia de Buenos Aires cerraron sus puertas, se aceptarán para la dispensa de medicamentos de compra abierta los recetarios o formularios de las respectivas asociaciones, ante la falta de recetarios IOMA. Estos deberán contener todos los datos y formalidades que se registran en la receta IOMA de uso racional del medicamento, a saber: fecha, DNI, nombre y apellido del afiliado y número, edad, sexo, peso, diagnóstico, droga por denominación genérica con dosis día, dosis unidad, duración de tratamiento y cantidad de envases. Además, para certificar la dispensa deberán estar firmadas por el afiliado o tercero con aclaración, DNI, domicilio y teléfono.

Respecto a la validación deberá realizarse como receta hospitalaria (SAMO) adjuntándola a la prescripción con las formalidades enumeradas ut supra, fecha de dispensa y la leyendaEMERGENCIA SANITARIA.

Se informa también que IOMA adhiere a la RESO-2020-505-GDEBA-MSALGP autorizando con carácter excepcional la prescripción de medicamentos detallados en las Listas III y IV de la Ley N° 19.303 o de medicamentos para pacientes con tratamiento oncológicos o pacientes con tratamiento de enfermedades crónicas no transmisibles (ECNT), así como cualquier otro medicamento que se utilicen bajo receta, excluidos los estupefacientes, en formato de mensaje de texto o mensajes a través de aplicaciones de mensajería vía web, mail o fax. Se recuerda que para medicamentos detallados en las Listas III y IV de la Ley 19.303 (psicotrópicos) es necesario contar con receta de archivo.

Informamos además que estamos realizando gestiones para evitar el conforme del afiliado con la firma y sus datos, para disminuir el contacto  y el tiempo de permanencia del paciente en nuestras farmacias. Cuando tengamos aceptación, que nos asegure que no será motivo de débito, lo vamos a comunicar. También estamos trabajando en un soporte de prescripción para los médicos, que tiene además de la prescripción de la receta, un módulo para psicotrópicos, para eliminar el papel.

Lo mismo estamos haciendo con el resto de los convenios que tiene el Colegio.

Información N°20/2020.

OSPIA – Recetario Electrónico

La Obra Social informa que ha implementado un nuevo recetario en formato electrónico que convivirá con el recetario oficial existente, con el fin de dar cumplimento al “aislamiento social, preventivo y obligatorio”. Para ver modelo Recetario Electrónico (Clic aquí).

Información N°19/2020.

PODER JUDICIAL – Campaña de Vacunación 2020

Informamos que a partir de la fecha comenzó la campaña de vacunación antigripal 2020, la cual tendrá vigencia hasta el 31 de Agosto del corriente. Las recetas tendrán la cobertura del 100% siempre y cuando se encuentren PREVIAMENTE AUTORIZADAS por la Obra Social, de lo contrario contaran con la cobertura habitual.  La prescripción de la Vacuna debe estar en forma individual en la receta para cada afiliado, la misma debe conservar el formato habitual, completando los datos que solicita el recetario oficial (Obra Social, datos del Afiliado, fecha, número de prestador, firma y sello del médico), en el caso que se prescriba en formato digital, en referencia a la emergencia sanitaria de público conocimiento, también deben contener los datos antes mencionados. Las recetas se deberán dispensar SIN VALIDAR.

Información N°19/2020.

BARBIJO ROJO

Para las farmacias que hayan activado el protocolo del programa Barbijo Rojo y hayan cursado las denuncias al 144, posteriormente deberán registrar el evento en el acceso de SIAFAR dispuesto para tal efecto y, de esta manera, facilitar el registro de los casos denunciados. Recordamos que el programa BARBIJO ROJO es una vía para ayudar a denunciar las situaciones de violencia de género que pudieran producirse en el marco del aislamiento social, preventivo y obligatorio. Para ver instructivo (Clic aquí).

Información N°19/2020.

OSPIA-Recetario Electrónico

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BARBIJO ROJO-INSTRUCTIVO

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Vacunas de IOMA

 Colegas

El IOMA ha solicitado una re distribución de las vacunas para las farmacias, ya que la primera tanda no será suficiente.

Para que todas las farmacias puedan acceder a las vacunas, la obra social ha decidido reducir el tope de veinte (20) a diez (10) dosis, de esta manera el reparto será más equitativo y todas las farmacias podrán participar de esta campaña de vacunación.

Aquellas farmacias que ya pidieron sus dosis a través de nuestra página COLFARMA verán este cambio y las farmacias que todavía no han realizado su pedido, podrán pedir sus dosis, siempre teniendo en cuenta que la cantidad máxima por ahora es de diez (10) dosis.

 

Información Obras Sociales – Vacunas de IOMA.

OSPOCE INTEGRAL – Campaña de Vacunación

La Obra Social informa que a partir de la fecha ha comenzado la campaña de vacunación ANTIGRIPAL, la misma regirá  hasta el 30/06 del corriente. Las recetas deben contar con su respectiva PREVIA AUTORIZACION. Para los Afiliados de Grupo de riesgo, la Obra Social cubrirá un  tope de hasta $ 900-  y  la cobertura habitual del 40% es para el resto de los afiliados.

Información N°18/2020.

OSMATA

Debido a la emergencia sanitaria, la Obra Social extiende la vigencia de las recetas que actualmente es de 60 días, pasando a tener una validez de 90 días corridos.

Información N°18/2020.

DASUTEN: Campaña de Vacunación Antigripal 2020

Informamos que a partir de la fecha comenzó la campaña de vacunación antigripal 2020, la cual tendrá vigencia hasta el 31 de julio del corriente. Las recetas deberán validarse en el Plan de Vacunación antigripal y tendrán la cobertura del 100% de acuerdo a las siguientes características: · Afiliados menores a 24 meses y mayores a 65 años con Orden de Farmacia Electrónica provista por la Obra Social. · Afiliados en Grupo de Riesgo mayores a 24 meses y menores a 65 años con Autorización Electrónica provista por la Obra Social. · Resto de afiliados: cobertura habitual del 50 %.

Información N°18/2020.