Se recuerda que:

Plan IOMA MAYOR COBERTURA:  Se validan EXCLUSIVAMENTE recetas de ex “Resolución de Directorio” y “Discapacidad” de medicamentos.

* Plan IOMA AMPARO DE MEDICAMENTOS: Se validan recetas autorizadas por Recursos de amparo, solo medicamentos.

Plan IOMA ACCESORIOS: Se validan recetas de accesorios y amparos de accesorios (siempre los accesorios a dispensar, deben estar dentro del convenio).

Plan IOMA MAGISTRALES: Se validan solamente recetas de fórmulas magistrales.

Comprobantes de validación:

– IOMA Accesorios: Sólo se debe presentar la OPF con troqueles y códigos de barras adheridos, según corresponda; firma y datos del afiliado o tercero, como así también la firma y sello de la Farmacia.

– IOMA Resto de los planes: se deben presentar las recetas físicas debidamente conformadas, de acuerdo a normativa y estar siempre acompañadas del comprobante de validación o duplicado de ticket, el mismo deberá tener todos los datos referentes a la dispensaCódigo de Validación, Fecha de Dispensa, Número de receta (Cuando No es Receta SAMO), N° de Afiliado, Nombre y Apellido del Afiliado, N° de Matrícula del Médico Prescriptor y el detalle de la Medicación con el importe total, a cargo del afiliado y a cargo de la obra social.

– IOMA Receta electrónica o digital: Sólo se debe presentar comprobante de validación, con los troqueles correspondientes. Es importante aclarar que dicho comprobante, además de los datos mencionados, siempre deberá contener la firma y datos del afiliado o tercero, como así también la firma y sello de la Farmacia.

La falta de algunos de los datos antes mencionados, serán motivo de débito. 

Información N°57/2024 (14/11/24)