INFORMACIÓN OBRAS SOCIALES Nº 47/2023

La Plata, 10 de agosto 2023

 PAMI – Prescripciones Validas y Recetas de Emergencia

Colegas, tal como fue comunicado en el Boletín de obras Sociales N° 46/2023, recordamos que el PAMI ha restituido la normalidad del funcionamiento del sistema de prescripción de recetas electrónicas. Ante lo antes mencionado, detallamos a continuación los puntos a tener en cuenta:

  • Las recetas de papel particulares (puestas en vigencia a modo de emergencia por el inconveniente en el sistema de PAMI de público conocimiento), deberán tener como fecha máxima de prescripción hasta el día 15 de agosto inclusive. Dichas recetas podrán ser validadas y dispensadas por las farmacias dentro de la tradicional vigencia de 30 días entre la fecha de prescripción y la fecha de dispensa.
  • A partir del día miércoles 16 de agosto, las únicas recetas con fecha de prescripción vigentes serán las recetas electrónicas oficiales de PAMI y las recetas manuales celestes de PAMI.
  • Las recetas de papel particulares (puestas en vigencia a modo de emergencia por el inconveniente en el sistema de PAMI de público conocimiento) dispensadas en los términos de las normas informadas tendrán un límite para su presentación al cobro hasta el día 15/10/2023, es decir que podrán formar parte de las presentaciones hasta el cierre correspondiente a la 1º quincena de octubre.

Completando la información, restaría precisar con PAMI la vigencia del período mixto en materia de validación de Pañales y segmento Alto Costo. En cuanto nos informen, estaremos comunicando a la brevedad. 

 IBERO ASISTENCIA –  Aumento de Tope

La Obra Social informa que, a partir del pasado lunes 7 de agosto, el tope de cobertura para todos sus planes pasó a ser de $ 5.800- por receta.

-Para ver Norma de Atención, Clic aquí.

INTEGRAL GILSA  – Nuevos Planes

Colegas, la Obra Social informa que, a partir del día lunes 14 de agosto del corriente año, entrarán en vigencia dos nuevos planes, detallados a continuación:

  • Plan “Integral”: cobertura del 40%, sobre el vademécum de la Obra Social.
  • Plan “MI 850”: cobertura del 40%, sobre el vademécum de la Obra Social.

-Para ver Norma de Atención, Clic aquí.

OSPE – Autorizaciones

La Obra Social informa que, a partir del pasado lunes 7 de agosto, aumentó los topes para solicitar autorización, los cuales se detallan a continuación:

  • Cuando el PVP del medicamento supere el importe de $ 55.000, deberá estar autorizado por la Delegación de OSPE para ser dispensado.
  • Cuando el PVP del medicamento supere el importe de $ 170.000, deberá estar autorizado por OSPE Casa Central para ser dispensado.

-Para ver Normas de Atención, Clic aquí.

OSPIA – Aumento de Monto para solicitar Autorización

Informamos que, a partir del día de la fecha, la Obra Social eleva el monto para solicitar Autorización, el mismo será de $ 10.000.-

-Para ver Norma de Atención, Clic aquí.

PODER JUDICIAL – Anticonceptivos

Colegas, la Obra Social informa que, a partir del día de la fecha, incorporan productos con la cobertura del 100%, sin requerir autorización previa, como por ejemplo: anticonceptivos, ácido hialurónico, hialuronato sódico, denosumab y rivaroxaban. Dicha cobertura la emitirá el sistema de validación Colfarma online, al momento de la dispensa.

-Para ver Norma de Atención, Clic aquí.

UNLP – Actualización del Vademécum

Informamos que el Vademécum ha sido actualizado por la Obra Social, para ver el mismo, Clic aquí.

IOMA – Recetarios válidos – Recordatorio

Colegas, recordamos que a partir del pasado 3 de agosto, el Instituto informó que las recetas de IOMA-UMA se deberán validar a través del acceso “Receta Electrónica”, en el sistema de validación Colfarma On line. También recordamos que las recetas electrónicas (Recetario electrónico de IOMA y Recetario electrónico IOMA-UMA) para los planes autorizados, se deben validar en el Plan de “Receta oficial”.

De este modo, a continuación se detallan los ejemplos y método de validación de los únicos recetarios válidos para la dispensa:

Recetario oficial de IOMA (color magenta): Deberán estar prescriptas en original, donde el sello y firma hológrafa del profesional prescriptor deberán estar también ambos en original.

Recetarios de SAMO: Los que deberán contener el sello en original del hospital correspondiente, deberán estar prescriptas en original, donde el sello y firma hológrafa del profesional prescriptor deberán estar también ambos en original.

– Recetario electrónico de IOMA: Se debe validar a través del acceso “Receta Electrónica”, en el sistema de validación Colfarma Online. No será necesaria la impresión de la receta, solo se deberá presentar el comprobante de validación (donde el afiliado o tercero dará la conformidad mediante firma y datos en el comprobante de validación), con los troqueles adheridos.

Un punto a tener en cuenta, referente a la Receta Electrónica IOMA, es que la misma se podrá aceptar  para  autorizaciones del plan Ambulatorio, sin que se imprima la receta (Excepto en la 1° provisión, donde la autorización siempre debe ir acompañada por la copia de la receta, la cual deberá estar sellada y firmada al dorso por IOMA, ambos en original). La Farmacia deberá proceder a su validación a través del plan de “Receta oficial” con el porcentaje correspondiente, donde se deberán completar todos los campos y en el “Nro. de receta” se deberá colocar el número del recetario electrónico. El afiliado o tercero dará la conformidad mediante firma y datos en el comprobante de validación. Luego se deberá adjuntar el comprobante de validación con los troqueles adheridos a la autorización correspondiente. Para ver modelo de receta electrónico de IOMA, Clic aquí.

– Recetario electrónico IOMA-UMA: Se debe validar a través del acceso “Receta Electrónica”, en el sistema de validación Colfarma Online. No será necesaria la impresión de la receta, solo se deberá presentar el comprobante de validación (donde el afiliado o tercero dará la conformidad mediante firma y datos en el comprobante de validación), con los troqueles adheridos.

Un punto a tener en cuenta, referente a la Receta Electrónica IOMA-UMA, es que la misma se podrá aceptar  para  autorizaciones del plan Ambulatorio, sin que se imprima la receta (Excepto en la 1° provisión, donde la autorización siempre debe ir acompañada por la copia de la receta, la cual deberá estar sellada y firmada al dorso por IOMA, ambos en original). La Farmacia deberá proceder a su validación a través del plan de “Receta oficial” con el porcentaje correspondiente, donde se deberán completar todos los campos y en el “Nro. de receta” se deberá colocar el número del recetario electrónico. El afiliado o tercero dará la conformidad mediante firma y datos en el comprobante de validación. Luego se deberá adjuntar el comprobante de validación con los troqueles adheridos a la autorización correspondiente. Para ver modelo de receta electrónico IOMA-UMA, Clic aquí.

Recetario electrónico BONAERENSE: Se debe validar a través del Plan SAMO. No será necesaria la impresión de la receta, solo se deberá presentar el comprobante de validación (donde el afiliado o tercero dará la conformidad mediante firma y datos en el comprobante de validación), con los troqueles adheridos.

IOMA – Recetas Autorizadas  – Recordatorio

Se recuerda que, al momento de dispensar recetas autorizadas, siempre se deberá adjuntar a la receta la O.P (Autorización de IOMA) y tener en cuenta el rango de fechas estipulado en la O.P. para efectuar la dispensa.

Al respecto y completando la información, queremos recordar que siempre el número de receta especificado en la O.P (Autorización de IOMA) de la 1° previsión, debe coincidir con la receta que se adjunta a la misma, la cual deberá estar sellada y firmada al dorso por IOMA, ambos en original. Caso contrario, será motivo de débito.


Sin otro particular, saludamos a Usted muy atentamente.

PAMI: SE RESTABLECE LA RECETA ELECTRÓNICA

 

Colegas la CoFA recibió hace minutos la información del PAMI anunciando que ya se encuentran operativos los sistemas para la emisión de recetas electrónicas.

Medicamentos: Ya se pueden emitir recetas electrónicas y podrán seguir emitiendo recetas en papel hasta el 15 de agosto. Recordamos que la vigencia de las recetas en cualquier formato es de 30 días.

⏩ Bajo esta modalidad de sistema mixto, los afiliados podrán asistir a las farmacias tanto
con la receta electrónica como con la receta en papel.

Puede leer HACIENDO CLIC AQUI la información oficial emitida por el PAMI

Información N° 46/2023 (09/08)

PAMI – Situación de pagos Anticipo 2º de Julio

Colegas, la CoFA informa en relación a la problemática surgida del ataque informático sufrido por PAMI, que si bien el sistema de validación de recetas ha sido afectado de manera colateral, ya se dispusieron, como es de conocimiento de todos, los ajustes para permitir su continuidad.

Con respecto a las tareas que incumben a PAMI para el control y auditoría interna de los archivos de liquidación y circuito de pagos, el Instituto informa que el pago del anticipo de la 2º quincena de Julio previsto para los días 9 y 10 de agosto (notas de crédito y efectivo) se verá demorado, según estiman, por el término aproximado de 48 horas.

Sugerimos a las farmacias no cancelar sus compromisos con las droguerías, dentro del porcentaje comprometido por las dispensas a PAMI, hasta tanto el Instituto no efectúe los pagos, razón por la cual estamos informando de esta situación a droguerías y laboratorios para que se tome nota de este escenario de emergencia, y por ende se abstengan de disponer cierres de cuentas, cancelación, corte de crédito o cambio en las condiciones comerciales hasta tanto el PAMI realice las transferencias de pago.

Información N° 45/2023 (08/08)

 

 

Norma de Atención Vigente – Agosto 2023

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PAMI – Situación de emergencia – Novedades del día

Colegas, detallamos a continuación una nueva serie de respuestas a consultas emitidas al PAMI, respecto a la atención del Plan de Emergencia, las que se suman a las informadas en el Boletín de Obras Sociales N° 43/2023.

 

  • RECETAS MANUALES CELESTES

Al recibir una Receta Manual Celeste la farmacia procederá como habitualmente validando a través del Plan Ambulatorio, pero como ante la emergencia el Instituto ha distribuido nuevos talonarios celestes que podrían no estar aún registrados, puede darse el caso de rechazo de la validación por no encontrarse el talonario registrado. Frente al eventual rechazo la farmacia deberá validar esa receta Manual Celeste dentro del Plan de Emergencia con similar tratamiento al que se hace con una receta particular, tanto en la validación como en el acondicionamiento.

El PAMI se encuentra abocado a recopilar y registrar todos los talonarios de nueva distribución, por lo cual los casos se irán reduciendo paulatinamente.

  • ANTIBIÓTICOS INYECTABLES

Si bien la normativa de emergencia indica que se aceptarán hasta un máximo de 2 (dos) envases por renglón, el tratamiento de antibióticos inyectables guarda la misma condición de excepción que en el Plan Ambulatorio dado lo cual el sistema se ocupará de validar ese tipo de prescripción.

  • RECETAS ELECTRÓNICAS EXTERNAS IMPRESAS

Las recetas electrónicas impresas de plataformas ajenas al PAMI se pueden aceptar con la única condición de que la firma del médico se encuentre manuscrita y el sello en original. Sin esta condición no es aceptable.

  • REGISTRO DE DATOS DEL MÉDICO EN EL VALIDADOR

Hemos tenido consultas sobre rechazos en la validación del Plan de Emergencia al querer la farmacia completar el nombre del médico prescriptor.

El procedimiento para ingresar los datos del médico debe ser el siguiente: Colocar el número de matrícula en el casillero correspondiente, optar por matrícula provincial o nacional y la jurisdicción. Si accionando la lupa en el casillero del nombre no aparece visible el nombre del médico, dejar este espacio en blanco y proseguir con la validación.

No debe la farmacia digitar por sí misma el nombre del médico.

  • RECETAS PARTICULARES PRESCRIPTAS CON MÁS DE 2 RP

La normativa de emergencia indica que las recetas particulares deben tener un máximo de 2 Rp. Ante la posibilidad de recibir recetas con más de 2 Rp la farmacia podrá validar hasta 2 renglones, y el o los renglones que queden sin validar requerirán de una nueva receta.

  • PAMI ALTO COSTO

Ya se encuentra habilitada en SIAFAR la opción para ingresar al circuito de autorización la receta particular.

Para ello si se trata de una receta particular deberá dejarse en blanco, sin completar, el casillero correspondiente al número de la receta. El propio sistema le devolverá un número autogenerado una vez concluido el proceso de ingreso.

En caso de contar con receta electrónica o receta manual celeste oficial de PAMI deberá incluir, como se hace habitualmente, el número de receta que corresponda.

  • PAMI PAÑALES

Ya se encuentra habilitada en SIAFAR la opción para ingresar al circuito de autorización la receta particular.

Para ello si se trata de una receta particular deberá dejarse en blanco, sin completar, el casillero correspondiente al número de la receta.

En estos casos la presentación deberá incluir la receta particular adherida al Comprobante de validación con el debido conforme del afiliado.

Dada la emergencia el sistema está compuesto por la base de afiliados que accedieron a la dispensa de pañales en los últimos meses.

Información N° 44/2023 (04/08)

PAMI ALTO COSTO – Situación de emergencia y validación de recetas particulares

Se encuentra aún en desarrollo la carga de recetas papel particulares.

Por el momento solamente pueden ingresarse recetas electrónicas previas al siniestro, o bien recetas manuales celestes.

Información N° 43/2023 (04/08)

 

PAMI PAÑALES – Situación de emergencia y validación de recetas particulares

A partir del día de la fecha quedó habilitado en SIAFAR la validación de dispensa de Pañales. Para ello la farmacia deberá ingresar como habitualmente lo hace con la receta oficial que el afiliado a inicio del mes tiene en su poder, o bien marcar la opción Receta Particular si fuera el caso.

En caso de no poseer la receta física como siempre deberá emitirse el comprobante de validación como soporte de la conformidad del beneficiario.

Información N° 43/2023 (04/08)

PAMI – Situación de emergencia y validación de recetas particulares

Colegas, completando la información emitida en el boletín de Obras Sociales N° 41/2023, informamos que las recetas particulares de los planes PAMI Ambulatorio y PAMI Suplementos Nutricionales, se deben validar a través del Sistema FarmaPAMI. Para ello, deberán ingresar a través del Colfarma On line, eligiendo la opción “Consultas PAMI” → “Consulta de Recetas PAMI”, donde se seleccionará entre los planes “Recetas Particulares Manuales por Emergencia” o “PAMI Suplementos Nutricionales – Recetas Particulares Manuales por Emergencia”, según corresponda.

Para mejor proveer, se adjunta imagen donde se observan los planes antes mencionados:

Puntos a tener en cuenta al momento de la dispensa:

  • Recetas particulares confeccionadas en papel sin membrete: SE ACEPTA
  • Recetas particulares confeccionadas en talonarios con impresos de laboratorios: SE ACEPTA
  • Recetas electrónicas externas a PAMI con firma hológrafa y sello, ambos en original: SE ACEPTA
  • Recetas con firma del médico escaneada: NO SE ACEPTA
  • Recetas electrónicas externas a PAMI sin firma manuscrita: NO SE ACEPTA
  • No será necesario completar el campo Número de Receta.
  • No es obligatorio que la receta cuente con diagnóstico.

Quedaron aún consultas que el PAMI está analizando:

  • Recetas manuales celestes en talonarios no registrados
  • Antibióticos inyectables ante la limitación de 2 unidades por renglón

Validadores Externos:

Los validadores y sistemas de gestión, como el Colfama On-line, se encuentran trabajando para ir homologando sus servicios.

Información N° 43/2023 (04/08)

PAMI Sup. Nutricionales – Vigencia de receta para su presentación- Recordatorio

Se recuerda que, el PAMI dispuso que a partir del 1º de agosto del corriente año, la fecha límite para incorporar una receta de Suplementos Nutricionales en un lote, pasa a ser de 60 días contados desde la fecha de autorización.

Información N° 42/2023 (03/08)

 

PAMI ALTO COSTO – Plazo para el cierre de gestión por la farmacia – Recordatorio

Colegas, la CoFA recuerda que en relación a las dispensas del Convenio PAMI segmento ALTO COSTO, solicita prestar puntual atención a los cierres de gestiones, tanto con el registro de DISPENSADO o DEVUELTO, los cuales se deben realizar antes de los 30 días de la fecha informada del Remito de droguería.

El respeto de este plazo de 30 días es importante ya que el PAMI requiere su cumplimiento para liquidar el pago a los laboratorios.

Es importante aclarar que las farmacias que no efectúen el procedimiento antes mencionado, quedarán bloqueadas para un nuevo ingreso de receta.

Información N° 42/2023 (03/08)