Resolución 5/21 del HCD: honorarios farmaceuticos sindicales abril-octubre 2021

                                                                                   La Plata, 12 de Abril de 2021

 Visto:

El tiempo transcurrido desde la última actualización de las remuneraciones de los Farmacéuticos que ejercen la profesión en el ámbito de la Provincia de Buenos Aires en farmacias de propiedad de obras sociales, entidades mutuales, sindicales o gremiales, y;

Considerando:

Que desde su última actualización que comenzó a regir a partir del día 1ro de Septiembre del año 2020, esas remuneraciones han sufrido una considerable merma, con su consiguiente depreciación, lo cual hace necesario que se las actualice;

Que se analizó exhaustivamente la suba de inflación, en especial de los últimos meses, para determinar certeramente un valor para la remuneración de los profesionales Farmacéuticos que ejercen en las  farmacias de propiedad de obras sociales, entidades mutuales, sindicales o gremiales en la jurisdicción de la Provincia de Buenos Aires, acorde al contexto actual inflacionario.-

Que luego de haber estado a la expectativa del último proyecto de Ley referente a la reforma del impuesto a las Ganancias, en miras de poder conocer con mayor exactitud el ingreso neto que tendrían los Farmacéuticos que ejercen en las farmacias de propiedad de obras sociales, entidades mutuales, sindicales o gremiales, y poder determinar a su vez, con la mayor  eficacia posible, el valor remunerativo de los mismos, al haberse aprobado días pasados la mencionada Ley por parte del Congreso Nacional, provoca que, como al resto de los trabajadores, el impuesto genere una merma real y significativa en el poder adquisitivo de los profesionales Farmacéuticos.

Que luego de haberse aprobado por parte del Poder Ejecutivo Provincial el Decreto 163/2021 referente a la actualización de los honorarios y aranceles de los Farmaceúticos Directores/as Técnicos/as, Co-directores/as Técnicos/as y Auxiliares de todo tipo de establecimiento a excepción de quienes presten servicios  en Farmacias de propiedad del Estado Provincial, Nacional y/o Municipal y de propiedad de entidades Mutuales, sindicales, gremiales y/o de obras sociales, publicado en el Boletín oficial el día 12/04/2021, en forma retroactiva a los meses de septiembre 2020 y a enero 2021.-

Que analizados los incrementos aplicados en los últimos meses en diferentes rubros que afectan a los profesionales Farmacéuticos de nuestra provincia, y con la finalidad de equiparar los aranceles y honorarios de los profesionales  Farmaceuticos que ejercen en la jurisdicción de la Provincia de Buenos Aires, resulta totalmente razonable que las remuneraciones de los Farmacéuticos que ejercen la profesión en farmacias de propiedad de obras sociales, entidades mutuales, sindicales y/o gremiales, sean actualizadas retroactivamente a partir del 1ro de Enero del año 2021, y desde el 1ro de Julio y el 1ro de Octubre del año 2021 de acuerdo  al promedio del índice de precios al consumidor y al promedio de variación salarial, ambos publicados por el INDEC;

Que actualmente las remuneraciones de los profesionales farmacéuticos que se desempeñan en farmacias de propiedad de obras sociales, entidades mutuales, sindicales o gremiales están fijadas en $ 127.175,02 mensuales para los Directores Técnicos y Co-directores Técnicos y de $ 94.376,83 mensuales para los Auxiliares;

Que el índice porcentual resultante, a fin de realizar el cálculo de incremento a efectuar, debe aplicarse sobre las horas de trabajo y el bloqueo de título  para profesionales Directores Técnicos y Co-directores Técnicos, y Auxiliares, respectivamente, de la Resolución del Honorable Consejo Directivo del Colegio de Farmacéuticos de la Provincia de Buenos Aires de fecha 27 de Abril del año 2020;

Que el artículo 14 inciso “e” apartado 2 de la Ley 10.606 faculta al Colegio de Farmacéuticos de la Provincia de Buenos Aires a fijar las remuneraciones y condiciones de trabajo de los Farmacéuticos que ejercen la profesión en farmacias de propiedad de obras sociales, entidades mutuales, sindicales o gremiales;

Que bajo dicho contexto legal, la entidad tiene facultades para imponer un plus a los farmacéuticos que acrediten ante los empleadores que han obtenido la certificación o recertificación profesional por intermedio del Colegio de Farmacéuticos de la Provincia de Buenos Aires, destacando que en el procedimiento de certificación y recertificación no solo se considera la formación académica sino también el ejercicio profesional del farmacéutico, es decir la experiencia que el mismo posee como profesional de la salud. Así también, corresponderá el 15% sobre el básico mínimo mensual para aquellos farmacéuticos que acrediten fehacientemente ante sus empleadores que han obtenido la certificación de especialidades por intermedio del Colegio de Farmacéuticos de la Provincia de Buenos Aires.-

Por lo expuesto y, en uso de la potestad que le otorga la norma mencionada,

  EL HONORABLE CONSEJO DIRECTIVO DEL COLEGIO DE

FARMACEUTICOS DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES

 R E S U E L V E:

Primero: Fijar la remuneración básica mínima mensual de los farmacéuticos Directores Técnicos y Co-directores técnicos de las farmacias de propiedad de obras sociales, entidades mutuales, sindicales o gremiales, a partir del 1° de Enero de 2021 en concepto de remuneración básica mínima mensual la cantidad de $ 139.892.52 (pesos ciento treinta y nueve mil ochocientos noventa y dos con cincuenta y dos centavos), suma que se compone de $ 83.935.51 (pesos ochenta y tres mil novecientos treinta y cinco con cincuenta y un centavos) por las 8 horas diarias de trabajo de lunes a viernes y el horario matutino de los días sábados y de $ 55.957,01 (pesos cincuenta y cinco mil novecientos cincuenta y siete con un centavos) por el bloqueo de título.

Segundo: A partir de las fecha establecida en el artículo anterior, fijar la remuneración básica mínima mensual de los farmacéuticos Auxiliares que se desempeñen en farmacias de propiedad de obras sociales, entidades mutuales, sindicales o gremiales, en la cantidad de $ 103.814,51 (pesos ciento tres mil ochocientos catorce con cincuenta y un centavos), suma que se integra de $ 62.288,70 (pesos sesenta y dos doscientos ochenta y ocho con setenta centavos) por las 8 horas diarias de trabajo de lunes a viernes y el horario matutino de los días sábados y de $ 41.525.81 (pesos cuarenta y un mil quinientos veinticinco con ochenta y un centavos) por el bloqueo de título.

Tercero: Fijar la remuneración básica mínima mensual de los farmacéuticos Directores técnicos y Co-directores técnicos de las farmacias de propiedad de obras sociales, entidades mutuales, sindicales o gremiales, a partir del 1° de Julio de 2021 en concepto de remuneración básica mínima mensual la cantidad de $ 171.368,34 (pesos ciento setenta y uno mil trescientos sesenta y ocho con treinta y cuatro centavos), suma que se compone de $ 102.821,00 (pesos ciento dos mil ochocientos veintiuno con cero un centavos) por las 8 horas diarias de trabajo de lunes a viernes y el horario matutino de los días sábados y de $ 68.547,34 (pesos sesenta y ocho mil quinientos cuarenta y siete con treinta y cuatro centavos) por el bloqueo de título.-

Cuarto: A partir de las fecha establecida en el artículo anterior, fijar la remuneración básica mínima mensual de los farmacéuticos Auxiliares que se desempeñen en farmacias de propiedad de obras sociales, entidades mutuales, sindicales o gremiales, en la cantidad de $ 127.172.77 (pesos ciento veintisiete mil ciento setenta y dos con setenta y siete centavos), suma que se integra de $ 76.303,62 (pesos setenta y seis mil trescientos tres con sesenta y dos  centavos) por las 8 horas diarias de trabajo de lunes a viernes y el horario matutino de los días sábados y de $ 50.869.15 (pesos cincuenta mil ochocientos sesenta y nueve con quince centavos) por el bloqueo de título.

Quinto: Fijar la remuneración básica mínima mensual de los farmacéuticos Directores técnicos y Co-directores técnicos de las farmacias de propiedad de obras sociales, entidades mutuales, sindicales o gremiales, a partir del 1° de Octubre de 2021 en concepto de remuneración básica mínima mensual la cantidad de $ 196.388,11 (pesos ciento noventa y seis mil trescientos ochenta y ocho con once centavos), suma que se compone de $ 117.832,86 (pesos ciento diecisiete mil ochocientos treinta y dos con ochenta y seis centavos) por las 8 horas diarias de trabajo de lunes a viernes y el horario matutino de los días sábados y de $ 78.555,25 (pesos setenta y ocho mil quinientos cincuenta y cinco con veinticinco centavos) por el bloqueo de título.-

Sexto: A partir de las fecha establecida en el artículo anterior, fijar la remuneración básica mínima mensual de los farmacéuticos Auxiliares que se desempeñen en farmacias de propiedad de obras sociales, entidades mutuales, sindicales o gremiales, en la cantidad de $ 145.740.00 (pesos ciento cuarenta y cinco mil setecientos cuarenta  con cero centavos), suma que se integra de $ 87.444,00 (pesos ochenta y siete mil cuatrocientos cuarenta y cuatro con cero centavos) por las 8 horas diarias de trabajo de lunes a viernes y el horario matutino de los días sábados y de $ 58.296.00 (pesos cincuenta y ocho mil doscientos noventa y seis con cero centavos) por el bloqueo de título.

Séptimo: Establecer un adicional de un 10% sobre el básico mínimo mensual para aquellos farmacéuticos que acrediten fehacientemente ante sus empleadores que han obtenido la certificación y/o recertificación profesional por intermedio del Colegio de Farmacéuticos de la Provincia de Buenos Aires.

Octavo: Establecer un adicional de un 15% sobre el básico mínimo mensual para aquellos farmacéuticos que acrediten fehacientemente ante sus empleadores que han obtenido la certificación de especialidades por intermedio del Colegio de Farmacéuticos de la Provincia de Buenos Aires.

Noveno: Regístrese, publíquese y archívese.

Resolución N° 5/21

 

 

 

 

 

Actualización de los aranceles profesionales farmacéuticos en la provincia de Buenos Aires para el ámbito privado

Considerando que el Colegio de Farmacèuticos de la Provincia de Buenos Aires propuso al Poder Ejecutivo los aranceles para la prestaciòn de servicios profesionales solicitando su actualizaciòn a partir de Enero 2021 y el mismo en el dia de las fecha los a aprobado y publicado en Boletìn Oficial de la Provincia de Buenos Aires decreto 163/2021 . Y por otra parte ha sugerido la remuneración básica mínima mensual a partir del 1° de julio de 2021 y 1° de octubre de 2021 .

Por lo expuesto los TRES VALORES para el año 2021  son:

Directores Técnicos y Co-directores técnicos que ejercen en los establecimientos farmacèuticos  en el àmbito privado de la Provincia de Buenos Aires  a partir del 1° de Enero de 2021 en concepto de honorarios y aranceles  básicos  mínimos  la cantidad de $ 139.892.52 (pesos ciento treinta y nueve mil ochocientos noventa y dos con cincuenta y dos centavos), suma que se compone de $ 83.935.51 (pesos ochenta y tres mil novecientos treinta y cinco con cincuenta y un centavos) por las 8 horas diarias de trabajo de lunes a viernes y el horario matutino de los días sábados y de $ 55.957,01 (pesos cincuenta y cinco mil novecientos cincuenta y siete con un centavos) por el bloqueo de título.

 Farmacéuticos Auxiliares  que ejercen en los establecimientos farmacèuticos  en el àmbito privado de la Provincia de Buenos Aires  a partir del 1° de Enero de 2021 en concepto de honorarios y aranceles  básicos  mínimos  la cantidad de  $ 103.814,51 (pesos ciento tres mil ochocientos catorce con cincuenta y un centavos), suma que se integra de $ 62.288,70 (pesos sesenta y dos doscientos ochenta y ocho con setenta centavos) por las 8 horas diarias de trabajo de lunes a viernes y el horario matutino de los días sábados y de $ 41.525.81 (pesos cuarenta y un mil quinientos veinticinco con ochenta y un centavos) por el bloqueo de título.

Directores técnicos y Co-directores técnicos  que ejercen en los establecimientos farmacèuticos  en el àmbito privado de la Provincia de Buenos Aires  a partir del 1° de Julio de 2021 en concepto de honorarios y aranceles  básicos  mínimos  la cantidad de $ 171.368,34 (pesos ciento setenta y uno mil trescientos sesenta y ocho con treinta y cuatro centavos), suma que se compone de $ 102.821,00 (pesos ciento dos mil ochocientos veintiuno con cero un centavos) por las 8 horas diarias de trabajo de lunes a viernes y el horario matutino de los días sábados y de $ 68.547,34 (pesos sesenta y ocho mil quinientos cuarenta y siete con treinta y cuatro centavos) por el bloqueo de título.-

Farmacéuticos Auxiliares que ejercen en los establecimientos farmacèuticos  en el àmbito privado de la Provincia de Buenos Aires  a partir del 1° de Julio de 2021  en concepto de honorarios y aranceles  básicos  mínimos  la cantidad de  $ 127.172.77 (pesos ciento veintisiete mil ciento setenta y dos con setenta y siete centavos), suma que se integra de $ 76.303,62 (pesos setenta y seis mil trescientos tres con sesenta y dos  centavos) por las 8 horas diarias de trabajo de lunes a viernes y el horario matutino de los días sábados y de $ 50.869.15 (pesos cincuenta mil ochocientos sesenta y nueve con quince centavos) por el bloqueo de título.

Directores técnicos y Co-directores técnicos que ejercen en los establecimientos farmacèuticos  en el àmbito privado de la Provincia de Buenos Aires  a partir del 1° de Octubre de 2021 en concepto de honorarios y aranceles  básicos  mínimos  la cantidad de  $ 196.388,11 (pesos ciento noventa y seis mil trescientos ochenta y ocho con once centavos), suma que se compone de $ 117.832,86 (pesos ciento diecisiete mil ochocientos treinta y dos con ochenta y seis centavos) por las 8 horas diarias de trabajo de lunes a viernes y el horario matutino de los días sábados y de $ 78.555,25 (pesos setenta y ocho mil quinientos cincuenta y cinco con veinticinco centavos) por el bloqueo de título.-

Farmacéuticos Auxiliares que ejercen en los establecimientos farmacèuticos  en el àmbito privado de la Provincia de Buenos Aires  a partir del 1° de Octubre de 2021 en concepto de honorarios y aranceles  básicos  mínimos  la cantidad de  $ 145.740.00 (pesos ciento cuarenta y cinco mil setecientos cuarenta  con cero centavos), suma que se integra de $ 87.444,00 (pesos ochenta y siete mil cuatrocientos cuarenta y cuatro con cero centavos) por las 8 horas diarias de trabajo de lunes a viernes y el horario matutino de los días sábados y de $ 58.296.00 (pesos cincuenta y ocho mil doscientos noventa y seis con cero centavos) por el bloqueo de título.

Establecer un adicional de un 10% sobre el básico mínimo mensual para aquellos farmacéuticos que acrediten fehacientemente ante sus empleadores que han obtenido la certificación y/o recertificación profesional por intermedio del Colegio de Farmacéuticos de la Provincia de Buenos Aires.

 

 

Actualización honorarios 2021

NUEVA REMUNERACIÓN
Básica Mínima Mensual

Farmacéuticos de entidades Sindicales, Mutuales, Gremiales o de Obras Sociales

Nos dirigimos a Ud. a fin de comunicarle la Nueva Remuneración Básica Mínima Mensual que deben percibir los profesionales Farmacéuticos que ejercen su actividad en  establecimientos de propiedad de entidades Sindicales, Mutuales, Gremiales o de Obras Sociales en el ámbito de la Provincia de Buenos Aires aprobada por el Honorable Consejo Directivo del Colegio de Farmacéuticos de la Provincia de Buenos Aires según Resolución Nº 05/2021 del 12de abril del 2021

La misma contempla una actualización en tres tramos: la primera a partir del 1° de enero del 2021, la segunda a partir del 1° de julio del 2021 y la última a partir del 1° de octubre del 2021.

 

Farm. María Verónica Mobilia
Coordinadora
Comisión de Asuntos Laborales
Te: 0221-4290900 int. 330
asuntoslaborales@colfarma.org.ar

ALERTA DE LA RPVF 12/04/2021: RESTABLECIMIENTO DEL SUMINISTRO DE COLESTIRAMINA

Red Provincial de Vigilancia Farmacéutica
Colegio de Farmacéuticos de la Pcia. de Bs. As.

12/04/2021 Las alertas de la RPVF son preparadas para ser interpretadas por Farmacéuticos y otros profesionales de la salud.
Se autoriza la reproducción del presente alerta, citando la fuente.


Estimados Colegas: transcribimos la siguiente información de ANMAT

 

RESTABLECIMIENTO DEL SUMINISTRO DE COLESTIRAMINA

Como informáramos en Reportes de la RPVF anteriores, el producto Questran Light® cuyo principio activo era Colestiramina se había discontinuado.

Actualmente, se restableció el suministro de Colestiramina con el nombre comercial de Nivelipol Resina® (Colestiramina 4 g) por 30 sobres,  de Lab. Temis Lostaló S. A.

 

Fuente: Vademécum Nacional de Medicamentos

 

Curso Universitario de Posgrado: Asuntos Regulatorios de Medicamentos para la Industria Farmacéutica de Argentina

Está abierta la inscripción del Curso Universitario de Posgrado totalmente virtual que venimos ofreciendo por 11º Año consecutivo,  sobre Asuntos Regulatorios de Medicamentos para la Industria Farmacéutica.

Comienza el 4 de mayo.

Cada unidad consta de: pdf teórico que además consta de links a videos sobre el tema, algoritmos sobres los pasos a seguir para obtener las autorizaciones  frente a ANMAT, capturas de pantalla de los sitios ANMAT  para realizar los trámites on line, ejercicios  y  links a la legislación. Durante el curso hay un foro para preguntas.

Luego de cada unidad hay un cuestionario de 5 preguntas que NO es obligatorio contestar pero que es conveniente para la preparación del final obligatorio para obtener el certificado otorgado por la Facultad de Medicina, UBA.  Finalizan de exponerse las unidades en noviembre y se pueden estudiar y rendir la autoevaluación de 15 preguntas conceptuales del final desde ese momento  hasta la primera semana de

marzo 2022.

Está dirigido a farmacéuticos, médicos, lic. en química, bioquímicos, abogados, u  otras licenciatura equivalentes, y personal de la industria farmacéutica.

Nos proponemos: proveer las herramientas necesarias para el desempeño en las áreas de asuntos regulatorios de los laboratorios establecidos en la Argentina, dominar las herramientas y conocimientos para cumplir con los estándares de calidad exigidos por la autoridad sanitaria nacional, asumir con solvencia puestos y cargos que se presenten en la industria farmacéutica en el área regulatoria.

Costo:  

Argentina:  Total: $38625  (o 3 cuotas sin interés de  $12875)

Para otros países:  Total: $60000  (o 3 cuotas sin interés de $20000)

El pago se puede realizar  por transferencia bancaria, o abonar con tarjeta. En cualquiera de los 2 casos en 3 cuotas sin interés.

 

La inscripción y mayor información se encuentra disponible en el siguiente link:  https://www.fmv-uba.org.ar/cp/TarjetasDECIDIR/inicio.asp

(buscar el curso correspondiente)

 

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CUOTA SOCIAL ABRIL/2021

CUOTA SOCIAL ABRIL/2021
 DT/CO-DT/AUXILIAR VOLUNTARIO FARM. HOSPITAL (A)
CUOTA BASICA                               1.927,55 922,17 0,00
DEFENSA PROFESIONAL                                     41,60 41,60 41,60
LABORATORIO                                     41,60 41,60 41,60
Cuota Colegio Central                               2.010,75 1.005,37 83,20
CUOTA FILIAL                                  861,75 430,88 0,00
Total Cuota Col.Central mas Filial (1)                               2.872,50 1.436,25 83,20
APORTE PROGRAMA EMPRENDEDORES                                     50,00 50,00 50,00
CUOTA CONFEDERACION (2)                                     85,00 85,00 85,00
SUBSIDIO DOTAL                                  100,00 100,00 100,00
SUBS. INT. QUIR.                                     35,00 35,00 35,00
SUBS. FALLECIMIENTO                                            –                              –                                                  –
SUBS. DE RETIRO                                            –                              –                                                  –
SUBS. DE DESEMPLEO                                     10,68                       10,68                                           10,68
SUBS. POR CATASTROFE                                     12,73                       12,48                                           12,53
SUBS. AYUDA A LA PARENTALIDAD                                     63,59                       63,59                                           63,59
SUBTOTAL (3)                                  222,00 221,75 221,80
TOTAL 1+2+3                               3.229,50 1.793,00 440,00
MIEMBROS ADHERENTES
SUBS. DOTAL 100,00
SUBS. INT. QUIR. 35,00
SUBS. FALLEC.                                            –
SUBS. DE RETIRO                                            –
SUBS. DE DESEMPLEO                                     10,68
SUBS. POR CATASTROFE                                     12,73
SUBS. AYUDA A LA PARENTALIDAD                                     63,59
TOTAL                                  222,00
IMPORTANTE:-SEGUN RESOL. DE ASAMBLEA DEL 29/7/89, VTO. 15/04/2021
RESIDUOS PATOGENICOS $ 1.633,50 (cada caja)
RESIDUOS PATOGENICOS $ 18,15 (cada certificado de incineración)
RESIDUOS PATOGENICOS $ 18,15 (cada manifiesto)
SEGURO MALA PRAXIS
SEGURO MALA PRAXIS ($ 1,000.000,00) A $ 80,00 $ 64,00
SEGURO MALA PRAXIS ($ 2.000.000,00) B $ 160,00 $ 128,00
SEGURO MALA PRAXIS ($ 3.000.000,00) C $ 240,00 $ 192,00
SEGURO MALA PRAXIS ($ 5.000.000,00) CATEGORIA D $ 380,00 $ 304,00
SEGURO MALA PRAXIS FCIAS. SOCIEDADES ($ 1.000.000,00) $ 390,00 $ 312,00
SEGURO MALA PRAXIS FCIAS. SOCIEDADES ($ 2.000.000,00) $ 780,00 $ 624,00
SEGURO MALA PRAXIS FCIAS. SOCIEDADES ($ 3.000.000,00) $ 1.170,00 $ 936,00
SEGURO MALA PRAXIS FCIAS. SOCIEDADES ($ 5.000.000,00) $ 1.850,00 $ 1.480,00

Información actualizada del DEAP – 31 de marzo

Primer Llamado para la Certificación y Recertificación Profesional año 2021

Durante el  MES DE MARZO se llevará a cabo el Primer llamado del año 2021 para la Certificación y Recertificación Profesional, otorgada por el C.F.P.B.A.

La fecha de cierre del mismo será el día 31 de marzo del 2021 inclusive. 

Para adherirse a la Certificación y/o Recertificación Profesional. Haga Clic Aquí

IMPORTANTE:

Para acceder al instructivo y conocer cómo subir los certificados al Sistema de Créditos haga clic aquí…

NO SE RECIBIRÁ DOCUMENTACIÓN EN FORMATO PAPEL, NI EN FORMATO DIGITAL.

LA ÚNICA ADHESIÓN VÁLIDA, ES LA QUE REALICE  MEDIANTE EL LINK ANTES MENCIONADO, INGRESANDO CON SU USUARIO Y CONTRASEÑA.

RECORDAMOS que la Certificación y Recertificación Profesional es VOLUNTARIA.

Todos los Farmacéuticos Matriculados que se inscriban para la Certificación y Recertificación Profesional del año 2021, también accederán a la adhesión automática para la Certificación Nacional (COFA).

CURSO ON LINE – MICOSIS SUPERFICIALES

Se propone una estructura de Cinco módulos a desarrollar en dos meses según el criterio de la Comisión de Educación Permanente:

Para ver el Temario haga click aquí

Carga horaria: 50 Hs.

Docente: Dra. Gabriela Berengust. 

Inversión matriculados: $ 4000.-

Otros cursantes: $10.000.-

FICHA DE INSCRIPCIÓN PARA FARMACÉUTICOS MATRICULADOS CLIC ACÁ

FICHA DE INSCRIPCIÓN PARA OTROS CURSANTES CLIC ACÁ

CURSO ON LINE – INFECCIONES GENITOURINARIAS EN EL EMBARAZO, TRATAMIENTO Y PREVENCIÓN.

Conocer la forma de presentación de las infecciones genitourinarias en embarazadas, poder orientar a las pacientes sobre la consulta médica y acerca de los cuidados a seguir; poder responder a las consultas que se realicen en el ámbito de la Farmacia.

Para ver el temario haga click aquí

Carga horaria total: 60 horas

Inversión matriculados: $ 3000.-

Otros cursantes: $ 7500.-

FICHA DE INSCRIPCIÓN PARA FARMACÉUTICOS MATRICULADOS CLIC ACÁ

FICHA DE INSCRIPCIÓN PARA OTROS CURSANTES CLIC ACÁ

Curso on line: EL FARMACÉUTICO COMO GESTOR DE UNA CENTRAL DE ESTERILIZACIÓN

El farmacéutico como gestor de una central de Esterilización- conceptos teóricos y análisis de casos prácticos

Temario:

  • Revisión de conceptos básicos de esterilización, higiene y desinfección
  • El farmacéutico como pilar de la central de Esterilización: su aporte en el campo de la fisicoquímica, la microbiología y la fisiopatología.
  • El farmacéutico como facilitador de los recursos humanos de la central de Esterilización
  • Concepto de seguridad en la central de Esterilización: producto seguro para el paciente y procesos seguros para los operadores (higiene y seguridad laboral).
  • Concepto de trazabilidad: definición, sistemas de trazabilidad, implementación y monitoreo de los mismos.
  • Conceptos de costos en la central de Esterilización, cálculo y análisis de los mismos, amortización de equipos
  • Actualización en la legislación nacional e internacional sobre centrales de Esterilización

Carga horaria: 100 horas

Se propone una estructura de cuatro módulos a desarrollar en dos o cuatro meses según el criterio de la Comisión de Educación Permanente

Cada uno con una presentación pregrabada y material didáctico de apoyo. Cada módulo deberá contar con al menos un foro sincrónico para la evaluación del proceso de enseñanza aprendizaje.

La evaluación de cada módulo se realizará mediante ejercicios de análisis de casos y la evaluación final consistirá en un examen del tipo multiple choice.

Codirectoras

Dra Laura Friedman

Farm Especialista en Esterilización Helga Sager de Agostini

Inversión Matriculados: $ 4.500.-

No matriculados: $11.250.-

FICHA DE INSCRIPCIÓN PARA FARMACÉUTICOS MATRICULADOS CLIC ACÁ

FICHA DE INSCRIPCIÓN PARA OTROS CURSANTES CLIC ACÁ

Conferencias Casasco

Conferencia on line: Anticoncepción en la adolescencia

Actividad gratuita

6 de abril 14 Hs.

Inscripción para farmacéuticos matriculados Clic acá

Inscripción para otros cursantes Clic acá

Conferencia on line: Trastornos funcionales anorrectales y desórdenes evacuatorios

Actividad gratuita

9 de abril 21hs.

Inscripción farmacéuticos matriculados Clic Acá

Inscripción otros cursantes Clic Acá

 

Cursos a distancia

Aclaración Importante: sólo se recibirán las evaluaciones de los cursos que están vigentes.

Se trata del curso “Consultas adolescentes en Farmacias”, escrito por la Prof. Dra. María Clementina VOJKOVIC y la Farm.  Sonia Cristina GÓMEZ.

En los últimos años se produjeron cambios en la vida de los adolescentes, con nuevos conceptos en el proceso salud/enfermedad, nuevas estructuras familiares, creciente inserción en espacios ajenos al hogar: clubes, vacaciones sin los padres, diferentes relaciones a edades tempranas, salidas nocturnas, aumento del sedentarismo, etc.

PARA ADQUIRIR EL CURSO CLIC AQUÍ…

MÁS CURSOS A DISTANCIA          

La inscripción será únicamente por medio de ficha electrónica en los links que aparecen debajo.

– Formulaciones magistrales tópicas en acné y psoriasis (clic aquí…)
– Formulaciones magistrales tópicas en alopecia, celulitis y flacidez (clic aquí…)

 

EL CIMF recomienda: Guía de vacunación antigripal 2021

[pdf-embedder url=»http://www.colfarma.info/colfarma/wp-content/uploads/2021/03/guia-vacunacion-antigripal-2021.pdf»]

ALERTA DE LA RPVF 31/03/2021 Disposición de ANMAT

Red Provincial de Vigilancia Farmacéutica
Colegio de Farmacéuticos de la Pcia. de Bs. As.

31/03/2021 Las alertas de la RPVF son preparadas para ser interpretadas por Farmacéuticos y otros profesionales de la salud.
Se autoriza la reproducción del presente alerta, citando la fuente.


Estimados Colegas: transcribimos la siguiente comunicación de ANMAT

 

ALCOHOLES

 

Disposición 2386/2021 DI-2021-2386-APN-ANMAT#MS

ARTÍCULO 1°: Prohíbese el uso, comercialización y distribución en todo el territorio nacional de todos los lotes del producto rotulado como: “Alcohol Etílico 96°- ALCOHOL- USO MEDICINAL CALIDAD FARMACOPEA ARGENTINA, CONT. NETO 500 ml INDUSTRIA ARGENTINA, Elaborado y fraccionado por alcohol Argentina, Empresa B Certificada, Establecimiento habilitado por Resolución ANMAT 601/91, Legajo N° 9641”, por ser un medicamento falsificado.

Fuente: https://www.boletinoficial.gob.ar/detalleAviso/primera/242550/20210331

 

 

[mks_highlight color=»#81d742″]INFORMACIÓN OBRAS SOCIALES Nº 16/2021[/mks_highlight]

PAMI – No se realizarán los débitos

Despues de intensas reuniones logramos que se reprocesen las recetas de PAMI sin débitos por código 100. (Ver la resolución aquí).

En los proximos días cobraremos los saldos de diciembre y el anticipo de marzo sin débitos por código 100. Mientras tanto se reprocesarán las recetas de Mayo 2020 a Marzo 2021. El costo del reprocesamiento lo abonará la CoFA.

Es un logro de los farmacéuticos trabajando unidos, una actitud que se pudo ver en las reuniones telemáticas que se realizaron en toda la provincia con las autoridades de las diferentes UGLs bonaerenses.

Es importante tener en cuenta que a partir de abril las farmacias deben acondicionar de acuerdo al instructivo enviado (para ver haga clic aquí).

PAMI – Se firmó la prorroga del convenio

Esta mañana la CoFA informó que se firmó la prorroga del convenio PAMI para la dispensa de medicamentos ambulatorios, clozapinas y diabetes, a través de una adenda que extiende la vigencia hasta el 31 de marzo de 2022.

Con estas dos noticias llevamos confianza a las farmacias para que realicen la prestación con previsibilidad en los pagos, redoblando nuestro comproimiso sanitario con los jubilados.