Después de años de lucha en defensa de un modelo sanitario en defensa de la profesión y al servicio de la salud pública, la justicia argentina reconoció la vigencia de una Ley que defiende nuestros derechos ciudadanos y las incumbencias de miles profesionales de la salud.
Gracias a quienes respaldaron esta lucha en sus hogares, concejos deliberantes, municipios, droguerías, laboratorios, hospitales y farmacias comunitarias.
También gracias a los medios de comunicación que nos ayudaron a difundir nuestro modelo sanitario, nuestra defensa de la normativa vigente y el valor de las farmacias de barrio.
Aquí podrán ver la decisión de la Corte Suprema de Justicia de la Nación.
Gracias totales, tenemos un compromiso diario con la salud de nuestros pacientes.
Alertas de la RPVF
Actualizaciones recientes informadas por la Red Provincial de Vigilancia Farmacéutica
Obras Sociales, destacadas del mes
Compartimos las noticias de los boletines de obras sociales más relevantes del mes:
IOMA Resol. N°1638/19 – Finalización de Resolución
La Obra Social informa que, a partir del día de la fecha, da por finalizada la emisión de Autorizaciones bajo la Resolución N°1638/19, quedando en circulación las autorizaciones emitidas con anterioridad, las cuales se deberán validar hasta la finalización de las mismas, según detallamos a continuación:
*Medicamentos: se deberán validar a través de IOMA Resolución de directorio, según el porcentaje de cobertura emitido en la Autorización.
*Accesorios: se deberán validar a través de “IOMA 678 – 697 – 1638”, según el porcentaje de cobertura emitido en la Autorización. Las Tiras Reactivas y/o Pañales que estén autorizadas por Resolución N° 678/18 o 1638/19 o 697/21, se deberán validar en IOMA Accesorios. Sino, serán motivo de débito.
IOMA – Nueva Resolución N°697/21
Esta Resolución viene a reemplazar a la Resolución 1638/19. Es de Validación Obligatoria, pudiendo incluir la cobertura tanto de medicamentos, leches y accesorios con % variables entre 50%, 60%, 70%, 80%, 90% y 100%. Cuando se autoricen medicamentos y leches, estos se deberán validar y presentar en “IOMA Resolución de Directorio”. Cuando se autoricen Accesorios, estos se deben validar y presentar en “IOMA 678 – 697 – 1638”. En ambos casos, siempre deberá estar adjunta la Orden de Provisión a la receta. El valor de los accesorios en esta resolución lo define la farmacia, teniendo en cuenta el margen de rentabilidad. Las Tiras Reactivas y/o Pañales que estén autorizadas por esta resolución, se deberán validar por IOMA Accesorios. Sino, serán motivo de débito.
IOMA – Resumen actualizado de Resoluciones
Siguiendo con el proyecto de simplificar las tareas administrativas en las Oficinas Farmacéuticas, es que les hacemos llegar el detalle actualizado de las distintas Resoluciones que emite el IOMA, con sus respectivas características:
Para Ver el Resumen actualizado (Clic Aquí)
IOMA – Validación de Tiras Reactivas
Colegas, ante varias consultas recibidas, respecto a la validación de las Tiras Reactivas. Queremos recodar que solo las Tiras Reactivas de Glucemia, se deben validar por “IOMA Accesorios”. El resto de las tiras, de Cetonuria y Glucosuria, se deben validar por “IOMA 678-697-1638”. Para ver Resumen de Resoluciones (Clic Aquí).
IOMA – Planes 678/18, 697/21 o 1638/19
Se informa que a partir del día Lunes 28 de Junio del corriente año, no se encontrará más la opción “Accesorios varios”. Al momento de la validación, se deberá buscar el producto a validar y en el caso que no se encuentre el producto exacto, se deberá seleccionar el que más se ajuste a la dispensa a efectuar. Para ver instructivo de validación (Clic aquí).
Postergación de las elecciones
A los Farmacéuticos matriculados en el Colegio de Farmacéuticos de la provincia de Buenos Aires:
Ponemos en su conocimiento que por Resolución N° 839/21 de fecha 07-06-2021, publicada en el Boletín Oficial con fecha 9-06-2021, del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos de la Provincia de Buenos Aires, se dispuso por el plazo de noventa (90) días corridos, suspender la celebración de procesos electorales y de todo tipo de asambleas, tanto ordinarias como extraordinarias, como así también todos aquellos actos y acciones preparatorios y/o que resulten necesarios a los fines de llevar adelante los procesos eleccionarios y/o cualquier tipo de convocatoria a asambleas extraordinarias u ordinarias correspondientes a Entidades Profesionales de la provincia de Buenos Aires y sus Cajas Previsionales, siempre que impliquen la movilización, traslado y/o aglomeración de personas.-
Por dicha circunstancia, el acto eleccionario referido a la renovación parcial de autoridades del año 2021 del Consejo Directivo del Colegio de Farmacéuticos de la Provincia de Buenos Aires y total del Honorable Tribunal de Disciplina, se llevara a cabo, junto con su pertinente escrutinio, el día a convenir, luego que hayan transcurrido los 90 días corridos de la suspensión decretada por la Resolución del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos de la Provincia de Buenos Aires N° 839/21 de fecha 07-06-2021 publicada en el boletín oficial el 09-06-2021, ya que el procedimiento eleccionario determinado en la Ley de creación del Colegio y su pertinente Reglamento, demandan, para la pertinente votación de autoridades, la presencialidad como la remisión del voto mediante carta certificada a través el Correo Argentino-CAPITULO VIII: SECCIÓN I.RCFPBA-, condicionando dicho sistema “MIXTO” de votación, la movilización, traslado y/o aglomeración de personas.

Reconocimiento de Trenque Lauquen al Farm. Raúl Faillá
A un año de su partida, la comunidad de Trenque Lauquen le rinde homenaje al trabajo del Farm. Raúl Faillá.
El Intendente municipal, Miguel Fernández, promulgó la Ordenanza n° 5148/2021 (ver aquí), sancionada por el Concejo Deliberante el 21 de mayo del corriente, que impone el nombre de Raúl Horacio Faillá al Centro de Esterilización del Hospital Municipal Orellana.
La iniciativa tiene como objetivo homenajear a quien fuera presidente del Consejo de Administración de la Cooperativa de Electricidad desde el año 2014 hasta el día de su fallecimiento, el 8 de junio de 2020, y “un ferviente impulsor de significativos aportes en materia de salud en el partido de Trenque Lauquen”, como se desprende de la normativa.
El Centro de Esterilización que funciona en el Hospital es la unidad destinada a la recepción, lavado, acondicionamiento, desinfección y/o esterilización, control, almacenamiento transitorio y dispensa de los productos médicos y textiles, a fin de garantizar la calidad prestacional, seguridad en el uso de pacientes y personal de la salud, y preservación de la eficacia de los mismos.
En los fundamentos de la iniciativa, que fue impulsada por un grupo de vecinos de la comunidad, aprobada por el HCD y promulgada por el Departamento Ejecutivo, se destaca que Raúl Faillá cuenta en su haber con una profunda trayectoria en beneficio de la comunidad del partido de Trenque Lauquen y se pone de manifiesto que “sus fuertes convicciones solidarias lo consolidan como un consejero activo, llegando a la vicepresidencia de la mencionada Cooperativa de Electricidad en los períodos 2005-2006/2007-2008 y 2013-2014 y sobre finales de 2014, reemplazó a Manuel Antonio Alvo en la presidencia del Consejo de Administración hasta el día de su fallecimiento, el 8 de junio de 2020”.

Comunicado por horario de farmacias
A tenor de las reiteradas consultas y situaciones vivenciadas en diversas farmacias de la provincia de Buenos Aires, exponemos a continuación los argumentos que se le han hecho llegar a las autoridades municipales, provinciales y nacionales en relación a la naturaleza jurídica sanitaria que revisten las farmacias en nuestra jurisdicción.
La farmacia es un servicio público impropio, establecido por ley y fiscalizado por el Estado, conforme lo expresa el art. 1 de la Ley 10.606, por ello, las farmacias se hallan sujetas a un régimen normativo específico y riguroso, el cual responde a la necesidad de garantizar un servicio de calidad y con continuidad al público por ser un centro sanitario al servicio de la comunidad.
Para dar cumplimiento a este fin la normativa sanitaria (Ley 10.606 y demás normas reglamentarias y complementarias) impone la continuidad de las prestaciones profesionales que las mismas brindan mediante un sistema de turnos obligatorios, es decir, todos los días del año, las 24 horas, a través del servicio de guardia, y la distribución racional de las oficinas farmacéuticas en el territorio provincial, que permite garantizar el acceso equitativo y seguro del medicamento a toda la población.
Nuevos Matriculados
Nuestro Colegio les da la bienvenida a los nuevos colegas matriculados, que a partir del Acto de Matriculación ya son parte de nuestra Entidad.