A continuación detallamos las mismas con sus correspondientes características:
Resolución 12/17: Pertenece a IOMA Accesorios. Validación Obligatoria. Abarca productos de un listado cuya cobertura es un valor acordado con el IOMA. La misma debe ser presentada en IOMA ACCESORIOS.
Resolución 1256: Pertenece a IOMA Resolución de Directorio. Validación Obligatoria. Abarca medicamentos dentro y fuera de Formulario Terapéutico de IOMA, mayores cantidades y porcentajes de cobertura. La misma debe ser presentada en IOMA Resolución de Directorio, cuya cobertura será la que figure en la Orden de Provisión, la que se debe adjuntar a la receta.
Resolución 1781/15: Pertenece a IOMA Accesorios. Validación Obligatoria. Abarca Tiras Reactivas cuya cobertura es valor del PVP, y la Orden de Provisión se debe adjuntar a la receta. Sin cargo para el afiliado. Las Tiras Reactivas que se autorizan con Resolución 678, se validan como accesorios, en esta resolución aunque no coincida el número de resolución. Sino serán motivo de débito.
Resolución 3512/15: A partir del 11 de mayo del 2020 Validación Obligatoria, pertenece al Plan MAMI y tiene la característica de poder reemplazar las leches por los 180 pañales a un valor de $ 672.50, siempre y cuando este plasmado en la Orden de Provisión la cual siempre tendrá que estar adjunta a la receta.
Discapacidad: A partir del 11 de mayo del 2020 es de Validación Obligatoria, se validarán las recetas de medicamentos exclusivamente según los porcentajes de cobertura indicados en la Orden de Provisión, que siempre deberá estar adjunta a la receta (mayores cantidades mayores coberturas, productos excluidos).
En los casos que se autoricen recetas mixtas (medicamentos y accesorios), estas deben ser presentadas por carátula manual en Discapacidad, siempre adjuntando la Orden de Provisión a la receta, en estos casos se podrán autorizar (mayores cantidades, mayores coberturas, productos excluidos, etc.).
Para el valor de los accesorios en esta resolución lo define la farmacia, teniendo en cuenta el margen de rentabilidad.
IOMA MAMI: A partir del 11 de mayo del 2020 es de Validación Obligatoria, se validarán las recetas según corresponda para las afiliadas embarazadas y los bebés de hasta un año de edad, con cobertura del 100% en recetario correspondiente. Es importante aclarar que las leches deben venir prescriptas por separado de los medicamentos.
IOMA RECURSO DE AMPARO: A partir del 11 de mayo del 2020 es de Validación Obligatoria se validarán las recetas de medicamentos según el porccentaje de cobertura indicado en la Orden de Provisión, que siempre deberá estar adjunta a la receta, la que también deberán estar acompañada de la copia del OFICIO DEL AMPARO CORRESPONDIENTE. Se podrá dispensar toda prescripción que esté fuera de la Norma de Atención. (mayores cantidades, mayores coberturas y productos excluidos, etc).
En los casos que se autoricen recetas mixtas (medicamentos y accesorios), estas deben ser presentadas por carátula manual en Recurso de Amparo, siempre adjuntando la Orden de Provisión a la receta, en estos casos se podrán autorizar (mayores cantidades, mayores coberturas, productos excluidos, etc.).
En el caso del valor de los accesorios en esta resolución lo define la farmacia, teniendo en cuenta el margen de rentabilidad.
Resolución 678/18: Pertenece a Accesorios. NO se valida. Se presenta con carátula manual en IOMA Resolución de Directorio. El valor de los accesorios en esta resolución lo define la farmacia, teniendo en cuenta el margen de rentabilidad. Sin cargo para el afiliado. Siempre deberá estar adjunta la Orden de Provisión a la receta. Si autorizan Tiras Reactivas con esta Resolución, se deben validar por Resolución 1781/15, sino serán motivo de débito.
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Resolución 1637: Pertenece a Accesorios. No se valida. Se presenta con carátula manual en IOMA Resolución de Directorio. Abarca accesorios con % variables entre 70%, 90% y 100%. Siempre deberá estar adjunta la Orden de Provisión a la receta. El valor de los accesorios en esta resolución lo define la farmacia.
Resolución 1638/19: Esta Resolución viene a reemplazar a la Resolución 1147/17. NO se valida. Se debe presentar con carátula manual por Resolución de Directorio pudiendo incluir la cobertura tanto de medicamentos como accesorios con % de coberturas variables del 70%, 90% y 100%, según lo indicado en la Orden de Provisión que deberá estar adjunta como siempre en la receta. En el caso del valor de los accesorios en esta resolución lo define la farmacia, teniendo en cuenta el margen de rentabilidad.
Información N°27/2020.