Formulario COFA Alicante: Monografías y Formulaciones

Formulario COFA Alicante Monografías y Formulaciones

El Colegio de Farmacéuticos de Alicante ha presentado el libro Formulario COFA. Se trata de un documento dividido en dos volúmenes cuyo objetivo es el asesoramiento farmacéutico sobre ciertas fórmulas magistrales y sus componentes. El primer tomo, Monografias, sigue el modelo del libro Monografías Farmacéuticas publicado por el COF de Alicante en 1988. En esta edición, la primera parte contiene 609 monografías, de las cuales 75 son totalmente nuevas.

El segundo volumen, Formulaciones, contiene 897 preparaciones, entre las que se encuentran fórmulas magistrales, preparados oficinales y excipientes ordenados por formas farmacéuticas, incluyendo los procedimientos normalizados de trabajo y prospectos para el paciente.

Avanza el estudio sobre cómo y cuánto dormimos los argentinos

El sueño está determinado por factores externos, pero tiene un componente genético y cambia con la edad. Los argentinos seríamos más nocturnos.

Todos los estudios sobre el sueño realizados en distintos países muestran que hoy las personas duermen entre dos a tres horas menos que el siglo pasado.

Sobre cómo, cuánto y dónde duermen los argentinos hay muchas apreciaciones pero para conocer precisiones sobre el tema habrá que esperar que termine el proyecto de investigación Crono Argentina que se propone encuestar a 100.000 personas que vivan en el país y tengan más de trece años sobre sus hábitos de sueño.

Este estudio es realizado por los investigadores del CONICET Diego Golombek, Marina Giménez y María Juliana Leone. Esta última, licenciada en Biotecnología y doctora en Ciencias Básicas y Aplicadas que trabaja en el Laboratorio de Cronobiología de la Universidad Nacional de Quilmes y en el Laboratorio de Neurociencia de la Universidad Torcuato Di Tella, dialogó con PRIMERA EDICIÓN  y FM de las Misiones cuando vino a Posadas a participar en el congreso de la Asociación Argentina de Ciencias del Comportamiento.

Según adelantó, a fin de 2019 realizarán un corte estadístico para tener los primeros resultados preliminares sobre los hábitos de sueño de los argentinos y por provincia.

“En la actualidad, tenemos unas 20.000 encuestas realizadas pero queremos contar con la participaron de unos 100.000 argentinos en el estudio para poder tener representatividad de los distintos lugares del país”, señaló.

 

El impacto de donde vivimos

Según explicó la investigadora, hay tres factores que afectan los hábitos de sueño y el cronotipo de una persona (el reloj biológico).

“Hay personas más matutinas que otras, otras más nocturnas; pero esa matutinidad o nocturnidad depende de alguno de los factores externos además de este factor interno del reloj biológico. Estos factores externos son el lugar geográfico donde vive una persona que determina el ciclo de luz y oscuridad y con este ciclo me refiero a la intensidad de la luz y a los horarios de la luz; y eso se modifica por la latitud y la longitud donde reside cada uno. No es lo mismo la cantidad de horas de luz que hay en Posadas, que las que hay en Buenos Aires o en Ushuaia en el mismo horario. El otro factor relacionado con el lugar donde se vive es la densidad poblacional; la luz artificial y la tecnología. En las ciudades más grandes, en general, uno está menos expuesto a la luz del sol y más a la luz artificial que al tener una intensidad menor, tiene un efecto menor en el reloj biológico por lo que la exposición a luces de menor intensidad hace que seamos más nocturnos. Otro factor externo es el cultural, pues dependiendo de cada cultura, uno tiene determinadas costumbres como dormir siesta, los horarios laborales y escolares que también van a modificar nuestros hábitos de sueño”.

 

Cronotipo del adolescente

Más allá de los factores externos, el hombre tiene un “cronotipo” en sus genes: por eso, algunas personas serán más nocturnas que otras pese a estar expuestas al mismo ciclo de luz oscuridad, con un mismo horario y misma intensidad.

Pero según explicó Leone, el cronotipo cambia con la edad, “el máximo está hacia el final de la adolescencia cuando tendemos a ser más nocturnos, en función de lo que se sabe de otros lugares del mundo donde ya se hicieron estudios similares a los que estamos haciendo nosotros. También varía la cantidad de horas de sueño a lo largo del ciclo de vida: los chicos más chicos necesitan dormir más que los adolescentes y estos necesitan dormir más que los adultos. Se recomienda que un adolescente duerma entre 8 y 10 horas, un adulto entre 7 y 9 horas en promedio”, precisó.

Posiblemente, los resultados de este estudio permitirán corroborar que también los adolescentes argentinos son más nocturnos que el resto de la población, condicionados por su cronotipo, y no sólo por sus hábitos tecnológicos y culturales.

 

Los riesgos de dormir poco

¿Qué ocurre cuando las personas duermen menos de lo que necesitan?

La privación de sueño es un problema bastante grave que puede ser a nivel crónico o agudo. Cuando uno duerme poco durante muchos días seguidos (crónico), el rendimiento cognitivo durante el día es menor. Lo mismo ocurre cuando pasamos más de 16 horas sin dormir (agudo), cuando ya empieza a tener este deterioro cognitivo. Es decir que la privación de sueño aguda o crónica genera deterioro cognitivo. Este es un problema grave para esa persona y la sociedad porque, si esa persona maneja, el deterioro cognitivo hace que con ciertos niveles de privación de sueño sea equivalente a haber tomado alcohol. Por eso, así como se mide el nivel de alcohol en sangre para evitar accidentes sería bueno medir el nivel de privación de sueño, algo que es totalmente factible”, destacó.

La privación de sueño está asociada a problemas de salud física y mental: ansiedad, depresión, hipertensión arterial, afecciones coronarias, diabetes, obesidad y ciertos casos de cáncer tienen factores de riesgo asociados a una alteración del sueño.

Las provincias y la siesta

Después de comer hay una mayor propensión de sueño no sólo porque comimos sino también por el mismo funcionamiento del ciclo de sueño-vigilia y la presión de sueño (que aumenta a medida que se suman las horas sin dormir). Esos dos factores hacen que el sueño tenga dos picos: a la noche y en el horario de la siesta.

“Pero hay lugares que, por factores culturales, las personas tienen la posibilidad de dormir siesta y está bien visto que lo hagan y en otros, como en Capital, donde se trabaja de corrido y la siesta no es para dormir. En muchas localidades del interior, los horarios laborales son cortados, mañana y tarde. Dormir la siesta suma a las horas de sueño totales. Si uno no puede dormir muchas horas por la noche pero duerme dos horas de siesta, eso suma y hace que el efecto de la privación de sueño sea menor”, aseguró la investigadora.

Según indicó, la duración de la siesta tiene impacto en el rendimiento cognitivo inmediato: una siesta de 20 minutos mejora el rendimiento cognitivo y evita lo que se llama inercia de sueño, que son los minutos posteriores al despertar en los que uno está somnoliento. Cuando se duerme una hora o más, la inercia de sueño es mayor.

 

“Dormir está subestimado”

Para Leone, “estamos durmiendo menos horas de lo que deberíamos y restamos horas de sueño en las últimas décadas. Esta es la sociedad 24/7 donde uno tiene que estar despierto para trabajar, para aprovechar el día y donde dormir está visto como una pérdida de tiempo y eso está muy lejos de ser cierto”.

A su entender, “dormir está muy subestimado y cuando uno no duerme bien el rendimiento durante el día es menor, creo que parte del problema está en la educación porque no se conocen las consecuencias asociadas a la falta de sueño. Nuestra sociedad valora poco al sueño, dormir es considerado como una pérdida de tiempo y esto se refleja en frases populares como ‘ya voy a dormir cuando esté muerto’”, reflexionó.

El horario escolar bajo la lupa

Según adelantó Leone, esperan que los resultados del estudio permitan sustanciar políticas públicas, “obviamente será decisión del Estado tomarlo o no como evidencia. Sería realmente bueno que las políticas públicas estén basadas en evidencia científica”.

En este contexto, la científica señaló que el horario escolar empieza muy temprano “y eso impacta más aún en la secundaria, justamente porque los adolescentes son más nocturnos y les cuesta irse a dormir más temprano por lo que terminan durmiendo menos horas de las recomendadas”.

Según recordó, hay experiencias en otros lugares del mundo donde se cambiaron los horarios escolares y “si bien en todos ellos hubo resistencia, porque generó todo un movimiento en el cronograma familiar y laboral, fueron experiencias con efectos positivos. Hasta ahora, estos efectos no fueron evaluados a largo plazo, ninguno más de un año, pero en todos los lugares donde cambiaron el horario obtuvieron resultados beneficiosos en algunos aspectos: duermen más, tienen mejor rendimiento académico, tienen menos accidentes en los lugares donde manejan a partir de los 16 años y se registran mejoras en la salud”.

Fuente: http://www.primeraedicion.com.ar

CUOTA SOCIAL SEPTIEMBRE 2019

CUOTA SOCIAL SEPTIEMBRE/19
DT/CO-DT/AUXILIAR VOLUNTARIO FARM. DE HOSPITAL (A)
CUOTA BÁSICA 1.183,70 566,30 0,00
DEFENSA PROFESIONAL 25,55 25,55 25,55
LABORATORIO 25,55 25,55 25,55
Cuota Colegio Central 1.234,80 617,40 51,10
CUOTA FILIAL 529,20 264,60 0,00
Total Cuota Col.Central mas Filial (1) 1.764,00 882,00 51,10
CUOTA CONFEDERACIÓN (2) 45,00 45,00 45,00
SUBSIDIO DOTAL 70,00 70,00 70,00
SUBS. INT. QUIR. 26,00 26,00 26,00
SUBS. FALLECIMIENTO 0,00 0,00 0,00
SUBS. DE RETIRO 64,51 64,51 64,51
SUBS. DE DESEMPLEO 92,89 92,89 92,89
SUBS. POR CATÁSTROFE 9,10 9,10 9,00
SUBTOTAL (3) 262,50 262,50 262,40
TOTAL 1+2+3 2.071,50 1.189,50 358,50
MIEMBROS ADHERENTES
SUBS. DOTAL 70,00
SUBS. INT. QUIR. 26,00
SUBS. FALLEC. 0,00
SUBS. DE RETIRO 64,51
SUBS. DE DESEMPLEO 92,89
SUBS. POR CATÁSTROFE 9,10
TOTAL 262,50
IMPORTANTE:-SEGÚN RESOL. DE ASAMBLEA DEL 29/7/89, VTO. 16/09/2019
RESIDUOS PATOGÉNICOS $ 1.064,80 (cada caja)
RESIDUOS PATOGÉNICOS $ 12,10 (cada certificado de incineración)
RESIDUOS PATOGÉNICOS $ 12,10 (cada manifiesto)
SEGURO MALA PRAXIS ($ 900.000,00) A $ 72,00
SEGURO MALA PRAXIS ($ 1.200.000,00) B $ 96,00
SEGURO MALA PRAXIS ($ 1.500.000,00) C $ 120,00
SEGURO MALA PRAXIS FCIAS. SOCIEDADES ($ 900.000,00) $ 351,00
SEGURO MALA PRAXIS FCIAS. SOCIEDADES ($ 1.200.000,00) $ 468,00
SEGURO MALA PRAXIS FCIAS. SOCIEDADES ($ 1.500.000,00) $ 585,00

Información del CIMF: Alerta Sarampión

Confirmación de tres nuevos casos de sarampión en niños.

Alto riesgo de transmisibilidad

En virtud de la situación epidemiológica regional y local respecto a la confirmación de tres casos de sarampión en niños residentes de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y la Provincia de Buenos Aires, la Secretaria de Gobierno de Salud emite la siguiente actualización.

 

SITUACIÓN ACTUAL (13/09/2019)

La Secretaría de Gobierno de Salud recibió la notificación de la confirmación de tres casos de sarampión en dos niñas de 11 meses y otra niña de 3 años, sin vínculo epidemiológico comprobable a la fecha entre ellos. Ninguna de ellas estaba vacunada contra la enfermedad con la vacuna triple viral.

  • Caso 1: niña de 11 meses, residente en CABA, que presentó exantema el 04/09/2019. A la fecha presenta buena evolución y continúa en seguimiento ambulatorio.
  • Caso 2: niña de 11 meses, residente en Región V de Provincia de Buenos Aires, sin antecedente de vacunación, que presentó exantema el 10/09/2019. A la fecha presenta buena evolución y continúa en seguimiento ambulatorio.
  • Caso 3: niña de 3 años, residente en CABA, sin antecedente de vacunación, que presentó exantema el 10/09/2019. La niña presenta buena evolución.

El diagnóstico fue confirmado por serología y técnicas moleculares en el laboratorio de referencia de la CABA (Hospital de Niños Ricardo Gutiérrez) y se identificó el genotipo D8 en todos los casos. Las muestras fueron enviadas al Laboratorio Nacional de Referencia para la identificación del linaje.

Durante el período de transmisibilidad las niñas transitaron por territorio de la CABA y en el caso 2, también en Provincia de Buenos Aires. La fuente de infección de los casos se encuentra en investigación y se encuentran en curso las acciones de prevención y control en los contactos de cada caso.

 

SITUACIÓN REGIONAL

Brasil 1 reporta en su última actualización (SE 25-36), 24.011 casos sospechosos, 3.339 (13,9%) de ellos fueron confirmados, mientras que 17.713 (73,8%) continúan en investigación. Los casos confirmados durante el mencionado periodo representan el 89% del total de los casos confirmados en 2019. El número de estados afectados ascendió a 16.

 

RECOMENDACIONES PARA EL EQUIPO DE SALUD

VERIFICAR Y COMPLETAR ESQUEMA DE VACUNACIÓN DE ACUERDO A LA EDAD

  • De 12 meses a 4 años inclusive: deben acreditar al menos UNA DOSIS de vacuna triple viral (sarampión-rubéola-paperas)
  • Mayores de 5 años y adultos: deben acreditar DOS DOSIS de vacuna con doble o triple viral después del primer año de vida
  • Las personas nacidas antes de 1965 no necesitan vacunarse porque se consideran inmunes.

 

RESIDENTES EN ARGENTINA QUE VIAJEN AL EXTERIOR:

  • Verificar contar con esquema de vacunación contra el sarampión completo para la edad según Calendario Nacional de Vacunación (vacuna doble o triple viral). De no contar con las 2 dosis recomendadas, la vacuna debe ser aplicada como mínimo 15 días antes del viaje.
  • Los niños de 6 a 11 meses que viajen a áreas de circulación viral activa, deben recibir una dosis de vacuna triple viral. Esta dosis no debe ser tenida en cuenta como esquema de vacunación. Se administrarán las dosis correspondientes al Calendario Nacional de Vacunación al año de vida y al ingreso escolar.
  • En casos de niños menores de 6 meses de vida, se sugiere aplazar y/o reprogramar el viaje puesto que en ellos la vacuna triple viral está contraindicada.

 

INTENSIFICAR LA VIGILANCIA EPIDEMIOLÓGICA DE CASOS SOSPECHOSOS DE ENFERMEDAD FEBRIL EXANTEMÁTICA (EFE) EN EFECTORES PÚBLICOS Y PRIVADOS

Caso sospechoso:

Paciente con fiebre (temperatura axilar mayor a 38ºC) y exantema, o cualquier caso en que el profesional de la salud sospeche sarampión o rubéola.

Modalidad de la vigilancia:

Notificación inmediata nominal: Todo caso sospechoso deberá notificarse al Sistema Nacional de Vigilancia de la Salud a través del SNVS2.0, dentro de las 24 horas de detectado, con adelanto por vía telefónica a la autoridad local responsable de las primeras acciones de bloqueo

Actividades ante un caso sospechoso:

  • Informar inmediata y fehacientemente a la autoridad sanitaria local por el medio disponible SIN esperar resultados de laboratorio.
  • Notificar dentro de las 24 horas al Sistema Nacional de Vigilancia de la Salud (SNVS2.0) por parte del personal que asista al paciente y del laboratorio que obtenga, reciba o procese muestras ante la identificación del caso sospechoso.
  • Confeccionar de manera completa la ficha de investigación epidemiológica y reportar los datos de la misma en la ficha de notificación originalmente registrada en el SNVS2.0
  • Recolectar muestras para el diagnóstico etiológico: Tomar siempre muestra de sangre; además, tomar muestra para detección viral: orina hasta 14 días posteriores a la aparición de exantema e hisopado nasofaríngeo (HNF) hasta 7 días posteriores. Todas las muestras deben ser estudiadas en forma simultánea para sarampión y rubéola.
  • Aislamiento del paciente: Disponer el aislamiento del paciente hasta los 7 días siguientes del inicio del exantema para evitar contagios. Evitar la circulación en transportes públicos. Dentro de las instituciones en el triage de emergencias, se deberá ofrecer barbijo quirúrgico a los pacientes que consulten con fiebre y exantema. El personal de salud debe usar barbijo N95 siempre que tome contacto con el paciente. En caso de internación el paciente, preferentemente, debe ser ubicado en habitación individual con presión negativa y filtro HEPA, mientras que para circular por fuera de las habitaciones puede utilizar barbijo quirúrgico.

 

DEL NIVEL OPERATIVO

  • Investigación epidemiológica: con el objeto de identificar la fuente de infección y el seguimiento de los contactos.
  • Realizar la vacunación de bloqueo con vacuna triple viral a los contactos del caso sospechoso que no cuenten con esquema de vacunación completo para su edad.
  • Ante la confirmación de un caso: todos los contactos entre 6 y 12 meses de edad deberán recibir una dosis de vacuna triple viral y los menores de 6 meses e inmunosuprimidos sin inmunidad previa, deberán recibir gammaglobulina. Entre los 13 meses y adultos nacidos después de 1965, asegurar dos dosis de vacuna con componente antisarampionoso.
  • Las autoridades sanitarias podrán ampliar las indicaciones de vacunación de acuerdo a la evolución de la situación epidemiológica, en estado de revisión permanente.

TODO EL EQUIPO DE SALUD DEBE ACREDITAR DOS DOSIS DE VACUNA DOBLE O TRIPLE VIRAL PARA ESTAR ADECUADAMENTE PROTEGIDO O CONTAR CON SEROLOGÍA IGG POSITIVA.

 

LINKS DE INTERÉS

 

Confirmación de dos casos de sarampión en viajeros

Alto riesgo de transmisibilidad

En virtud de la situación del brote de sarampión en Brasil y otros países de la región y el mundo, y la confirmación de dos casos en turistas extranjeros arribados a España provenientes de Argentina con diagnóstico de sarampión, la Secretaria de Gobierno de Salud emite la siguiente actualización.

 

SITUACIÓN ACTUAL (11/09/2019)

La Secretaría de Gobierno de Salud recibió la notificación a través del Centro Nacional de Enlace para el Reglamento Sanitario Internacional (RSI), de la confirmación de dos casos de sarampión en niños de 7 y 11 años, turistas no vacunados contra la enfermedad.

Durante el período de transmisibilidad permanecieron en la Ciudad de Buenos Aires, la ciudad de Luján y en el Aeropuerto de Ezeiza el día 3/9, día en que regresaron a Europa desde donde habían partido el 15 de agosto último. La fuente de infección se encuentra en investigación. Se iniciaron acciones de prevención y control en los contactos del caso, quienes se encuentran en seguimiento.

 

Situación epidemiológica regional

La circulación del virus del sarampión en la Región de las Américas continúa activa. En el corriente año se notificaron más de 45001 casos confirmados. Estados Unidos de Norteamérica y Brasil han dado cuenta de la mayor cantidad de casos. Es preocupante la situación de Brasil, donde se registraron en los últimos tres meses 2753 casos confirmados 2 en 13 estados. No obstante, el 98,3 % de estos casos se concentran en dos municipios del estado de San Pablo, principalmente en la Región Metropolitana. Debe señalarse que hasta la fecha se confirmaron 4 fallecidos: 3 niños menores de un año y un adulto de 42 años. Ninguno de ellos contaba con antecedente de vacunación.

A esto se suma la situación epidemiológica en Europa, donde en el último año se triplicó la incidencia de la enfermedad.

 

ATENCIÓN:

Por tratarse de una enfermedad altamente transmisible por vía respiratoria, se solicita a los pasajeros que viajaron en los vuelos:

  • BRITISH AIRWAYS BA244 de Buenos Aires a Londres del 3/09/19
  • BRITISH AIRWAYS BAW484 de Londres a Barcelona del 4/09/19

Que, ante la aparición de fiebre y erupción en la piel, consulten inmediatamente al servicio de salud más cercano informando este antecedente de exposición.

 

Fuente: https://www.argentina.gob.ar/sites/default/files/sarampion_alerta-11-09-2019.pdf

 

Confirmación de caso de sarampión en Ciudad de Buenos Aires con antecedente de viaje a Brasil

En virtud de la situación de brote de sarampión en Brasil y otros países de la región y el mundo, y la confirmación de un caso en un ciudadano argentino con antecedente de viaje, la Secretaría de Gobierno de Salud emite el presente alerta.

 

SITUACIÓN ACTUAL  (04/09/2019)

Se confirmó un caso de sarampión en un hombre de 44 años residente en la Ciudad de Buenos Aires, atendido en efector privado, con antecedente de viaje a Brasil, que comenzó con fiebre el día 10 de agosto, agregando exantema cuatro días después. El caso se confirmó por serología (IgM positiva en suero) y seroconversión de IgG, así como RT-PCR positiva en orina. Las muestras fueron procesadas por el efector privado y se confirmaron en el Laboratorio Nacional de Referencia ANLIS Carlos G. Malbrán. Se encuentran en desarrollo las pruebas para identificación de genotipo y linaje viral.

La fuente de infección está en investigación. Se iniciaron acciones de prevención y control en los contactos del caso, quienes se encuentran en seguimiento.

 

Antecedentes:

Desde la eliminación de la circulación endémica del sarampión en Argentina en el año 2000, se confirmaron 49 casos importados o relacionados a importaciones. Los principales brotes ocurrieron en el año 2010 (17 casos) y 2018 (14 casos agrupados en 3 brotes). En el corriente año se confirmaron 6 casos de sarampión, incluyendo el caso actual. De éstos, cinco fueron residentes argentinos y uno turista.

En la Región de las Américas en el corriente año se notificaron más de 45001 casos confirmados de sarampión, incluidas defunciones. Los países con más casos son Brasil con 2.561 (98,6 % en el Estado de Sao Paulo) y Estados Unidos de América con 1.2342 casos (más del 75% relacionados al brote de Nueva York). También se registraron casos en Venezuela (471), Colombia (189) y Canadá (107). Casos aislados se registraron en Argentina, Chile, Costa Rica, México, Perú, Uruguay.

 

Fuente: https://www.argentina.gob.ar/sites/default/files/2019-09-04-alerta-sarampion.pdf

 

Farm. Nicolás Troffe
Coordinador Comisión Científica y de Extensión Universitaria

BECAS DISPONIBLES: XIX CONGRESO ARGENTINO DE FARMACIA HOSPITALARIA

Estos fueron nuestros colegas ganadores de la beca:

Jordana Cazzulo

Mariana Benzo

Sandra Altamirano

Martín Matoffi

María Inés Hip

F@rmateando Experiencias “Medicamentos personalizados: CAR T Cells”

El Farm. Vicente Escudero Vilaplana nos hablará sobre estas terapias, ante las inquietudes planteadas por el Farm. Ariel Ruiz en su labor diaria en el Hospital El Cruce.

CAFAR: Reglamento de la Ley Nº 10.524/87 (art. 3º bis Ley 10.087)

ARTICULO ÚNICO: Apruébase la siguiente Reglamentación de la Ley Nº 10.524/87
(Boletín Oficial: 13-7-87):

Inciso  a): El acogimiento  a  lo  dispuesto  por  el Art.  3º  bis  del Decreto-Ley Nº  10.087/83
(modificación introducida por la Ley Nº 10.524) transforma en voluntaria la aportación a la Caja de Previsión Social para Profesionales de las Ciencias Farmacéuticas de la Provincia de Buenos Aires, de  los  farmacéuticos  que  ejerzan  exclusivamente  su  profesión  en  entidades  del  sector  público provincial o municipal  con  aportación  al  Instituto de Previsión Social de  la Provincia de Buenos Aires.
El acogimiento a los beneficios de la Ley Nº 10.524 excluye automáticamente al titular y a
sus causahabientes de los beneficios establecidos por el Decreto-Ley Nº 10.087/83.

Inciso  b): Quienes deseen acogerse al derecho establecido por la Ley Nº 10.524 deberán presentar en la sede de CAFAR, calle 13 Nº 824 – La Plata, una solicitud en formulario oficial de la Caja, suscripto por el afiliado y su cónyuge, dichas firmas deberán estar certificadas ante Escribano Público, Juez de Paz o Registro Público de Comercio.

 

Deberá adjuntarse además:

1.       Certificado detallado de servicios, indicando fecha de ingreso, datos personales y, en su  caso, de egreso;

2.       Certificado de la Dirección de Farmacia de la Provincia de Buenos Aires referido a la  actividad profesional del solicitante;

3.       Certificado del Colegio de Farmacéuticos de la Provincia de Buenos Aires, a los mismos  fines que el indicado en el inciso anterior;

4.       Fotocopia íntegra del último recibo de haberes.

En el caso de Farmacéuticos de Hospitales Municipales o Provinciales que no se encuentren
registrados en la Dirección de Farmacia, bastará con la constancia del Colegio de Farmacéuticos de la Provincia de Buenos Aires, del Director del Hospital y último recibo de sueldo.

 

Inciso c): En los meses de Mayo y Noviembre de cada año, los profesionales amparados en
el presente régimen deberán presentar la documentación requerida en el punto 4 del inciso anterior.

 

Inciso d): La falta de presentación de la documentación a que hace referencia el inciso
anterior, hará caducar automáticamente el acogimiento a los beneficios de la Ley 10.524/87.

REGLAMENTO DE LA COMISION PROVINCIAL ASESORA DE HOSPITAL

ARTÍCULO PRIMERO: “a los fines de conformar la Comisión Provincial Asesora de Hospital del Consejo Directivo del Colegio de Farmacéuticos de la Provincia de Buenos Aires (CDCFPBA), se abrirá la inscripción voluntaria a todos los colegas farmacéuticos matriculados en este Colegio que se desempeñen en centros asistenciales. Se elegirán entre los postulantes un titular y un suplente en representación de los establecimientos agrupados por cada Región Sanitaria provincial. La elección se realizara en Asamblea  y el llamado a la misma se realizará con 15 días corridos de antelación. Esta comunicación deberá hacerse por la vía que se considere más directa y segura. En representación de todos los depósitos de farmacias habilitados en sedes de las respectivas Regiones Sanitarias se designarán de igual modo un titular y un suplente.”

ARTÍCULO SEGUNDO: “de resultas del artículo anterior, en cada Región se elegirá por asamblea (constituida por todos los farmacéuticos colegiados presentes,  que se desempeñen en centros asistenciales de dicha Región) un representante titular y un suplente, en filial del Colegio de Farmacéuticos de la Pcia de Bs.As. designada por el CD y contando con la participación de los directivos locales como coordinadores.
La elección de los representantes de los depósitos de Región Sanitaria se realizará por asamblea en sede del Colegio Central, actuando como coordinadores los consejeros de la Comisión de Hospital del CDCFPBA.”

ARTÍCULO TERCERO: “se elegirá entre los presentes por postulación directa y por mayoría simple: el titular y suplente respectivos quedando el resto de los numerados por mayoría de voto, preparados para cubrir, en caso de necesidad por acefalía, renuncia o cualquier otro motivo justificado, suceder al titular o suplente y de acuerdo al número de orden.”

ARTÍCULO CUARTO: “en el supuesto caso que no se pudiere, de común acuerdo, establecer un número de orden para dar cumplimiento a lo dicho en la primera parte del artículo tercero, los postulantes reunidos por Regiones, tendrán la alternativa válida de hacer la elección del número de orden que le correspondería a cada representante por sorteo.”

ARTÍCULO QUINTO: “si alguna de las Regiones no pudiese conseguir nombrar titular y suplente a través de las alternativas establecidas en los artículos terceros y cuarto, el CDCFPBA, podrá tomar la decisión de la designación del titular y suplente. Estas designaciones, indefectiblemente, deberán recaer en colegas farmacéuticos de la Región que no pudo elegir a los mismos, que deberán cumplir los requisitos detallados en el artículo primero.”

ARTÍCULO SEXTO: “para ser representante de Región titular o suplente el farmacéutico no deberá tener sanción disciplinaria de ninguna naturaleza (previa o durante el mandato). Estos casos, en definitiva, serán evaluados por el CDCFPBA, quien determinará si el representante elegido puede serlo o no.”

ARTÍCULO SEPTIMO: “La Comisión Provincial Asesora de Hospital (CPAH) quedará integrada por un titular y un suplente, designados según los Art. precedentes, como así también por los consejeros de la Comisión de Hospital del CDCFPBA,  los que además actuarán en las reuniones como coordinadores. Las Reuniones de la Comisión Provincial Asesora de Hospital serán convocadas por el Consejo Directivo del Colegio de Farmacéuticos de la Provincia de Buenos Aires.”

ARTÍCULO OCTAVO: “el titular y el suplente elegidos de cada una de las Regiones durarán dos (2) años en su mandato,  pudiendo ser reelegidos por otro período igual de acuerdo al procedimiento previsto en los artículos precedentes; para renovarse en tales funciones, luego de dos mandatos consecutivos, deberá dejar un período de dos (2) años. En cuanto a los consejeros integrantes de esta Comisión de Hospital, su mandato será el tiempo de duración que establece el reglamento del Colegio de Farmacéuticos de la Provincia de Buenos Aires.”

ARTÍCULO NOVENO: “los representantes de las respectivas Regiones  que faltasen a dos reuniones consecutivas o alternadas en el transcurso de un año calendario o que no vehiculicen en tiempo y forma la información del Colegio de Farmacéuticos de la Provincia de Buenos Aires, hacia las filiales de partido y colegiados y/o no informen las sugerencias producidas por estos últimos hacia la Comisión Provincial Asesora de Hospital, podrán ser reemplazados.  Esto será causal suficiente para proceder a su reemplazo por los subsiguientes en el número de orden ya establecido en los art. precedentes del presente Reglamento.”

ARTÍCULO DÉCIMO: “La Comisión Provincial Asesora de Hospital se reunirá durante cada año calendario en forma trimestral en fechas previstas y fijadas, por el Consejo Directivo. Se hará la citación fijando día, hora y lugar a establecer, con una antelación de quince (15) días corridos. Esta comunicación se deberá hacer a todos los integrantes de la CPAH puntualizándoles, también el orden del día a tratar. Esto a los fines de que cada uno de ellos tenga el tiempo mínimo necesario para informarse y asesorarse de los temas a considerar.”

ARTÍCULO UNDÉCIMO: “La CPAH sesionará con un orden del día elaborado por el CDCFPBA, como así también de los temas que deseen incorporar los miembros integrantes de la CPAH, que podrá ser a título personal y/o a sugerencia de la Región que representan. En este caso deberán comunicarlo al Colegio de Farmacéuticos de la Provincia de Buenos Aires, con una antelación no menor a veinte (20) días, con el fin de disponer del tiempo necesario para su incorporación en el orden del día, así también al inicio de la reunión podrán ponerse a consideración temas a incluir sobre tablas, la comisión deberá considerar la urgencia y necesidad del tratamiento de tales y aprobar o no su inclusión en el orden del día.”

ARTÍCULO DUODÉCIMO: “La CPAH una vez reunida,  procederá a elegir un secretario de actas, quien será el encargado de registrar, en una planilla a tales fines, las firmas e identificación de todos los representantes de Regiones y redactar un Acta de lo actuado en cada reunión. Posteriormente, deberá elevar el Acta y sus conclusiones al CDCFPBA y a los representantes de todas y cada una de las Regiones, por intermedio de una copia electrónica de la misma.”

ARTÍCULO DECIMOTERCERO: “los representantes titulares y suplentes de cada Región,  deberán volcar a un registro habilitado para tal fin, todos los datos necesarios de los mismos, como por ejemplo teléfono, domicilio, etc., y su respectiva actualización, a los fines de que puedan ser fácil y rápidamente localizables para efectuarles citaciones, comunicaciones, etc., en cualquier momento.”

ARTÍCULO DECIMOCUARTO: “los gastos de cada integrante de la Comisión Provincial Asesora  de Hospital: titular o suplente cuando éste lo reemplace para cumplir con su mandato en las reuniones, están sujetos, en cuanto a movilidad y alojamiento a las siguientes pautas:

  1. Gastos por movilidad: reintegro con comprobantes hasta un máximo de nueve (9) litros de combustible por cada cien (100) kilómetros de recorrido, o la alternativa del comprobante del medio de transporte público, tales como ómnibus y/o ferrocarril, utilizado en la movilidad.
  2. Alojamiento: se cubrirá un (1) día de hotel base simple, cuando el integrante de la CPAH esté  a mas de doscientos (200) Km. del lugar de reunión.
    En todos los casos el hotel será designado por el Colegio de Farmacéuticos de la provincia de Buenos Aires.”

ARTÍCULO DECIMOQUINTO: “el presente Reglamento estará sujeto a modificaciones, cuando así lo crea necesario el Consejo Directivo del Colegio  de Farmacéuticos de la Provincia de Buenos Aires, con el objeto de ir actualizando y adecuándolo a las reales necesidades que los tiempos vayan marcando y siempre dentro de las pautas democráticas y de respeto a todos los integrantes de la Comisión Provincial Asesora de Hospital.”
ARTÍCULO DECIMOSEXTO: “el presente reglamento entrará en vigencia a partir del día siguiente al de su publicación en el Boletín Electrónico del Colegio de Farmacéuticos de la Provincia de Buenos Aires”.

Alerta de la RPVF – Unidades falsificadas del producto «Salbutral»

Red Provincial de Vigilancia Farmacéutica
Colegio de Farmacéuticos de la Pcia. de Bs. As.
13/09/19
Las alertas de la RPVF son preparadas para ser interpretadas por Farmacéuticos y otros profesionales de la salud.
Se autoriza la reproducción del presente alerta, citando la fuente.

ANMAT advierte sobre unidades falsificadas del producto «Salbutral»

La ANMAT informa a la población que se han detectado unidades falsificadas de la especialidad medicinal «Salbutral», salbutamol 100 mcg/dosis aerosol para inhalación 250 dosis. El lote al que pertenecen las unidades ilegítimas es el 1157 F, con fecha de fabricación (F) 02/19 y vencimiento (V) 02/21.

La ANMAT tomó conocimiento de la irregularidad a través de una comunicación efectuada por parte del laboratorio titular de registro del producto.

Cabe poner de resalto que el lote en cuestión fue elaborado por la firma Laboratorio Pablo Cassará S.R.L. para la presentación Salbutral + Aeromed mini, con fechas F 03/19 y V 03/22

En consecuencia, al desconocerse las condiciones en las que fueron manipuladas las unidades ilegítimas, se recomienda a la población no utilizarlas y, en caso de tener alguna de ellas en su poder, ponerse en contacto con el Programa «ANMAT Responde», al teléfono 0-800-333-1234 o por mail a: responde@anmat.gov.ar.

Fuentewww.argentina.gob.ar/noticias/anmat-advierte-sobre-unidades-falsificadas-del-producto-salbutral

3 al 5 de octubre: XV edición de las Olimpíadas Interprofesionales

En la ciudad de Miramar con nuevas disciplinas como Basquet 3 vs 3 y Fútbol Femenino.

El Colegio sorteará ocho inscripciones sin cargo (no incluye alojamiento) para matriculados farmacéuticos en nuestro Colegio.

La fecha límite para la inscripción al sorteo es el próximo viernes 13 de septiembre a las 12:00 hs.

Para participar del sorteo, deberán remitir mail a olimpiadas@colfarma.org.ar
El asunto debe ser: «Inscripción sin cargo OI».

En el cuerpo del mail deben informar: nombre, apellido, matrícula y teléfono.

¡Te esperamos!