Atento a la situación social en el Marco de la Emergencia Sanitaria declarada en virtud de los Decretos N° 260/2020 y N° 297/2020 del Poder Ejecutivo Nacional y los Decretos N° 132/2020 y N° 165/2020 del Gobierno de la Provincia de Buenos Aires, esta Subdirección informa que para evitar mayor circulación de afiliados, se aceptará la dispensa de ANTICONCEPTIVOS en recetarios crónicos con firma del médico sin exigencia de especialista.
La farmacia deberá completar en la receta o fracción la conformidad del afiliado o tercero y sus datos como corresponde y ante la falta del sello de especialista la farmacia puede completar “EMERGENCIA SANITARIA”.
También se informa que acompañando la tendencia de la Administración Pública de minimizar el uso del papel, se aceptarán las provisiones N° 1 a N°3 sin la copia de la receta original, respetando la prescripción de medicamentos contemplados para esa forma de dispensa, adjuntando la validación respectiva.
Información N°11/2020