La Obra Social informa que, a partir del día de la fecha serán válidos los recetarios electrónicos, según las características detallas en la norma de atención. De esta manera los recetarios válidos para la dispensa son los siguientes:

– Recetarios impresos por la Obra Social (con firma original ológrafa y sello original)

– Recetarios del médico tratante (con firma original ológrafa y sello original).

– Recetas electrónicas, de acuerdo a lo dispuesto por la ley 27.553 y su decreto 98/2023 y modificaciones. (Siempre el afiliado deberá entregar en la Farmacia la receta impresa).

– Para ver Norma de atención, Clic aquí.

Información N° 39/2023 (20/07)