
El Consejo Directivo del Colegio de Farmacéuticos de la provincia de Buenos Aires en el mes de enero, propuso por las competencias legales que le caben, tres honorarios para los profesionales farmacéuticos que ejercen su actividad en los establecimientos farmacéuticos del ámbito Privado de la Provincia de Buenos Aires, con valores que rigen a partir del 1° de enero, del 1° de julio y del 1° de octubre del 2022.
NUEVOS HONORARIO FARMACEUTICOS
A partir del 1° de Enero de 2022
Directores Técnicos y Co-directores técnicos, que ejercen en los establecimientos farmacéuticos en el ámbito privado de la Provincia de Buenos Aires, a partir del 1° de Enero de 2022 en concepto de remuneración básica mínima mensual la cantidad de $ 208.439,85 (pesos doscientos ocho mil cuatrocientos treinta y nueve con ochenta y cinco centavos), suma que se compone de $ 125.063,91 (pesos ciento veinticinco mil sesenta y tres con noventa y un centavos) por las 8 horas diarias de trabajo de lunes a viernes y el horario matutino de los días sábados y de $ 83.375,94 (pesos ochenta y tres mil trescientos setenta y cinco con noventa y cuatro centavos) por el bloqueo de título.-
A partir de las fecha establecida en el artículo anterior, fijar la remuneración básica mínima mensual de los farmacéuticos Auxiliares que ejercen en los establecimientos farmacéuticos en el ámbito privado de la Provincia de Buenos Aires, en la cantidad de $ 154.683,62 (pesos ciento cincuenta y cuatro mil seiscientos ochenta y tres con sesenta y dos centavos), suma que se integra de $ 92.810,18 (pesos noventa y dos mil ochocientos diez con dieciocho centavos) por las 8 horas diarias de trabajo de lunes a viernes y el horario matutino de los días sábados y de $ 61.873.44 (pesos sesenta y un mil ochocientos setenta y tres con cuarenta y cuatro centavos) por el bloqueo de título.–
A partir del 1° de Julio de 2022
Directores Técnicos y Co-directores técnicos, que ejercen en los establecimientos farmacéuticos en el ámbito privado de la Provincia de Buenos Aires, a partir del 1° de Julio de 2022 en concepto de remuneración básica mínima mensual la cantidad de $ 253.350,94 (pesos doscientos cincuenta y tres mil trescientos cincuenta con noventa y cuatro centavos), suma que se compone de $ 152.010,56 (pesos ciento cincuenta y dos mil diez con cincuenta y seis centavos) por las 8 horas diarias de trabajo de lunes a viernes y el horario matutino de los días sábados y de $ 101.340,38 (pesos ciento un mil trescientos cuarenta con treinta y ocho centavos) por el bloqueo de título.-
A partir de las fecha establecida en el artículo anterior, fijar la remuneración básica mínima mensual de los farmacéuticos Auxiliares que ejercen en los establecimientos farmacéuticos en el ámbito privado de la Provincia de Buenos Aires, en la cantidad de $ 188.012.23 (pesos ciento ochenta y ocho mil doce con veintitrés centavos), suma que se integra de $ 112.807,33 (pesos ciento doce mil ochocientos siete con treinta y tres centavos) por las 8 horas diarias de trabajo de lunes a viernes y el horario matutino de los días sábados y de $ 75.204.90 (pesos setenta y cinco mil doscientos cuatro con noventa centavos) por el bloqueo de título.–
A partir del 1° de Octubre de 2022
Directores Técnicos y Co-directores técnicos, que ejercen en los establecimientos farmacéuticos en el ámbito privado de la Provincia de Buenos Aires, a partir del 1° de Octubre de 2022 en concepto de remuneración básica mínima mensual la cantidad de $ 291.353,58 (pesos doscientos noventa y un mil trescientos cincuenta y tres con cincuenta y ocho centavos), suma que se compone de $ 174.812,14 (pesos ciento setenta y cuatro mil ochocientos doce catorce centavos) por las 8 horas diarias de trabajo de lunes a viernes y el horario matutino de los días sábados y de $ 116.541,44 (pesos ciento dieciséis mil quinientos cuarenta y uno con cuarenta y cuatro centavos) por el bloqueo de título.-
A partir de las fecha establecida en el artículo anterior, fijar la remuneración básica mínima mensual de los farmacéuticos Auxiliares que ejercen en los establecimientos farmacéuticos en el ámbito privado de la Provincia de Buenos Aires, en la cantidad de $ 216.214.06 (pesos doscientos dieciséis mil doscientos catorce con seis centavos), suma que se integra de $ 129.728,42 (pesos ciento veintinueve mil setecientos veintiocho con cuarenta y dos centavos) por las 8 horas diarias de trabajo de lunes a viernes y el horario matutino de los días sábados y de $ 86.485.64 (pesos ochenta y seis mil cuatrocientos ochenta y cinco con sesenta y cuatro centavos) por el bloqueo de título.–
Establecer un adicional de un 10% sobre el básico mínimo mensual para aquellos farmacéuticos que acrediten fehacientemente ante sus empleadores que han obtenido la certificación y/o recertificación profesional por intermedio del Colegio de Farmacéuticos de la Provincia de Buenos Aires.
En todos los casos se establece un adicional de un 15% sobre el básico mínimo mensual para aquellos farmacéuticos que acrediten fehacientemente ante sus empleadores que han obtenido la certificación de especialidades por intermedio del Colegio de Farmacéuticos de la Provincia de Buenos Aires.
Si Ud. desea que hagamos llegar esta información a su empleador, escriba a asuntoslaborales@colfarma.org.ar indicando el mail al que debe ir dirigido.
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