{"id":47525,"date":"2022-09-22T15:56:58","date_gmt":"2022-09-22T18:56:58","guid":{"rendered":"https:\/\/www.colfarma.info\/colfarma\/?p=47525"},"modified":"2022-09-23T08:49:51","modified_gmt":"2022-09-23T11:49:51","slug":"pami-informe-sobre-auditorias-integrales","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/www.colfarma.info\/colfarma\/pami-informe-sobre-auditorias-integrales\/","title":{"rendered":"PAMI &#8211; Informe sobre auditor\u00edas integrales"},"content":{"rendered":"<p>Colegas, la CoFA nos informa en relaci\u00f3n a las <strong>Auditor\u00edas Integrales que est\u00e1 realizando PAMI a farmacias prestadoras,<\/strong> que se iniciar\u00e1n en CABA y provincia de Buenos Aires, para luego continuar con en el resto del pa\u00eds.<\/p>\n<p>[mks_dropcap style=\u00bbletter\u00bb size=\u00bb52&#8243; bg_color=\u00bb#ffffff\u00bb txt_color=\u00bb#000000&#8243;]\u00bbA[\/mks_dropcap]l respecto, y luego de una reuni\u00f3n mantenida en PAMI con el Coordinador General de Medicamentos e integrantes de la Gerencia de Auditor\u00eda Prestacional del Instituto, tuvimos la oportunidad de intercambiar nuestro parecer en relaci\u00f3n a los contenidos de algunas actas de auditor\u00eda que nos fueron informadas por el mismo PAMI, ya que el procedimiento se cierra mediante un Acta que es transmitida por el Instituto a COFA para que se le haga conocer el resultado formal de la inspecci\u00f3n al Colegio, y a trav\u00e9s de \u00e9l, a la farmacia, con las consideraciones a corregir que surgieran de la visita.<\/p>\n<p>En los requerimientos de la Auditor\u00eda se observan una serie de normativas que el PAMI plantea que la farmacia debe cumplimentar, aunque en varias de ellas hemos observado que el alcance de la norma no se corresponde con la jurisdicci\u00f3n, como en el caso de la Ley 16.463 de Medicamentos o la Ley 17.565 de Farmacia, que son leyes nacionales con aplicaci\u00f3n en CABA y determinadas provincias, pero no en otras provincias donde existen normas locales en lugar de la norma nacional.<\/p>\n<p>En estos casos el PAMI manifiesta que la menci\u00f3n de esas normas en la auditor\u00eda es a t\u00edtulo general, reconociendo la existencia de normas provinciales en la materia, y manifestando que los requerimientos que realizan contemplan la diversidad propia de la norma de cada jurisdicci\u00f3n.<\/p>\n<p>Tambi\u00e9n en lo normativo existe una menci\u00f3n a la Disposici\u00f3n ANMAT 2069\/2018 que regula las Buenas Pr\u00e1cticas de Almacenamiento y Distribuci\u00f3n de Medicamentos, que es una disposici\u00f3n aplicable a la log\u00edstica de droguer\u00edas y distribuidoras, pero que PAMI la entiende extensiva a farmacias, con el \u00fanico objetivo en la Auditor\u00eda de verificar que se respeta la cadena de comercializaci\u00f3n establecida.<\/p>\n<p>En materia de seguros la Auditor\u00eda requiere la documentaci\u00f3n actualizada de los correspondientes a Responsabilidad Civil Integral de Comercio, el de ART y el de Mala Praxis.<\/p>\n<p>En este \u00faltimo caso, si el seguro de Mala Praxis estuviera incluido en una contrataci\u00f3n integral de parte del Colegio, la farmacia deber\u00e1 mostrar al auditor un comprobante que as\u00ed lo especifique (<a href=\"https:\/\/adminportal.cfpba.org.ar:1443\/logonportal\/frmlogonportaleswebs.aspx?ReturnUrl=https:\/\/adminportal.cfpba.org.ar:1443\/farmaceuticos\/cuotas.aspx\">puede ver el suyo haciendo aqu\u00ed<\/a>).<\/p>\n<p>Respecto al personal de la farmacia, la auditor\u00eda releva la existencia del legajo de cada persona, as\u00ed como de la n\u00f3mina de trabajadores en correspondencia con sus seguros de ART. Por otra parte, el t\u00edtulo del profesional farmac\u00e9utico debe encontrarse exhibido.<\/p>\n<p>En lo que hace a habilitaciones, junto a las habilitaciones sanitaria y <strong>municipal correspondiente (sin aplicac\u00edon en la provincia de Buenos Aires<\/strong>), exige tambi\u00e9n la presentaci\u00f3n de la inscripci\u00f3n para retiro de residuos patog\u00e9nicos. En este caso si la farmacia tiene un servicio de retiro de residuos patog\u00e9nicos contratado centralmente por su colegio, deber\u00e1 presentar al auditor un comprobante que atestig\u00fce dicho servicio, que podr\u00eda ser alg\u00fan detalle de la composici\u00f3n de pago mensual de la farmacia al colegio, en la que figure ese servicio por ejemplo.<\/p>\n<p>En materia de Trazabilidad el auditor consulta a la farmacia si realiza los procedimientos de traza de los medicamentos que as\u00ed lo ameritan. En este caso todas las farmacias que atienden Alto Costo a trav\u00e9s de SIAFAR deben responder afirmativamente, ya que si bien la farmacia no opera las trazas de PAMI Alto Costo, o Hemofilia, por s\u00ed misma, s\u00ed lo hace de manera autom\u00e1tica el sistema SIAFAR al momento de los eventos de recepci\u00f3n y dispensa (aprovechamos esta menci\u00f3n para reiterar que en PAMI Alto Costo las farmacias NO DEBEN BAJO NING\u00daN CONCEPTO trazar por s\u00ed mismas los medicamentos involucrados en estas prestaciones).<\/p>\n<p>Por supuesto la Auditor\u00eda tambi\u00e9n verifica la existencia y funcionamiento de las heladeras con el correspondiente control de temperatura y sus registros, que deben encontrarse disponibles. As\u00ed como tambi\u00e9n verifica la existencia de matafuegos con la correspondiente actualizaci\u00f3n de su carga de uso.<\/p>\n<p>En el caso de psicof\u00e1rmacos la auditor\u00eda requiere que solo deben estar separados, y bajo llave, los psicof\u00e1rmacos y estupefacientes de las listas que requieren compra con vales oficiales; respetando las normativas nacionales de Psicof\u00e1rmacos y Estupefacientes. Por ejemplo: Los de Lista 4 no requieren estar almacenados por separado y guardados bajo llave, pero s\u00ed los de Lista 3 y Lista 2.<\/p>\n<p>Las recetas del convenio que hayan sido objeto de dispensa y a la espera de su cierre y presentaci\u00f3n deben encontrarse en la farmacia, ya que la auditor\u00eda\u00a0 solicita les sean exhibidas, y verifica que no haya recetas en ese estado fuera de la farmacia que las haya validado y dispensado.<\/p>\n<p>Recordamos adem\u00e1s que existe una normativa respecto al destroquelamiento prematuro de medicamentos, por lo cual se reitera el pedido de que el destroquelamiento se realice al momento de la dispensa (sobre todo en productos de alto costo). En caso de la existencia de envases destroquelados deben estar apartados del resto destinado a la venta, y debidamente identificados.<\/p>\n<p><strong>Finalmente, durante la reuni\u00f3n los auditores de PAMI manifestaron que su objetivo es resultar lo menos invasivo posible durante la visita a la farmacia; en la b\u00fasqueda de mantener control sobre ciertos par\u00e1metros de atenci\u00f3n al beneficiario que consideran adecuados.<\/strong><\/p>\n<p>Entendemos que estas puntualizaciones arriba mencionadas pueden resultar de inter\u00e9s para las farmacias al momento de recibir la visita de la auditor\u00eda de PAMI\u00bb.<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>Colegas, la CoFA nos informa en relaci\u00f3n a las Auditor\u00edas Integrales que est\u00e1 realizando PAMI a farmacias prestadoras, que se iniciar\u00e1n en CABA y provincia de Buenos Aires, para luego continuar con en el resto del pa\u00eds. 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