1.- Nota donde se informa al Departamento de Farmacia (Dirección de Fiscalización Sanitaria del Ministerio de Salud de la Provincia de Buenos Aires) la asunción del Co Director Técnico, indicando todos los datos del establecimiento y de ambos profesionales (el dt y el co-dt), también detallar el horario de atención del establecimiento y de los profesionales. Esta deberá estar firmada por ambos profesionales y el responsable legal.

2.- Artículo 18 (Ley 6682) Colegio de Farmacéuticos de la Provincia de Buenos Aires. Se generará una vez cargada toda la documentación indicada en los restantes puntos.

3.-Certificado de Libre Regencia Nacional del farmacéutico/a que asume  (No es válido el inicio del trámite, sólo se acepta el Libre Regencia Nacional definitivo).

https://www.argentina.gob.ar/certificado-de-libre-regencia-yo-actuacion-profesional

4.- Certificado de domicilio real del farmacéutico cesionario (entrante), quien debe residir en la localidad de asiento de la farmacia.

https://www.gba.gob.ar/registrodelaspersonas/declaracion_jurada_de_domicilio_tramite_online

5.- Arancelamiento se deposita en Banco Provincia, cuenta en pesos N* 1696/2, Depositar en cuenta corriente fiscal del Banco de la Provincia de Buenos Aires- Casa Matriz Nro. 2000- Cta. Nº 1696/2 a nombre de “Ministerio de Salud Prov. Bs. As.- Dirección de Fiscalización  sanitaria”; o por transferencia Bancaria al CBU 01409998 01200000169625 Ministerio de Salud Prov. Bs. As. –  CUIT 3062698339-8.

6.- Timbrado fiscal

Todos los valores de timbrados, módulos y aranceles deberán ser consultados previamente  en la Dirección de Farmacia del Ministerio de Salud. Tel: (0221) 4292700  internos  82791, 82792; 82937.

https://www.gba.gob.ar/saludprovincia/tramites_y_habilitaciones