{"id":33762,"date":"2021-04-12T16:52:30","date_gmt":"2021-04-12T19:52:30","guid":{"rendered":"http:\/\/www.colfarma.info\/colfarma\/?p=33762"},"modified":"2021-04-12T19:00:47","modified_gmt":"2021-04-12T22:00:47","slug":"actualizacion-de-los-aranceles-profesionales-farmaceuticos-en-la-provincia-de-buenos-aires-para-el-ambito-privado","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/www.colfarma.info\/colfarma\/actualizacion-de-los-aranceles-profesionales-farmaceuticos-en-la-provincia-de-buenos-aires-para-el-ambito-privado\/","title":{"rendered":"Actualizaci\u00f3n de los aranceles profesionales farmac\u00e9uticos en la provincia de Buenos Aires para el \u00e1mbito privado"},"content":{"rendered":"<p>Considerando que el Colegio de Farmac\u00e8uticos de la Provincia de Buenos Aires propuso al Poder Ejecutivo los aranceles para la prestaci\u00f2n de servicios profesionales solicitando su actualizaci\u00f2n a partir de Enero 2021 y el mismo en el dia de las fecha los a aprobado y publicado en Bolet\u00ecn Oficial de la Provincia de Buenos Aires <a href=\"http:\/\/www.colfarma.info\/colfarma\/wp-content\/uploads\/2021\/04\/BOLETIN-OFICIAL-12.04.2021-solo-decreto.pdf\">decreto 163\/2021<\/a> . Y por otra parte ha sugerido la remuneraci\u00f3n b\u00e1sica m\u00ednima mensual a partir del 1\u00b0 de julio de 2021 y 1\u00b0 de octubre de 2021 .<\/p>\n<p>Por lo expuesto los <strong>TRES<\/strong> <strong>VALORES<\/strong> para el a\u00f1o <strong>2021\u00a0\u00a0<\/strong>son:<\/p>\n<p style=\"font-weight: 400;\"><strong>Directores T\u00e9cnicos y Co-directores t\u00e9cnicos <\/strong>que ejercen en los establecimientos farmac\u00e8uticos\u00a0 en el \u00e0mbito privado de la Provincia de Buenos Aires\u00a0 a partir del <strong>1\u00b0 de Enero de 2021<\/strong> en concepto de honorarios y aranceles\u00a0 b\u00e1sicos\u00a0 m\u00ednimos\u00a0 la cantidad de <strong>$ 139.892.52\u00a0<\/strong>(pesos ciento treinta y nueve mil ochocientos noventa y dos con cincuenta y dos centavos), suma que se compone de $ 83.935.51 (pesos ochenta y tres mil novecientos treinta y cinco con cincuenta y un centavos) por las 8 horas diarias de trabajo de lunes a viernes y el horario matutino de los d\u00edas s\u00e1bados y de $ 55.957,01 (pesos cincuenta y cinco mil novecientos cincuenta y siete con un centavos) por el bloqueo de t\u00edtulo.<\/p>\n<p style=\"font-weight: 400;\">\u00a0F<strong>armac\u00e9uticos Auxiliares<\/strong>\u00a0 que ejercen en los establecimientos farmac\u00e8uticos\u00a0 en el \u00e0mbito privado de la Provincia de Buenos Aires\u00a0 a partir del <strong>1\u00b0 de Enero de 2021<\/strong> en concepto de honorarios y aranceles\u00a0 b\u00e1sicos\u00a0 m\u00ednimos\u00a0 la cantidad de <strong>\u00a0$ 103.814,51\u00a0<\/strong>(pesos ciento tres mil ochocientos catorce con cincuenta y un centavos), suma que se integra de $ 62.288,70 (pesos sesenta y dos doscientos ochenta y ocho con setenta centavos) por las 8 horas diarias de trabajo de lunes a viernes y el horario matutino de los d\u00edas s\u00e1bados y de $ 41.525.81 (pesos cuarenta y un mil quinientos veinticinco con ochenta y un centavos) por el bloqueo de t\u00edtulo.<strong>&#8211;<\/strong><\/p>\n<p><strong>Directores t\u00e9cnicos y Co-directores t\u00e9cnicos\u00a0 <\/strong> que ejercen en los establecimientos farmac\u00e8uticos\u00a0 en el \u00e0mbito privado de la Provincia de Buenos Aires\u00a0 a partir del <strong>1\u00b0 de Julio de 2021 <\/strong>en concepto de honorarios y aranceles\u00a0 b\u00e1sicos\u00a0 m\u00ednimos\u00a0 la cantidad de <strong>$ 171.368,34 <\/strong>(pesos ciento setenta y uno mil trescientos sesenta y ocho con treinta y cuatro centavos), suma que se compone de $ 102.821,00 (pesos ciento dos mil ochocientos veintiuno con cero un centavos) por las 8 horas diarias de trabajo de lunes a viernes y el horario matutino de los d\u00edas s\u00e1bados y de $ 68.547,34 (pesos sesenta y ocho mil quinientos cuarenta y siete con treinta y cuatro centavos) por el bloqueo de t\u00edtulo.-<\/p>\n<p><strong>Farmac\u00e9uticos Auxiliares<\/strong> que ejercen en los establecimientos farmac\u00e8uticos\u00a0 en el \u00e0mbito privado de la Provincia de Buenos Aires\u00a0 a partir del <strong>1\u00b0 de Julio de 2021<\/strong>\u00a0 en concepto de honorarios y aranceles\u00a0 b\u00e1sicos\u00a0 m\u00ednimos\u00a0 la cantidad de <strong>\u00a0$ 127.172.77 <\/strong>(pesos ciento veintisiete mil ciento setenta y dos con setenta y siete centavos), suma que se integra de $ 76.303,62 (pesos setenta y seis mil trescientos tres con sesenta y dos\u00a0 centavos) por las 8 horas diarias de trabajo de lunes a viernes y el horario matutino de los d\u00edas s\u00e1bados y de $ 50.869.15 (pesos cincuenta mil ochocientos sesenta y nueve con quince centavos) por el bloqueo de t\u00edtulo.<strong>&#8211;<\/strong><\/p>\n<p><strong>Directores t\u00e9cnicos y Co-directores t\u00e9cnicos <\/strong>que ejercen en los establecimientos farmac\u00e8uticos\u00a0 en el \u00e0mbito privado de la Provincia de Buenos Aires\u00a0 a partir del <strong>1\u00b0 de Octubre de 2021 <\/strong>en concepto de honorarios y aranceles\u00a0 b\u00e1sicos\u00a0 m\u00ednimos\u00a0 la cantidad de \u00a0<strong>$ 196.388,11 <\/strong>(pesos ciento noventa y seis mil trescientos ochenta y ocho con once centavos), suma que se compone de $ 117.832,86 (pesos ciento diecisiete mil ochocientos treinta y dos con ochenta y seis centavos) por las 8 horas diarias de trabajo de lunes a viernes y el horario matutino de los d\u00edas s\u00e1bados y de $ 78.555,25 (pesos setenta y ocho mil quinientos cincuenta y cinco con veinticinco centavos) por el bloqueo de t\u00edtulo.-<\/p>\n<p><strong><u>F<\/u>armac\u00e9uticos Auxiliares<\/strong> que ejercen en los establecimientos farmac\u00e8uticos\u00a0 en el \u00e0mbito privado de la Provincia de Buenos Aires\u00a0 a partir del <strong>1\u00b0 de Octubre de 2021 <\/strong>en concepto de honorarios y aranceles\u00a0 b\u00e1sicos\u00a0 m\u00ednimos\u00a0 la cantidad de <strong>\u00a0$ 145.740.00 <\/strong>(pesos ciento cuarenta y cinco mil setecientos cuarenta\u00a0 con cero centavos), suma que se integra de $ 87.444,00 (pesos ochenta y siete mil cuatrocientos cuarenta y cuatro con cero centavos) por las 8 horas diarias de trabajo de lunes a viernes y el horario matutino de los d\u00edas s\u00e1bados y de $ 58.296.00 (pesos cincuenta y ocho mil doscientos noventa y seis con cero centavos) por el bloqueo de t\u00edtulo.<strong>&#8211;<\/strong><\/p>\n<p>Establecer un adicional de un 10% sobre el b\u00e1sico m\u00ednimo mensual para aquellos farmac\u00e9uticos que acrediten fehacientemente ante sus empleadores que han obtenido la certificaci\u00f3n y\/o recertificaci\u00f3n profesional por intermedio del Colegio de Farmac\u00e9uticos de la Provincia de Buenos Aires.<\/p>\n<p><strong>\u00a0<\/strong><\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>Considerando que el Colegio de Farmac\u00e8uticos de la Provincia de Buenos Aires propuso al Poder Ejecutivo los aranceles para la prestaci\u00f2n de servicios profesionales solicitando su actualizaci\u00f2n a partir de Enero 2021 y el mismo en el dia de las fecha los a aprobado y publicado en Bolet\u00ecn Oficial de la Provincia de Buenos Aires 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