A continuación, las noticias más importantes del mes de agosto:
IOMA – Recetarios válidos
El Instituto informa que, a partir del día de la fecha, las recetas de IOMA-UMA se deberán validar a través del acceso “Receta Electrónica”, en el sistema de validación Colfarma On line. También se informa que las recetas electrónicas (Recetario electrónico de IOMA y Recetario electrónico IOMA-UMA ) para los planes autorizados, se deberán validar en el Plan de “Receta oficial”.
De este modo, a continuación se detallan los ejemplos y método de validación de los únicos recetarios válidos para la dispensa:
– Recetario oficial de IOMA (color magenta): Deberán estar prescriptas en original, donde el sello y firma hológrafa del profesional prescriptor deberán estar también ambas en original.
– Recetarios de SAMO: Los que deberán contener el sello en original del hospital correspondiente, deberán estar prescriptas en original, donde el sello y firma hológrafa del profesional prescriptor deberán estar también ambas en original.
– Recetario electrónico de IOMA: Se debe validar a través del acceso “Receta Electrónica”, en el sistema de validación Colfarma On line. No será necesaria la impresión de la receta, solo se deberá presentar el comprobante de validación (donde el afiliado o tercero dará la conformidad mediante firma y datos en el comprobante de validación), con los troqueles adheridos.
Un punto a tener en cuenta, referente a la Receta Electrónica IOMA, es que la misma se podrá aceptar para autorizaciones del plan Ambulatorio, sin que se imprima la receta. La Farmacia deberá proceder a su validación a través del plan de “Receta oficial” con el porcentaje correspondiente, donde se deberán completar todos los campos y en el “Nro. de receta” se deberá colocar el número del recetario electrónico. El afiliado o tercero dará la conformidad mediante firma y datos en el comprobante de validación. Luego se deberá adjuntar el comprobante de validación con los troqueles adheridos a la autorización correspondiente. Para ver modelo de receta electrónico de IOMA, Clic aquí.
– Recetario electrónico IOMA-UMA: Se debe validar a través del acceso “Receta Electrónica”, en el sistema de validación Colfarma On line. No será necesaria la impresión de la receta, solo se deberá presentar el comprobante de validación (donde el afiliado o tercero dará la conformidad mediante firma y datos en el comprobante de validación), con los troqueles adheridos.
Un punto a tener en cuenta, referente a la Receta Electrónica IOMA, es que la misma se podrá aceptar para autorizaciones del plan Ambulatorio, sin que se imprima la receta. La Farmacia deberá proceder a su validación a través del plan de “Receta oficial” con el porcentaje correspondiente, donde se deberán completar todos los campos y en el “Nro. de receta” se deberá colocar el número del recetario electrónico. El afiliado o tercero dará la conformidad mediante firma y datos en el comprobante de validación. Luego se deberá adjuntar el comprobante de validación con los troqueles adheridos a la autorización correspondiente. Para ver modelo de receta electrónico IOMA-UMA, Clic aquí.
– Recetario electrónico BONAERENSE: Se debe validar a través del Plan SAMO. No será necesaria la impresión de la receta, solo se deberá presentar el comprobante de validación (donde el afiliado o tercero dará la conformidad mediante firma y datos en el comprobante de validación), con los troqueles adheridos.
PAMI – Situación de pagos Anticipo 2º de Julio
Colegas, la CoFA informa en relación a la problemática surgida del ataque informático sufrido por PAMI, que si bien el sistema de validación de recetas ha sido afectado de manera colateral, ya se dispusieron, como es de conocimiento de todos, los ajustes para permitir su continuidad.
Con respecto a las tareas que incumben a PAMI para el control y auditoría interna de los archivos de liquidación y circuito de pagos, el Instituto informa que el pago del anticipo de la 2º quincena de Julio previsto para los días 9 y 10 de agosto (notas de crédito y efectivo) se verá demorado, según estiman, por el término aproximado de 48 horas.
Sugerimos a las farmacias no cancelar sus compromisos con las droguerías, dentro del porcentaje comprometido por las dispensas a PAMI, hasta tanto el Instituto no efectúe los pagos, razón por la cual estamos informando de esta situación a droguerías y laboratorios para que se tome nota de este escenario de emergencia, y por ende se abstengan de disponer cierres de cuentas, cancelación, corte de crédito o cambio en las condiciones comerciales hasta tanto el PAMI realice las transferencias de pago.
PAMI – Cierre por separado de los cuatro planes disponibles
Colegas, la CoFA recuerda que, tal lo informado oportunamente, las farmacias deberán realizar para la 1º quincena de agosto los cierres y presentaciones por separado de cada uno de los 4 planes del Convenio PAMI, los 2 planes habituales: “Ambulatorio” y “Suplementos”, más los 2 planes de emergencia: “Ambulatorio de Recetas particulares manuales” y “Suplementos de Recetas particulares manuales”.
En el sistema de cierres la farmacia dispondrá de las dos opciones habituales de CONVENIO: “PAMI 01/11/2018” y “Suplementos Nutricionales”, y en cada una de ellas dos opciones de PLAN: “Ambulatorio o Plan General” y “Recetas Manuales Particulares por Emergencia«; debiendo cerrar cada plan de manera separada y luego presentar también por separado cada uno de los planes.
En el caso que la farmacia haya realizado cierres de lotes previamente a la inclusión de los planes de emergencia en el sistema de cierres, deberá corroborar si en dichos lotes Ambulatorio quedaron incluidas recetas particulares junto a las electrónicas. Si así fuera deberá anular el lote y volver a armarlos por separado en base a las actuales posibilidades del sistema.
Es importante respetar la consigna de presentación a la entidad por separado, ya que la entidad también deberá acondicionar por separado la presentación final a PAMI.
PAMI – Fin de la prescripción de Recetas Particulares – Recordatorio
Colegas, recordamos lo informado el pasado 15 de agosto, respecto al uso de recetas para el convenio PAMI:
- A partir del día miércoles 23 de agosto, solo serán válidas las recetas particulares con fecha de prescripción hasta el 22 de agosto. Para la dispensa, se deberá tener en cuenta la tradicional vigencia de 30 días entre la fecha de prescripción y la fecha de dispensa.
- A partir del día miércoles 23 de agosto, las únicas recetas con fecha de prescripción vigentes serán las recetas electrónicas oficiales del Instituto y las recetas manuales celestes PAMI con talonario activo.
- Las recetas particulares dispensadas en los términos de las normas informadas tendrán un límite para su presentación al cobro hasta el 15/10/2023, es decir que podrán formar parte de las presentaciones hasta el cierre correspondiente a la 1º quincena de octubre.
Dicha normativa tiene vigencia en todos los segmentos del convenio, Ambulatorios, Alto Costo y Pañales.
Sobre el convenio de Accesorios con IOMA
A principios de abril de este año, la Farm. Isabel Reinoso en su caracter de presidente del Colegio Central, firmó un acta acuerdo con el IOMA para la dispensa de Accesorios (productos médicos, pañales, etc.).
En julio se firma el nuevo convenio de IOMA accesorios en el que la obra social abona un monto fijo, el afiliado debe recibir la cantidad autorizada y no debe abonar nada por esa dispensa.
Los montos fijos acordados para los valores de los accesorios en el acta de abril y se mantuvieron en la firma del convenio en julio, se habían tomado de una lista de precios de febrero.
Enunciamos algunos detalles (ver nota completa aquí)
