{"id":29073,"date":"2020-09-15T16:04:42","date_gmt":"2020-09-15T19:04:42","guid":{"rendered":"http:\/\/www.colfarma.info\/colfarma\/?p=29073"},"modified":"2020-09-22T15:49:10","modified_gmt":"2020-09-22T18:49:10","slug":"nuevo-programa-de-fomento-a-farmaceuticos-de-la-provincia","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/www.colfarma.info\/colfarma\/nuevo-programa-de-fomento-a-farmaceuticos-de-la-provincia\/","title":{"rendered":"Nuevo programa de fomento a farmac\u00e9uticos de la provincia"},"content":{"rendered":"<h4>El Programa Emprendedores Bonaerenses se aprob\u00f3 por mayor\u00eda en la Asamblea Anual Ordinaria.<\/h4>\n<p>Uno de los puntos m\u00e1s importantes que se aprob\u00f3 en la Asamblea Anual Ordinaria que se realiz\u00f3 el 1 de agosto fue el Programa Emprendedores Farmac\u00e9uticos Bonaerenses. El mismo consiste en apoyar e impulsar a los farmac\u00e9uticos de la provincia de Buenos Aires a que logre tener su propia farmacia, droguer\u00eda, laboratorio cosm\u00e9tico, laboratorio de productos m\u00e9dicos o emprendimiento que le permita ejercer la profesi\u00f3n en forma independiente. \u201cLa idea es fomentar que cada colega sea propietario del establecimiento donde se desempe\u00f1a, dentro del amplio abanico de actividades que son incumbencia de nuestra profesi\u00f3n\u201d, se\u00f1al\u00f3 Guillermo Bideberry, tesorero del CFPBA.<\/p>\n<p>A este subsidio que otorga el Colegio lo podr\u00e1 solicitar todo farmac\u00e9utico matriculado que no sea propietario de otro emprendimiento de este rubro en la provincia de Buenos Aires, luego que hayan transcurrido 6 meses desde su matriculaci\u00f3n o re matriculaci\u00f3n y que desee iniciar un emprendimiento independiente relacionado con el ejercicio de la profesi\u00f3n cumpliendo con las normativas sanitarias vigentes y requisitos legales para la habilitaci\u00f3n. Este podr\u00e1 ser unipersonal o contar con la asociaci\u00f3n de no m\u00e1s de tres farmac\u00e9uticos matriculado. Al respecto, el Tesorero del CFBA indic\u00f3 que \u201c<em>pretende incentivar a j\u00f3venes colegas con emprendimientos, sea de manera personal o en sociedad con otro colega<\/em>\u201d, y agreg\u00f3: \u201c<em>hoy vemos que distribuidoras, o fraccionadoras, y aun peque\u00f1as empresas cosm\u00e9ticas, pueden estar en manos de los colegas que act\u00faan como directores t\u00e9cnicos<\/em>\u201d.<\/p>\n<p>Se tendr\u00e1 en cuenta para la aprobaci\u00f3n de cada solicitud (a cargo del Consejo Directivo) el cumplimiento de los requisitos solicitados y los fondos disponibles. Tambi\u00e9n es importante y se fomentar\u00e1 que el emprendimiento que se quiera impulsar oriente su actividad a satisfacer necesidades de los ciudadanos de la provincia<\/p>\n<p>La ayuda econ\u00f3mica tiene distintos montos de acuerdo al tipo de establecimiento que se quiera instalar. Los diferentes importes podr\u00e1n verlos en art\u00edculo 7 del <a href=\"http:\/\/www.colfarma.info\/colfarma\/wp-content\/uploads\/2020\/07\/Reglamento-de-emprendedoresSMIR2-2.pdf\">reglamento<\/a>, y ser\u00e1n actualizados cada 6 meses seg\u00fan datos de \u00edndice de precios al consumidor e inflaci\u00f3n proporcionados por INDEC. La devoluci\u00f3n de los mismos podr\u00e1 hacerse hasta en 36 cuotas.<\/p>\n<blockquote><p>\u201cNo hay hoy un estimado de cu\u00e1ntos puedan desear iniciarse en el programa, pero tienen que saber que el Colegio va a estar apoy\u00e1ndolos, y tambi\u00e9n, desde luego, asesorando en distintos aspectos como el marco legal y regulatorio de la actividad que deseen emprender\u201d, enfatiz\u00f3 Bideberry.<\/p><\/blockquote>\n<h5>Los requisitos para poder acceder al Programa Emprendedores Bonaerenses son los siguientes:<\/h5>\n<ol>\n<li>Tener una antig\u00fcedad en la matr\u00edcula de por lo menos 6 meses.<\/li>\n<li>Encontrarse al d\u00eda con la cuota de matriculaci\u00f3n y dem\u00e1s adicionales, no poseer sanci\u00f3n \u00e9tica-disciplinaria pendiente de cumplimiento.<\/li>\n<li>Presentar su declaraci\u00f3n jurada de ganancias.<\/li>\n<li>Constituir un domicilio legal a los efectos de las notificaciones por parte del colegio.<\/li>\n<li>Presentar seguro de vida y seguro de incendio a favor del Colegio para el caso que sea beneficiario de la ayuda econ\u00f3mica.<\/li>\n<li>Abonar un gasto administrativo de 5% para cubrir los gastos de la operatoria.<\/li>\n<li>Para el caso de instalaci\u00f3n de farmacias en localidades donde no haya servicio o donde haya una necesidad sanitaria deber\u00e1 luego de su habilitaci\u00f3n adherirse al Sistema unificado de prestaciones farmac\u00e9uticas para brindar servicio a la poblaci\u00f3n.<\/li>\n<li>La devoluci\u00f3n de la ayuda econ\u00f3mica para el emprendimiento la realizar\u00e1 en los 36 meses posteriores a la habilitaci\u00f3n del establecimiento a trav\u00e9s del Sistema Unificado o del pago de su matr\u00edcula<\/li>\n<\/ol>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>El Programa Emprendedores Bonaerenses se aprob\u00f3 por mayor\u00eda en la Asamblea Anual Ordinaria. 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