BOLETÍN DE RELACIONES PROFESIONALES

La Plata, 30 de junio de 2023 | farmaceuticos@colfarma.org.ar - www.colfarma.org.ar

Promoción de Farmacias

Estimados Colegas:

Como en ocasiones anteriores, conforme surge de la Resolución Nro 05/16 aprobada en la sesión del Honorable Consejo Directivo del Colegio de Farmacéuticos de la Provincia de Buenos Aires el 13 de Diciembre del año 2016 (modificada por Resolución HCD 10/18), se da a conocer la promoción para la instalación de oficinas de farmacias en las localidades de la Provincia de Buenos Aires que posean menos de 3000 habitantes según el último Censo Nacional de Población, que carecen de servicio público de dispensa de medicamentos y productos destinados al arte de curar y en aquellas localidades  con cupo de densidad poblacional para la habilitación de farmacias, según datos del último Censo Nacional de Población publicados por el INDEC, en las cuales existe una manifiesta necesidad sanitaria que justifique su instalación

Entre las localidades de menos de 3000 habitantes se encuentran: 

Coronel Mon de Alberti; Todd de Arrecifes; Napaleofú y San Agustín de Balcarce; Irala y Mechita de Bragado; Bellocq y Ordoqui de Carlos Casares; Colonia Seré, Curarú y Timote de Carlos Tejedor; Blaquier de F. Ameghino; Mar del Sud de General Alvarado; La Colina de General Lamadrid; Villa Sauze y Santa Regina de General Villegas; Agustina y Fortín Tiburcio de Junín; Bayauca, Carlos Salas y Las Toscas de Lincoln; Atalaya de Magdalena; Vivoratá de Mar Chiquita; Abbott de Monte; Claraz de Necochea; Morea, Carlos María Naon y Patricios de Nueve de Julio; Colonia San Miguel de Olavarría; Juan A. de la Peña, Pergamino; 17 de Agosto de Puan; El Paraíso de Ramallo; Sansinena de Rivadavia; Goyena de Saavedra; Cuculú de San A. de Giles; General Rivas de Suipacha; San Francisco de Bellocq de Tres Arroyos; Gobernador Ugarte de Veinticinco de Mayo (Ver Anexo II).

Entre las localidades con cupo de densidad poblacional para la habilitación de farmacias en las cuales existe una manifiesta necesidad sanitaria que justifique su instalación están  Jose C. Paz de José C. Paz, Laferrere y González Catán de La Matanza, Merlo de Merlo y Presidente Derqui de Pilar (Ver Anexo III).

La presentación de la documentación que se detalla en la Resolución 8/2023 (Anexo I) deberá realizarla a través de la plataforma COLFARMA  TAD (haga clic aquí) antes del día 31 de Julio del 2023.

La presente promoción para la apertura de farmacias contará con una ayuda económica de hasta $2.000.000 pesos. 

Programa para Emprendedores Farmacéuticos

Nuevo llamado del programa Emprendedores Farmacéuticos para impulsar medidas, herramientas y acciones tendientes a que cada farmacéutico matriculado en la provincia de Buenos Aires logre tener su farmacia propia, droguería, laboratorio cosmético, laboratorio de productos médicos o emprendimiento que le permita ejercer la profesión en forma independiente.

Las inscripciones deben realizarse a través de la plataforma COLFARMA  TAD (haga clic aquí) desde el día 01/07/2023 hasta el 31/07/2023, en el marco de lo establecido en el Reglamento de Emprendedores Farmacéuticos Bonaerenses  aprobado por Asamblea General Ordinaria del año 2020.

Para acceder a la solicitud inscripción apoyo emprendedores haga clíc aquí

Para conocer más sobre el Programa haga clic aquí

Sin otro particular, saludamos a Usted muy atentamente.

Farm. Susana Migliaro
Coordinadora de la Comisión de Relaciones Profesionales
Te: 0221 429-0900 - E-mail:
relprof@colfarma.org.ar


COLEGIO DE FARMACÉUTICOS DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES
Calle 5 Nro 966 (1900) La Plata | Telefax (0221) 4290900 (líneas rotativas)