Informamos la Norma de Atención vigente a partir de la fecha recordando la plena vigencia del Convenio para toda la Provincia de Buenos Aires y la Norma de Atención Vigente (clic aquí).
Informamos la Norma de Atención vigente a partir de la fecha recordando la plena vigencia del Convenio para toda la Provincia de Buenos Aires y la Norma de Atención Vigente (clic aquí).
Estimados Colegas informamos que a partir del mes de julio el IOMA autorizará la dispensa de Accesorios y Medicamentos por Resolución N° 1147/17.
Las recetas dispensadas por esta Resolución no deberán ser validadas y se presentarán como Resolución de Directorio.
Las autorizaciones contarán con la siguiente leyenda “RESOLUCIÓN N°1147/17”.
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RESOLUCIONES DE DIRECTORIO:
RESOLUCION 1256/02 NO SE VALIDA: La Farmacia cobra PVP del producto. RECURSO DE AMPARO y DISCAPACIDAD: OPCIONAL. La Farmacia cobra PVP del producto. RESOLUCION 678/18: NO SE VALIDA. SON ACCESORIOS, DEBEN PRESENTARSE CON CARATULA DE IOMA RESOLUCIÓN DIRECTORIO. La Farmacia cobra M.F. del IOMA, S/C para el afiliado. RESOLUCIÓN 1147/17: NO SE VALIDA. ESTA RESOLUCIÓN PUEDE INCLUIR TANTO MEDICAMENTOS COMO ACCESORIOS CON COBERTURAS VARIABLES. Los Accesorios generalmente tienen cobertura al 100%, S/C para el afiliado. Los medicamentos pueden tener el 70 % o 90 % de cobertura del PVP. DEBEN PRESENTARSE EN CARATULA DE IOMA, RESOLUCIÓN DIRECTORIO. TIRAS REACTIVAS 1781/15: VALIDACIÓN OBLIGATORIA en Plan ACCESORIOS. La Farmacia cobra el PVP de la Tira Reactiva.
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Información N°26/2019
Informamos que a partir del mes de julio del corriente año se eleva el monto para solicitar autorización, siendo este de $ 660 para todos los planes, excepto para el plan Urgara 40 en el cual se solicitará autorización a partir de $880. Para ver Norma de Atención Vigente (clic aquí).
Información N°25/2019.
Informamos que a partir de la fecha, el Co Seguro UDOCBA pasará a ser de validación obligatoria, conviviendo solamente por este mes con carátulas manuales. Sumándose así al proyecto de aliviar la tarea administrativa en la farmacia. Las recetas dispensadas con la modalidad anterior deberán ser presentadas como lo venían haciendo (carátula manual), las recetas validadas también podrán ser incluidas en la misma presentación, con su correspondiente carátula validada.
Al momento de la dispensa para su óptima validación se deberán tener en cuenta los siguientes puntos:
Norma de Atención Vigente (clic aquí).
Información N°25/2019.
Se remite adjunto el listado actualizado de Prestadores de Unión Personal, vigente para los siguientes Partidos: Almirante Brown, Avellaneda, Berazategui, Cañuelas, Escobar, Esteban Echeverría, Florencio Varela, General San Martín, General Sarmiento, José C. Paz, La Matanza, Lanús, Lomas de Zamora, Marcos Paz, Merlo, Moreno, Morón, Pilar, Quilmes, San Fernando, San Isidro, San Vicente, Tigre, Tres de Febrero y Vicente López (clic aquí). Información N° 24/2019.
Recordamos la plena vigencia del Convenio, para mayor información sobre las condiciones de atención solicitamos ingresar en la página oficial del Colegio www.cofarma.org.ar , donde encontrará la ficha de adhesión. Información N° 24/2019.
Se recuerda la plena vigencia del Convenio para toda la Provincia de Buenos Aires. Norma de Atención (clic aquí) Información N° 24/2019.-
Recordamos la plena vigencia del Convenio, para mayor información sobre las condiciones de atención solicitamos ingresar en la página oficial del Colegio: www.cofarma.org.ar , teniendo a su disposición las planillas de adhesión según localidad correspondiente. Información N° 24/2019.-
La COFA informa que se encuentra disponible en SIAFAR el cierre de liquidaciones del mes de Junio, disponiendo de dos carátulas, una con las recetas que pertenecen al Convenio ALTO COSTO y otra con las que correspondan a ALTO COSTO LICITACIONES, teniendo en cuenta que deben ser presentadas por separado. Recordamos que en este procedimiento se encontrarán con dos botones, uno de ALTO COSTO PAMI y otro de ALTO COSTO LICITACIONES, debiendo ordenar las recetas por cada Convenio para su cierre y posterior presentación por separado.
Asimismo solicitamos tener presente que los cierres siempre deben realizarse a partir del primer día hábil del mes, debiendo imprimir la carátula de cierre de las recetas dispensadas en el mes anterior. Información N° 24/2019.-