La ART informa que son válidas las prescripciones confeccionadas a través de diferentes plataformas, (emitidas por cualquier plataforma habilitada por el Ministerio de Salud) las que deberán contener obligatoriamente los requisitos de identificación de cada receta, como, por ejemplo: código de barra o número de receta.
El afiliado deberá presentar siempre la receta impresa.
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Información N°29/2025 (06/06)