Imágenes Farmacéuticas

[vc_row][vc_column][vc_custom_heading text=»Encuentros, reuniones y actividades compartidas
con el Colegio de Farmacéuticos de la provincia de Buenos Aires» font_container=»tag:h2|text_align:center|color:%232b2b2b» css=»»][vc_empty_space height=»40″][vc_row_inner][vc_column_inner width=»1/4″][vc_single_image image=»71628″ img_size=»large» alignment=»center» style=»vc_box_shadow_border_circle_2″ onclick=»custom_link» img_link_target=»_blank» css=»» link=»https://www.colfarma.info/colfarma/imagenes-evento-asoprofarma-2024/»][vc_column_text css=»»]

Evento ASOPROFARMA
2024

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Aniversario CPEP
30 años

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Asamblea Anual
Ordinaria 2024

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1er Encuentro de Formación
Política y Económica 2024

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Juegos Farmacéuticos Nacionales
Jujuy 2024

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Boletín Semanal 29 de Julio de 2024

AleAsambleaOk

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UNIDOS POR UN COLEGIO MEJOR 🫂⚕

Este sábado y ante un gran marco de colegas, tuvimos la oportunidad de contar lo que dejó este primer año de gestión y dejar marcado hacia dónde vamos.

Esta Asamblea fue más que una formalidad; fue una invitación al diálogo, al trabajo conjunto y enfrentar unidos los desafíos futuros. Nos encontramos, hablamos, nos escuchamos, debatimos y nos unimos por un Colegio mejor.

Sabemos que esto solo es el principio de un camino más largo, pero estamos convencidos de que vamos por el camino correcto que va a poner en valor a nuestro Colegio y revalorizar nuestra profesión.

Agradecemos a todos los colegas que se hicieron presentes y a todos los que han asumido responsabilidades en diferentes áreas, por su dedicación y compromiso con la profesión y por el acompañamiento a este equipo de gestión.


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ESTO NOS DEJÓ LA ASAMBLEA 2024 💪

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En esta oportunidad pudimos compartir todo lo que hemos estado trabajando desde que asumimos este compromiso de mejorar y poner en valor al colegio y a la profesión.
Y podemos resumir lo que se viene haciendo en los siguientes puntos:

👉ESTAMOS VALORANDO nuestros recursos.
Por eso logramos reorganizar el equipo del colegio, mejorando el clima laboral y haciéndolo más eficiente.

👉ESTAMOS VALORANDO nuestra red de farmacias.
Por eso más del 90% de los pagos de Obras Sociales se hacen en tiempo y forma.

👉ESTAMOS VALORANDO el trabajo.
Por eso los Honorarios Profesionales le ganaron a la inflación.

👉ESTAMOS VALORANDO la democracia.
Por eso comenzamos a trabajar en limitar la reelección indefinida a un máximo de dos mandatos.

👉ESTAMOS VALORANDO nuestro laboratorio.
Por eso nombramos un nuevo DT, mientras comenzamos las remodelaciones que necesita.

👉ESTAMOS VALORANDO INDUSTRIA Y DROGUERÍA
Por eso creamos un área especifica para la atención de sus consultas y brindamos cursos de interés.

👉ESTAMOS VALORANDO la escucha.
Por eso pudimos en esta Asamblea expresarnos, debatir y escucharnos


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Inscripción 2024 ESPECIALIDADES FARMACÉUTICAS

El Colegio de Farmacéuticos de la Provincia de Buenos Aires informa que, desde el 01 de agosto de 2024 y hasta el 31 de agosto de 2024, se encontrará abierta la inscripción, únicamente por TAD COLFARMA, para aquellos colegas que quieran acceder a las ESPECIALIDADES FARMACÉUTICAS

[mks_button size=»large» title=»Ver información aquí» style=»squared» url=»https://www.colfarma.info/colfarma/especialidades-farmaceuticas-2024/» target=»_blank» bg_color=»#81d742″ txt_color=»#FFFFFF» icon=»» icon_type=»» nofollow=»0″]

[/vc_column_text][vc_column_text css=».vc_custom_1722285666254{border-top-width: 0px !important;border-right-width: 0px !important;border-bottom-width: 0px !important;border-left-width: 0px !important;padding-top: 0px !important;padding-right: 0px !important;padding-bottom: 0px !important;padding-left: 0px !important;background-color: #ffffff !important;}»]

ALERTA DE LA RPVF:
RETIRO DE SUPLEMENTOS DIETARIOS Y DESINFECTANTES

Estimados Colegas: transcribimos la siguiente información de ANMAT

SUPLEMENTOS DIETARIOS

DISPOSICION-6556/2024 -ANMAT B.O. 23/07/24 Prohíbese el uso, comercialización, publicación y distribución en todo el territorio nacional y en plataformas de venta en línea de todos los lotes y presentaciones de a) Melena de león 500 mg, 60 ml HEAL LAB, 27 ENE 2025. Protector neuronal, reducción de la inflamación y tiempo de recuperación, estimulación del sistema inmune, mejora la concentración, el enfoque y la función cognitiva, vía de administración oral, b) CHAGA 500 mg, 60 ML, HEAL LAB, 20 OCT 2024 reducción del colesterol, regulación de la tensión, propiedades antioxidantes, regulación de la glucemia en sangre, vía de administración oral y c) GABA 680 mg, 60 capsulas de absorción rápida, cada capsula contiene 680 mg, 27 ENE 2025, HEAL LAB, Vía de administración oral.

Motivo: producto ilegitimo

[mks_button size=»large» title=»Ver información aquí» style=»squared» url=»https://www.colfarma.info/colfarma/alerta-de-la-rpvf-retiro-de-suplementos-dietarios-y-desinfectantes/» target=»_blank» bg_color=»#000000″ txt_color=»#FFFFFF» icon=»» icon_type=»» nofollow=»0″]

 

 

 

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Esta semana en el Canal de Noticias de Salud

  • ️🩸🔎 La FDA acaba de aprobar 𝗚𝘂𝗮𝗿𝗱𝗮𝗻𝘁 𝗦𝗵𝗶𝗲𝗹𝗱, un innovador test de sangre para la detección de cáncer colorrectal (CCR).
  • Beca de investigación HOSPITAL ITALIANO
  • Automedicación: riesgos y alertas de una mala práctica que se volvió común
  • NUTRICIÓN HOSPITALARIA
  • Cuidados Paliativos Diálogos con Expertos: Polifarmacia y deprescripción en el final de la vida
  • Jornadas Científicas: «Biotecnología Aplicada a la Salud Humana: Avances y Desafíos»
  • SEMANA MUNDIAL DE LA LACTANCIA 2024 : “Cerrando la brecha” apoyo a la Lactancia Materna en todas las situaciones.
Encontrarás los enlaces a esos contenidos en el Canal de Noticias por WhatsApp, un nuevo espacio del CFPBA para la divulgación científica, actividades, conversatorios, webinars e información de interés para la comunidad farmacéutica. Podés sumarte desde tu celular haciendo clic AQUÍ y en la imagen 👇​

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[mks_button size=»large» title=»Mirá AQUÍ el informa que preparó la Biblioteca del Colegio Central» style=»squared» url=»https://www.colfarma.info/colfarma/dia-mundial-contra-la-hepatitis-2/» target=»_blank» bg_color=»#1e73be» txt_color=»#FFFFFF» icon=»» icon_type=»» nofollow=»0″]

[/vc_column_text][vc_column_text css=».vc_custom_1722351466450{border-top-width: 0px !important;border-right-width: 0px !important;border-bottom-width: 10px !important;border-left-width: 0px !important;padding-top: 10px !important;padding-right: 10px !important;padding-bottom: 0px !important;padding-left: 10px !important;background-color: #ffffff !important;}»]


La Federación de Entidades de Profesionales Universitarios de la Provincia de Buenos Aires, abrió la inscripción para la XVIII Olimpiada Interprofesional, que tendrá lugar entre el 26 y el 28 de septiembre del corriente año en la ciudad de Miramar.

La Olimpiada Interprofesional es un evento deportivo que convoca a gran cantidad de aficionados de las distintas profesiones y localidades de la provincia, donde se disputan competencias de variadas disciplinas como fútbol, hockey, básquet, vóley, pádel, tenis, golf, atletismo, ajedrez, tenis de mesa y pesca entre otras. Información deportiva (días, horarios y lugares de juego).

También se desarrollará la tradicional caminata FARCAVI el día sábado 28 a las 17.30 hs. en el Vivero Municipal.

El Colegio de Farmacéuticos te invita a ser parte de este evento que nos une con todos los profesionales de la provincia. Es abierto a todos nuestros matriculados. Te esperamos para pasar un buen fin de semana de deporte, diversión y camaradería.

Si te inscribís antes del 16 de agosto accedes a tarifa promocional. Completá la PLANILLA DE INSCRIPCIÓN.

Para más información y consultas, escribí a olimpiadas@colfarma.org.ar


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Ya está abierta la recepción de trabajos científicos para ser expuestos en el XXX Congreso Farmacéutico Argentino.

Por primera vez se realizará en formato de e-posters.🌐

Además el expositor va a obtener una beca.

La recepción de resúmenes cierra el 10 de agosto.

[mks_button size=»large» title=»Aquí podrás descargar el reglamento» style=»squared» url=»https://www.cofa.org.ar/wp-content/uploads/2024/06/REGLAMENTO-FINAL-E-POSTERS-CONGRESO-COFA-2024.pdf» target=»_self» bg_color=»#1e73be» txt_color=»#FFFFFF» icon=»» icon_type=»» nofollow=»0″]


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La Comisión contra la venta ilegal de Productos Farmacéuticos y Delitos Informáticos pone a tu disposición los canales para informar la venta de medicamentos en forma ilegal y cualquier otra anomalía relacionada con el tema. MIRA UNA GUÍA AQUÍ

Si tenes dudas, consultas o información sobre más ilícitos, comunicate con nosotros. No te preocupes, tus datos no serán expuestos, el CFPBA es la persona jurídica denunciante.

[mks_button size=»large» title=»QUIERO DENUNCIAR» style=»squared» url=»https://www.colfarma.info/colfarma/denuncia/» target=»_self» bg_color=»#dd9933″ txt_color=»#FFFFFF» icon=»» icon_type=»» nofollow=»0″]


[/vc_column_text][vc_basic_grid post_type=»post» max_items=»4″ show_filter=»yes» element_width=»3″ filter_default_title=»Actualización profesional» item=»basicGrid_NoAnimation» grid_id=»vc_gid:1722363148382-09d2c07169f0a296ed27fbf3ead4a50a-0″ taxonomies=»1125, 1083, 1153, 943, 1158″ filter_source=»category» exclude_filter=»1, 4, 1125″][vc_single_image image=»60974″ img_size=»full» add_caption=»yes» alignment=»center» onclick=»custom_link» css=».vc_custom_1708631903737{padding-top: 30px !important;padding-bottom: 30px !important;}» link=»https://wa.me/5492216568050″][vc_single_image image=»51328″ img_size=»full» add_caption=»yes» alignment=»center» onclick=»custom_link» css=».vc_custom_1713563372060{padding-top: 30px !important;padding-bottom: 30px !important;}» link=»https://www.colfarma.info/colfarma/horafarmaceutica/»][vc_empty_space][vc_single_image image=»65459″ img_size=»full» onclick=»custom_link» css=».vc_custom_1714072215056{padding-top: 20px !important;}» link=»https://www.amffa.com.ar/suma-amffa-a-tu-farmacia-y-obtene-mejores-beneficios/»][vc_empty_space][/vc_column][/vc_row][vc_row full_width=»stretch_row_content» content_placement=»middle» css=».vc_custom_1695664366993{margin-right: 60px !important;margin-left: 60px !important;border-right-width: 10px !important;border-left-width: 10px !important;padding-top: 0px !important;padding-right: 10px !important;padding-bottom: 0px !important;padding-left: 10px !important;background-color: #e2e2e2 !important;border-left-color: #e2e2e2 !important;border-right-color: #e2e2e2 !important;}»][vc_column][vc_column_text css=».vc_custom_1710688778364{border-right-width: 10px !important;border-left-width: 10px !important;padding-top: 10px !important;padding-right: 50px !important;padding-bottom: 10px !important;padding-left: 50px !important;background-color: #e2e2e2 !important;border-left-color: #e2e2e2 !important;border-right-color: #e2e2e2 !important;}»]

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Documentos Asamblea 2024

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6°. – Modificación parcial del Reglamento del Colegio de Farmacéuticos de la Provincia de Buenos Aires vigente, conforme al siguiente detalle: arts. 28, 31, 55, 57, 60, 62, 71 y 85. –

[mks_button size=»large» title=»VER AQUÍ LAS MODIFICACIONES PROPUESTAS» style=»squared» url=»https://www.colfarma.info/colfarma/proyecto-de-modificacion-del-reglamento-del-colegio-de-farmaceuticos-de-la-provincia-de-buenos-aires-aprobado-por-asamblea-general-ordinaria-del-28-7-18/» target=»_self» bg_color=»#000000″ txt_color=»#FFFFFF» icon=»» icon_type=»» nofollow=»0″]

7° –  Modificación parcial del Reglamento de Subsidios del Colegio de Farmacéuticos de la Provincia de Buenos Aires vigente, conforme el siguiente detalle: arts. 10, 19, 21, 31, 32, 33, 34, 35, 42, 47, 48, 51, 52, 53, 54, 61 y 63.-

[mks_button size=»large» title=»VER AQUÍ LAS MODIFICACIONES PROPUESTAS» style=»squared» url=»https://www.colfarma.info/colfarma/proyecto-de-modificacion-del-reglamento-de-subsidios-del-reglamento-de-subsidios-del-colegio-de-farmaceuticos-de-la-provincia-de-buenos-aires/» target=»_self» bg_color=»#000000″ txt_color=»#FFFFFF» icon=»» icon_type=»» nofollow=»0″]

[/vc_column_text][/vc_column][vc_column width=»1/4″][/vc_column][/vc_row]

Boletín FILIALES: Donaciones 2023 / 2024

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La Plata 12 de julio 2024

Colega Presidente / Delegado de Filial

Por Resolución General de AFIP, las entidades donatarias deberán presentar las DONACIONES RECIBIDAS Y EFECTUADAS

Por este motivo, si su filial recibió o emitió durante el año 2023 (es decir año calendario desde 01/01/2023 al 31/12/2023) donaciones en dinero o en especie, solicitamos que completen las siguientes planillas:

[mks_button size=»large» title=»Donaciones Emitidas» style=»squared» url=»https://www.colfarma.info/colfarma/wp-content/uploads/planilla-donaciones-emitidas.xlsx» target=»_self» bg_color=»#000000″ txt_color=»#FFFFFF» icon=»» icon_type=»» nofollow=»0″]

[mks_button size=»large» title=»Donaciones Recibidas» style=»squared» url=»https://www.colfarma.info/colfarma/wp-content/uploads/planilla-donacion-recibidas.xlsx» target=»_self» bg_color=»#000000″ txt_color=»#FFFFFF» icon=»» icon_type=»» nofollow=»0″]

Estas planillas deberán ser completadas con la información solicitada, firmadas por Presidente y Tesorero, para remitirlas antes del viernes 2 de agosto de 2024 a la dirección contaduría@colfarma.org.ar y copia a sneira@colfarma.org.ar

En el caso de no haber recibido ni emitido donaciones, igualmente deberán enviar las planillas mencionadas informando dicha situación.

Ponemos a su disposición nuestro departamento Contable para aclarar las dudas que pudieran plantearse.

Sin otro particular, lo saludo muy atentamente

 [/vc_column_text][vc_single_image image=»69255″ img_size=»full» alignment=»center» css=»»][/vc_column][vc_column width=»1/4″][/vc_column][/vc_row]

Boletín Semanal 22 de Julio de 2024

CPEP 30 años (33)

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30 aniversario de la Comisión Provincial de Educación Permanente

Hoy se realizó la 149º reunión de la Comisión Provincial de Educación Permanente (CPEP) y en ese marco se homenajeó a quienes trabajaron durante tres décadas para brindar el mejor servicio de actualización profesional a la comunidad farmacéutica bonaerense.

El evento comenzó con una revisión de lo actuado durante el último año y propuestas para los próximos meses, conforme al orden del día con el que fue convocado el encuentro.

Luego la Farm. Rita Rosa Alves, coordinadora de la Comisión Científica reflexionó sobre la actividad en el área: «Para mí es un honor coordinar esta comisión. Hay una frase de un psicoanalista contemporáneo que nos define: `Las similitudes en un momento unen a la gente. Pero después las diferencias son las que en verdad forman un verdadero equipo de trabajo´. Nuestro desafío es que el farmacéutico se actualice y sea un excelente referente».

El homenaje contó con las palabras de la Farm. Alejandra Gomez, presidente del CFPBA, quién felicitó a todos los que han trabajado durante estos años para ofrecer una formación permanente y constante. Ale Gomez compartió una parte de la primer acta: «`Hoy empieza una etapa que, entendemos, si ninguna duda va a ser trascendente. El Colegio en su historia no ha tenido una comisión de educación permanente. Es un hecho realmente importante, pero a su vez va a ser importante en tanto y en cuanto tengamos capacidad para hacerla funcionar´. Hoy, treinta años después sigue funcionando. Celebro los treinta años y felicito a todos los que han formado parte desde su comienzo, los que han pasado y quienes están aquí presentes».

Antes de cerrar el encuentro, el Farm. Nicolás Troffe, actual delegado de la Zona LL, ex Consejero provincial, quien durante muchos años coordinó la Comisión Científica y ha sido testigo y protagonista del crecimiento del departamento de educación permanente: «Quisiera agradecerle a las nuevas autoridades y a la gente que ha estado siempre participando en la capacitación, para que me hayan permitido este memento».  Emocionado, Nicolás destacó «…el funcionamiento de la comisión en aquel memento, sin contar con todas las cosas que tenemos hoy. Había todo un trabajo muy intenso. Hoy ya hablamos de virtualidad, en poco tiempo avanzó mucho. Cuando el Colegio funciona, es un conjunto atrás de un objetivo, que es ofrecer una buena capacitación que le llegue al Colega».

Antes de terminal la Farm. Verónica Gregorio agradeció el trabajo de los colegas durante todos estos años y rescató las máximas que siguen vigentes desde los comienzos, También agradeció a la Farm. Graciela Bartuccio por ser una guía y apuntalar este camino. «Llegamos a estos días, donde lo que prevalece es la virtualidad y nos tenemos que manejar de otra manera. Vamos a estar a la altura y hacerlo por más que nos parezca un desafío imposible. Nada nos va a detener. Cada uno en su zona dará lo mejor para convocar a nuevos colegas que participen de la comisión».

Para finalizar escuchamos a la Farm. Graciela Bartuccio, que integra la comisión desde sus inicios y ha trabajado toda la vida desde el Colegio Central para el buen funcionamiento del departamento de actualización permanente.

Graciela recordó aquellos tiempos «…siempre trabajamos pensando en el matriculado que estaba en cada zona y en cada partido. Quisiera que se integre la gente que recién empieza, con quienes ya se están jubilando, para que se nutran mutuamente. Les agradezco todo el afecto y poder haber vuelto a mi lugar».

[mks_button size=»large» title=»MIRÁ LAS IMÁGENES AQUÍ» style=»squared» url=»https://www.colfarma.info/colfarma/imagenes-del-30-aniversario-de-la-comision-provincial-de-educacion-permanente/» target=»_self» bg_color=»#81d742″ txt_color=»#FFFFFF» icon=»» icon_type=»» nofollow=»0″]


[/vc_column_text][vc_column_text css=».vc_custom_1721678538617{border-top-width: 0px !important;border-right-width: 0px !important;border-bottom-width: 10px !important;border-left-width: 0px !important;padding-top: 10px !important;padding-right: 10px !important;padding-bottom: 0px !important;padding-left: 10px !important;background-color: #ffffff !important;}»]

FUNDAMENTOS BÁSICOS DE FORMULACIÓN MAGISTRAL


[/vc_column_text][vc_column_text css=».vc_custom_1721680707723{border-top-width: 0px !important;border-right-width: 0px !important;border-bottom-width: 10px !important;border-left-width: 0px !important;padding-top: 10px !important;padding-right: 10px !important;padding-bottom: 0px !important;padding-left: 10px !important;background-color: #ffffff !important;}»]

El 15 de julio las Farmacéuticas Ale Gomez, Presidente del Colegio Central, y Karina Perrotta, Coordinadora de la Comisión de Biblioteca y el Centro de Información de Medicamentos Farmacéutico (CIMF), compartieron una reunión con Patricia Cerdeira, Subsecretaria de Extensión Universitaria y Bienestar Estudiantil, Ana González, Secretaria de Posgrado y Pablo Evelson, Decano de la Facultad de Farmacia y Bioquímica de la Universidad de Buenos Aires.
Fue una gran oportunidad para dialogar sobre la promoción de las carreras farmacéuticas, las estrategias que la Facultad implementa para despertar el interés de los estudiantes de nivel medio en las carreras de Farmacia y Bioquímica.
También visitaron al Laboratorio de Tecnología Farmacéutica (LATEFA UBA), un espacio fundamental para la formación práctica de nuestros estudiantes.
Fue una reunión muy productiva, en la que se acordó establecer un marco de colaboración para desarrollar acciones conjuntas que beneficien a nuestros graduados, fortaleciendo su inserción laboral y su desarrollo profesional continuo.

Gracias a las autoridades universitarias por promover una agenda conjunta y trabajar futuro de la profesión farmacéutica.


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El jueves 18 de julio se realizó la Cena Anual de Consenso Salud un espacio de información y conversación sobre cuestiones sanitarias.

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Las farmacéuticas Alejandra Gomez, presidente del Colegio Central, y Karina Perrotta, coordinadora de la Comisión de la Biblioteca, se reunieron con el Secretario General de la Asociación Argentina de Farmacias Mutuales y Sindicales, Sr. Carlos Villagra. La red de farmacias mutuales y sindicales ha coexistido con la red Colfarma en el territorio bonaerense, a veces con algunas tensiones que esperan ser resueltas y muchas otras con una agenda compartida de actividades en defensa del trabajo farmacéutico y el modelo sanitario farmacias.


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Ya está abierta la recepción de trabajos científicos para ser expuestos en el XXX Congreso Farmacéutico Argentino.

Por primera vez se realizará en formato de e-posters.🌐

Además el expositor va a obtener una beca.

La recepción de resúmenes cierra el 10 de agosto.

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La Comisión contra la venta ilegal de Productos Farmacéuticos y Delitos Informáticos pone a tu disposición los canales para informar la venta de medicamentos en forma ilegal y cualquier otra anomalía relacionada con el tema. MIRA UNA GUÍA AQUÍ

Si tenes dudas, consultas o información sobre más ilícitos, comunicate con nosotros. No te preocupes, tus datos no serán expuestos, el CFPBA es la persona jurídica denunciante.

[mks_button size=»large» title=»QUIERO DENUNCIAR» style=»squared» url=»https://www.colfarma.info/colfarma/denuncia/» target=»_self» bg_color=»#dd9933″ txt_color=»#FFFFFF» icon=»» icon_type=»» nofollow=»0″]


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Montelukast se vincula con graves trastornos psiquiátricos en niños

En el Reporte de la RPVF N° 268 se detalla que la MHRA, emitió un comunicado con las conclusiones de un informe sobre este tipo de efectos secundarios, anunciando que fortalecería la advertencia en las cajas del medicamento para que los pacientes busquen atención médica urgente de notar cambios en el comportamiento o el estado de ánimo.
Montelukast es un antagonista del receptor de los leucotrienios con acción bloqueadora de la reacción inflamatoria local y de la respuesta alérgica del tracto respiratorio.
Fue aprobado a ambos lados del Atlántico en 1998 para prevenir y tratar el asma desde los seis meses de edad, así como las rinitis alérgicas en adolescentes. La mayoría de presentaciones del medicamento son en forma de comprimidos o granulados.
En el informe de la MHRA se explica que, desde entonces, se han extendido 44 millones de recetas y se han reportado 1.223 reacciones adversas neuropsiquiátricas.
En niños hasta los 12 años, los trastornos más frecuentes son los comportamientos agresivos, las pesadillas y la ansiedad, en adolescentes entre los 13 y los 17 años, la ansiedad, la ideación suicida y la depresión.
En la gran mayoría de pacientes, montelukast «tendrá más beneficios que riesgos» pero los padres deben estar atentos, sobre todo si el niño es pequeño y «puede no saber qué le está pasando», a cambios en el comportamiento, la aparición de tendencia a la agresividad o alteraciones del sueño. «Si es así, será recomendable siempre ponerlo en conocimiento del médico y comunicar la reacción adversa a la Red Provincial de Vigilancia Farmacéutica (RPVF): rpvf@colfarma.org.ar
Para leer el informe ver el Reporte de la RPVF N° 268: https://www.colfarma.info/colfarma/reporte-de-la-rpvf-n-268/

ALERTA DE LA RPVF: PROHIBICIÓN DE REPELENTES Y OTROS PRODUCTOS

Estimados Colegas: transcribimos la siguiente información de ANMAT

PRODUCTOS MEDICOS

DISPOSICION-6233/2024 -ANMAT B.O. 17/07/2024

Prohibir el uso, la comercialización y la distribución en todo el territorio nacional del equipo para medición de TP/RIN, identificado como COAGUCHEK® XS – Roche – Número de serie UP01725696.

Motivo: robo

Fuente: https://www.boletinoficial.gob.ar/detalleAviso/primera/310628/20240717

 


Convocatoria Premios Anuales 2024

 

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Esta semana en el Canal de Noticias de Salud

  • ️𝐈𝐧𝐬𝐮𝐟𝐢𝐜𝐢𝐞𝐧𝐜𝐢𝐚 𝐡𝐞𝐩á𝐭𝐢𝐜𝐚 𝐚𝐠𝐮𝐝𝐚 𝐲 hashtag#𝐡𝐞𝐩𝐚𝐭𝐢𝐭𝐢𝐬 𝐫𝐞𝐥𝐚𝐜𝐢𝐨𝐧𝐚𝐝𝐚𝐬 𝐚 hashtag#𝐩𝐫𝐨𝐩𝐨𝐟𝐨𝐥.
  • Farmacovigilancia Hospitalaria
  • 𝐀𝐜𝐞𝐭𝐚𝐭𝐨 𝐝𝐞 𝐠𝐥𝐚𝐭𝐢𝐫𝐚𝐦𝐞𝐫𝐨 𝐩𝐮𝐞𝐝𝐞 𝐩𝐫𝐨𝐝𝐮𝐜𝐢𝐫 𝐫𝐞𝐚𝐜𝐜𝐢𝐨𝐧𝐞𝐬 𝐚𝐧𝐚𝐟𝐢𝐥á𝐜𝐭𝐢𝐜𝐚𝐬 𝐦𝐞𝐬𝐞𝐬 𝐨 𝐚ñ𝐨𝐬 𝐝𝐞𝐬𝐩𝐮é𝐬 𝐝𝐞𝐥 𝐢𝐧𝐢𝐜𝐢𝐨 𝐝𝐞𝐥 𝐭𝐫𝐚𝐭𝐚𝐦𝐢𝐞𝐧𝐭𝐨
  • La Farmacopea Europea (Ph. Eur.) pone fin a la prueba de pirógenos en conejos
  • Pre-inscripción al Curso Virtual de Introducción a la Gestión de Residuos en Establecimientos de Salud (2024), del Área Técnica de Salvaguarda Ambiental DGPFE
  • Convocatoria del I Premio de la Academia Iberoamericana de Farmacia para estimular la vocación científica farmacéutica
Encontrarás los enlaces a esos contenidos en el Canal de Noticias por WhatsApp, un nuevo espacio del CFPBA para la divulgación científica, actividades, conversatorios, webinars e información de interés para la comunidad farmacéutica. Podés sumarte desde tu celular haciendo clic AQUÍ y en la imagen 👇​

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Imágenes del 30 aniversario de la Comisión Provincial de Educación Permanente

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Proyecto de modificación del reglamento de subsidios del REGLAMENTO DE SUBSIDIOS DEL COLEGIO DE FARMACÉUTICOS DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES

[vc_row][vc_column width=»1/4″][/vc_column][vc_column width=»1/2″][vc_column_text css=»»]El presente proyecto de modificación incluye los artículos 10, 19, 21, 31, 32, 33, 34, 35, 42, 47, 48, 51, 52, 53, 54, 61 y 63.

 

SUBSIDIO DOTAL

Texto original

ARTÍCULO 10: El Subsidio Dotal será entregado a todo matriculado o miembro adherente que cumpla los siguientes requisitos paralelamente: a) Tener 60 años o más a la fecha de solicitud; b) Tener 30 años o más de antigüedad en la matrícula, fehacientemente documentada, continua o discontinua a la fecha de la solicitud; c) Realizar la solicitud entre el 1 de marzo al 31 de marzo del año que lo solicita; d) Cumplir con artículo 18 ley 6.682.

Si hubiera discrepancia con la base de datos del Colegio de Farmacéuticos de la Provincia de Buenos Aires, se solicitará copia legalizada por la autoridad de la filial a la que pertenece. La entrega del Subsidio Dotal se cumplirá en la Asamblea Ordinaria.

Texto propuesto

ARTICULO 10: El Subsidio Dotal será entregado a todo matriculado o miembro adherente que cumpla los siguientes requisitos paralelamente: a) Tener 60 años o más a la fecha de solicitud; b) Tener 30 años o más de antigüedad en la matrícula, fehacientemente documentada, continua o discontinua a la fecha de la solicitud; c) Realizar la solicitud entre el 1 de marzo al 31 de marzo del año que lo solicita; d) cumplir con el art. 18 Ley 6.682.

Si hubiera discrepancia con la base de datos del Colegio de Farmacéuticos de la Provincia de Buenos Aires, se solicitará copia legalizada por la autoridad de la filial a la que pertenece.

La entrega del Subsidio Dotal se cumplirá en la Asamblea Ordinaria.

Este subsidio se financiará con el aporte adicional mensual obligatorio a cargo de todos los matriculados y miembros adherentes equivalente al 0,10% de la Remuneración Básica Mínima Mensual propuesta por el Colegio de Farmacéuticos de la Provincia de Buenos Aires para los Directores Técnicos.

 

SUBSIDIO POR INTERVENCIÓN QUIRÚRGICA

Texto original

ARTÍCULO 19: El subsidio por intervención quirúrgica se otorgará a aquellos matriculados o miembros adherentes que cuenten con una antigüedad mínima continua e ininterrumpida en la matrícula de doce (12) meses a partir de su inscripción o reinscripción en la misma, pudiendo el H. Consejo Directivo otorgarlo en casos de Intervenciones de Urgencias, sin necesidad de respetar este período de carencia.

Texto propuesto

ARTICULO 19: El Subsidio de Intervención Quirúrgica se otorgará a aquellos matriculados o miembros adherentes que cuenten con una antigüedad mínima continua e ininterrumpida en la matrícula de doce (12) meses a partir de su inscripción o reinscripción en la misma, pudiendo el Honorable Consejo Directivo otorgarlo en casos de intervenciones de urgencias, sin necesidad de respetar este período de carencia.

Este subsidio se financiará con el aporte adicional mensual obligatorio a cargo de todos los matriculados y miembros adherentes equivalente al 0,04% de la Remuneración Básica Mínima Mensual propuesta por el Colegio de Farmacéuticos de la Provincia de Buenos Aires para los Directores Técnicos.

 

Texto original

ARTÍCULO 21: Para fijar el valor tope a reintegrar en concepto de intervención quirúrgica se tomará como referencia el Nomenclador Nacional de la Confederación Médica de la República Argentina (COMRA).

Tomando como base el mismo, se considerará el último valor publicado por la COMRA y se le aplicará el índice de inflación (INDEC) desde su valoración por la COMRA, hasta el del mes inmediato anterior a la fecha de factura de la prestación efectuada. El índice de inflación (IPC) mensual estará disponible en la web del Colegio de Farmacéuticos de la Prov. Bs. As. en el sector subsidios. Para considerar este reintegro, se tendrá en cuenta únicamente lo efectivamente abonado por el Farmacéutico, con recibo original que lo acredite. Sin perjuicio de lo antes dispuesto, el total de la suma a liquidar en concepto de subsidio por intervención quirúrgica, no podrá superar los $67.500.- para nivel de complejidad del 1 al 4; siendo facultad de la Comisión de Subsidios autorizar hasta $115.000.- cuando la intervención quirúrgica sea de nivel de complejidad 5 o 6, y hasta $154.700.- en los casos que el nivel de complejidad 7, siempre según Nomenclador COMRA. En los casos de ser necesaria la colocación de una prótesis, su valor será reconocido, no pudiendo superar el valor de $ 130.800. También se reconocerán las siguientes erogaciones: Implantes dentales según Nomenclador del Consejo Superior Colegio de Odontólogos de la Provincia de Buenos Aires (COSUCOBA) último publicado por la COSUCOBA y se le aplicará el índice de inflación (IPC del INDEC) desde su valoración por la COSUCOBA, hasta el del mes inmediato anterior a la fecha de factura de la prestación efectuada. El índice de inflación mensual estará disponible en la web del Colegio de Farmacéuticos de la Prov. Bs. As. en el sector subsidios y se reconocerá hasta un tope máximo de $ 10.127.-por cada pieza dentaria. Operación de vista con rayo láser u otro método similar según Nomenclador Nacional del Consejo Argentino de Oftalmología (CAO) último publicado por la CAO y se le aplicará el índice de inflación (IPC del INDEC) desde su valoración por la CAO, hasta el del mes inmediato anterior a la fecha de factura de la prestación efectuada. El índice de inflación mensual estará disponible en la web del Colegio de Farmacéuticos de la Prov. Bs. As. en el sector subsidios y su valor será reconocido hasta un tope máximo de $ 41.267.- por cada ojo por única vez. Cobertura en audífonos hasta $ 56.000.- Tratamientos radiantes oncológicos, estableciéndose para los mismos, un tope anual de $100.000.- Traslados para tratamientos oncológicos, se deberá presentar documentación respaldatoria del gasto, estableciéndose un tope anual de $ 38.500.

En caso de ser necesario el uso de material descartable, se reconocerá hasta el 50% del valor estipulado como máximo para el nivel de complejidad 1 según Nomenclador COMRA. La actualización de los valores precedentemente mencionados, será realizada aplicando los índices de inflación IPC del INDEC. En todos los casos, el Colegio retendrá el monto correspondiente a la deuda que el farmacéutico posea con la Institución a la fecha de solicitud del Subsidio. Las excepciones a los montos establecidos en este artículo serán autorizadas previamente por el Consejo Directivo mediante resolución fundada.

Texto propuesto

ARTÍCULO 21: Para fijar el valor tope a reintegrar en concepto de intervención quirúrgica se tomará como referencia el Nomenclador Nacional de la Confederación Médica de la República Argentina (COMRA).

Tomando como base el mismo, se considerará el último valor publicado por la COMRA y se le aplicará el índice de inflación (INDEC) desde su valoración por la COMRA, hasta el del mes inmediato anterior a la fecha de factura de la prestación efectuada. El índice de inflación (IPC) mensual estará disponible en la web del Colegio de Farmacéuticos de la Prov. Bs. As. en el sector subsidios. Para considerar este reintegro, se tendrá en cuenta únicamente lo efectivamente abonado por el Farmacéutico, con recibo original que lo acredite. Sin perjuicio de lo antes dispuesto, el total de la suma a liquidar en concepto de subsidio por intervención quirúrgica, no podrá superar los $ 481.302 para nivel de complejidad del 1 al 4; siendo facultad de la Comisión de Subsidios autorizar hasta $ 819.996 cuando la intervención quirúrgica sea de nivel de complejidad 5 o 6, y hasta $ 1.103.072 en los casos que el nivel de complejidad 7, siempre según Nomenclador COMRA. En los casos de ser necesaria la colocación de una prótesis, su valor será reconocido, no pudiendo superar el valor de $ 932.656. También se reconocerán las siguientes erogaciones: a) Implantes dentales según Nomenclador del Consejo Superior Colegio de Odontólogos de la Provincia de Buenos Aires (COSUCOBA) último publicado por la COSUCOBA y el monto que se reconocerá no será superior al 20% de la Remuneración Básica Mínima de Director Técnico, y b) por cada pieza dentaria, con un tope de 2 piezas por año calendario, se reconocerá hasta un tope máximo del 20% de la Remuneración Básica Mínima de Director Técnico. Se reconocerá la operación de vista con rayo láser u otro método similar según Nomenclador Nacional del Consejo Argentino de Oftalmología (CAO) último publicado por la CAO y se le aplicará el índice de inflación (IPC del INDEC) desde su valoración por la CAO, hasta el del mes inmediato anterior a la fecha de factura de la prestación efectuada. El índice de inflación mensual estará disponible en la web del Colegio de Farmacéuticos de la Prov. Bs. As. en el sector subsidios y su valor será reconocido hasta un tope máximo de $ 294.233 por cada ojo por única vez. Cobertura en audífonos hasta $ 399.302.- Tratamientos radiantes oncológicos, estableciéndose para los mismos, un tope anual de $ 713.040. Traslados para tratamientos oncológicos, se deberá presentar documentación respaldatoria del gasto, estableciéndose un tope anual de $ 274.520.

En caso de ser necesario el uso de material descartable, se reconocerá hasta el 50% del valor estipulado como máximo para el nivel de complejidad 1 según Nomenclador COMRA. La actualización de los valores precedentemente mencionados, será realizada aplicando los índices de inflación IPC del INDEC. En todos los casos el Colegio retendrá el monto correspondiente a la deuda que el farmacéutico posea con la Institución a la fecha de solicitud del Subsidio. Las excepciones a los montos establecidos en este artículo serán autorizadas previamente por el Consejo Directivo mediante resolución fundada.

 

SUBSIDIO POR MATERNIDAD

Texto original

ARTICULO 31: Establécese un subsidio por maternidad para profesionales farmacéuticas con matrícula otorgada por el Colegio de Farmacéuticos de la Provincia de Buenos Aires. Este subsidio tiene por objeto ayudar a la farmacéutica, a cubrir los gastos por contratar un/a profesional farmacéutico reemplazante. Quedan excluidas de este beneficio las farmacéuticas que revisten en la categoría de voluntaria.

Texto propuesto

ARTICULO 31: Establécese un subsidio por maternidad para las/los profesionales con matrícula otorgada por el Colegio de Farmacéuticos de la Provincia de Buenos Aires. Este subsidio tiene por objeto ayudar al/la matriculado/a, a cubrir los gastos por contratar un/a profesional farmacéutico reemplazante, debiendo realizar el trámite correspondiente ante nuestra entidad y ante la autoridad sanitaria provincial. Quedan excluidas de este beneficio quienes se encuentren registrados en la categoría de voluntaria al momento del nacimiento.

 

Texto original

ARTÍCULO 32: El Subsidio se otorgará a aquellas matriculadas que a la fecha de nacimiento del hijo/a, cuenten con una antigüedad mínima continua e ininterrumpida en la matrícula profesional de un año a partir de la inscripción o transcurridos como mínimo un año desde el momento de la reinscripción.

Texto propuesto

ARTÍCULO 32: El Subsidio se otorgará a aquellos/as matriculados/as que a la fecha de nacimiento del hijo/a, cuenten con una antigüedad mínima continua e ininterrumpida en la matrícula profesional de un año a partir de la inscripción o transcurridos como mínimo un año desde el momento de la reinscripción.

 

Texto original

ARTÍCULO 33: Para que la farmacéutica matriculada al Colegio de Farmacéuticos de la Provincia de Buenos Aires, pueda beneficiarse con este Subsidio, deberá acreditar previamente: a) la realización del trámite de suplencia por parte del nuevo farmacéutico, que indefectiblemente implique un aumento de la planta del personal; b) también dentro de los sesenta (60) días de producido el nacimiento acompañar fotocopia legalizada del Certificado que acredite el nacimiento. En caso de adopción la farmacéutica deberá presentar fotocopia autenticada del certificado de guarda provisoria del menor, extendido por el Tribunal que corresponda y c) el recibo de sueldo del farmacéutico que designe en su reemplazo (con la debida constancia de alta temprana), el que deberá ser designado al efecto, no correspondiendo el otorgamiento de este subsidio, cuando el auxiliar sea de la planta permanente del personal del establecimiento farmacéutico. 

Texto propuesto

ARTÍCULO 33: Para que el/la farmacéutico/a matriculado/a al Colegio de Farmacéuticos de la Provincia de Buenos Aires pueda beneficiarse con este Subsidio deberá acreditar previamente: a) la realización del trámite de suplencia por parte del nuevo farmacéutico, que indefectiblemente implique un aumento de la planta del personal; b) también dentro de los noventa (90) días de producido el nacimiento acompañar fotocopia legalizada del Certificado que acredite el nacimiento. En caso de adopción el/la farmacéutico/a deberá presentar fotocopia autenticada del certificado de guarda provisoria del menor extendido por el Tribunal que corresponda y c) el recibo de sueldo del/la farmacéutico/a que designe en su reemplazo (con la debida constancia de alta temprana), el que deberá ser designado al efecto, no correspondiendo el otorgamiento de este subsidio, cuando el auxiliar sea de la planta permanente del personal del establecimiento farmacéutico. El subsidio se otorgará por cada cierre de establecimiento o por cada asunción de director técnico reemplazante, independientemente si el nacimiento o adopción ha sido múltiple y si es solicitado por ambos progenitores o adoptantes farmacéuticos.

 

Texto original

ARTÍCULO 34: El importe del Subsidio se otorgará de acuerdo al valor propuesto por el Honorable Consejo Directivo para un farmacéutico reemplazante por un mes, más lo que corresponda por cargas sociales del empleador, manteniéndose el mismo monto en el caso de nacimientos múltiples o adopciones simultáneas y se solventará con los excedentes mensuales de los Subsidios por Intervención Quirúrgica y por Fallecimiento. Este subsidio igualmente se abonará cuando la farmacéutica, decida optar por cerrar el establecimiento farmacéutico, con comunicación fehaciente al Colegio de Farmacéuticos y al Ministerio de Salud, y el pago se hará en proporción a los días que cierre. En caso de optar por el cierre no se abonará la parte correspondiente a las cargas sociales, debiéndolo hacer en los términos del Art. 8 de la Ley 10.606. 

Texto propuesto

ARTÍCULO 34: El importe del Subsidio se otorgará de acuerdo al valor propuesto por el Honorable Consejo Directivo para un farmacéutico reemplazante por un mes, más lo que corresponda por cargas sociales del empleador, manteniéndose el mismo monto en el caso de nacimientos múltiples o adopciones simultáneas y se solventará con los excedentes mensuales de los Subsidios por Intervención Quirúrgica y por Fallecimiento. Este subsidio igualmente se abonará cuando la/el profesional, decida optar por cerrar el establecimiento farmacéutico, con comunicación fehaciente al Colegio de Farmaceuticos y al Ministerio de Salud, y el pago se hará en proporción a los días que cierre. En caso de optar por el cierre no se abonará la parte correspondiente a las cargas sociales.

 

Texto original

ARTÍCULO 35: Las matriculadas para ser beneficiarias del presente subsidio deberán cumplir con el Artículo 18 de la Ley 6.682 de la Provincia de Buenos Aires, como así también su reemplazante. 

Texto propuesto

ARTÍCULO 35: Las/los matriculadas/os para ser beneficiarias/os del presente subsidio deberán cumplir con el Artículo 18 de la Ley 6.682 de la Provincia de Buenos Aires, como así también su reemplazante.

 

SUBSIDIO POR RETIRO

Texto original

ARTÍCULO 42: Se otorgará un subsidio de retiro a los matriculados adherentes en este colegio, que al momento de acceder a su baja a la matrícula para obtener la jubilación ordinaria o extraordinaria cuenten con una antigüedad mínima en la matrícula profesional de siete años y haya transcurrido al menos un año desde el momento de su última reinscripción. Quedan exceptuados del último requisito aquellos farmacéuticos que cuenten como mínimo con 30 años de antigüedad como matriculados al momento de acceder a su Jubilación.

Aquel Farmacéutico que no desee recibir este subsidio, deberá realizar una solicitud de rechazo al momento de presentar la renuncia a la matrícula para obtener su jubilación. 

Texto propuesto 

ARTÍCULO 42: Se otorgará un subsidio de retiro a los miembros adherentes a este Colegio, que al momento de acceder a su baja a la matrícula para obtener la jubilación ordinaria o extraordinaria cuenten con una antigüedad mínima en la matrícula profesional de siete años y haya transcurrido al menos un año desde el momento de su última reinscripción. Quedan exceptuados del último requisito aquellos farmacéuticos que cuenten como mínimo con 30 años de antigüedad como matriculados al momento de acceder a su Jubilación.

Aquel Farmacéutico que no desee recibir este subsidio, deberá realizar una solicitud de rechazo al momento de presentar la renuncia a la matrícula para obtener su jubilación.

 

SUBSIDIO POR CATÁSTROFE

Texto original:

ARTÍCULO 47: Se otorgará un Subsidio por Catástrofe a todos los farmacéuticos matriculados. Este subsidio cubrirá únicamente los eventos de caso fortuito o fuerza mayor que revistan carácter extraordinario. 

Texto propuesto:

ARTÍCULO 47: Se otorgará un Subsidio por Catástrofe a todos los farmacéuticos matriculados, quedando excluidos del mismo los miembros adherentes a nuestro Colegio. Este subsidio cubrirá únicamente los eventos de caso fortuito o fuerza mayor que revistan carácter extraordinario y se reconocerá solo un evento por año por cada solicitante, y por inmueble, en el caso del domicilio particular, aunque en el mismo convivan dos o más matriculados.

 

Texto original:

ARTÍCULO 48: El fondo existente será repartido en partes iguales entre todos los damnificados solicitantes, afectados en sus domicilios particulares o en los establecimientos farmacéuticos en los cuales desarrollan su ejercicio profesional según consta en nuestros registros a la fecha de ocurrir el evento de catástrofe. En caso que el valor total de los daños exceda la cantidad establecida en el fondo previsto en el párrafo que antecede, se repartirá a prorrata. 

Texto propuesto:

ARTÍCULO 48: El fondo existente será repartido en partes iguales entre todos los damnificados solicitantes, afectados en sus domicilios particulares o en los establecimientos farmacéuticos en los cuales desarrollan su ejercicio profesional, debiendo ser únicos propietarios de los mismos y encontrarse ello registrado ante nuestro Colegio a la fecha de ocurrir el evento de catástrofe. En caso que el valor total de los daños exceda la cantidad establecida en el fondo previsto en el párrafo que antecede, se repartirá a prorrata.

 

Texto original:

ARTÍCULO 51: A los efectos de incrementar el fondo a distribuir, los matriculados harán un aporte mensual de 0,01% del honorario farmacéutico. 

Texto propuesto:

ARTÍCULO 51: A los efectos de incrementar el fondo a distribuir, los matriculados harán un aporte mensual de 0,01% de la remuneración básica mínima mensual del Director Técnico propuesta por el Colegio de Farmacéuticos de la Provincia de Buenos Aires.

 

Texto original:

ARTÍCULO 52: Para acceder al Subsidio el farmacéutico solicitante deberá denunciar el daño dentro de los 30 días corridos de ocurrida la catástrofe. El Consejo Directivo queda facultado para efectuar el relevamiento de los daños que se reclamen en base a este Subsidio, designando expertos sobre la materia para tal fin, tanto en los establecimientos farmacéuticos como en los domicilios particulares. Cuando se reclamen daños en los domicilios particulares, este debe coincidir con el denunciado en el Colegio de Farmacéuticos de la Provincia de Buenos Aires al momento de producirse la catástrofe. 

Texto propuesto:

ARTÍCULO 52: Para acceder al Subsidio el farmacéutico solicitante deberá denunciar el daño dentro de los 45 (cuarenta y cinco) días corridos de ocurrida la catástrofe. El Consejo Directivo queda facultado para efectuar el relevamiento de los daños que se reclamen en base a este Subsidio, designando expertos sobre la materia para tal fin, tanto en los establecimientos farmacéuticos como en los domicilios particulares. Cuando se reclamen daños en los domicilios particulares, este debe coincidir con el denunciado en el Colegio de Farmacéuticos de la Provincia de Buenos Aires al momento de producirse la catástrofe.

 

Texto original:

ARTÍCULO 53: La condición o estado de catástrofe será determinada por el Consejo Directivo juntamente con las Filiales del Colegio de Farmacéuticos de la Provincia de Buenos Aires, con los elementos probatorios que estime conveniente evaluar y de acuerdo con el art. 1730 del Código Civil y Comercial. 

Texto propuesto:

ARTÍCULO 53: La condición o estado de catástrofe será determinada por el Consejo Directivo juntamente con las Filiales del Colegio de Farmacéuticos de la Provincia de Buenos Aires, con los elementos probatorios que estime conveniente evaluar y de acuerdo con el art. 1730 del Código Civil y Comercial. No se considerará a estos efectos las pérdidas de medicamentos o demás productos destinados al arte de curar que se dispensen en la oficina farmacéutica.

 

SUBSIDIO POR NACIMIENTO/ADOPCIÓN

Texto original

ARTÍCULO 54: El subsidio por nacimiento o adopción, se abonará a los profesionales farmacéuticos matriculados que ejercen en el ámbito de la provincia de Buenos Aires como directores técnicos, co-directores técnicos, auxiliares, con dispone  o designación de acuerdo a lo que conste en nuestros registros al momento de la solicitud. Para solicitar este subsidio los profesionales deberán de contar con un año en la matrícula y deberán solicitarlo dentro de los 60 días posteriores al nacimiento o adopción. 

Texto propuesto

ARTICULO 54: El subsidio por nacimiento o adopción, se abonará a los profesionales farmacéuticos matriculados que ejercen en el ámbito de la Provincia de Buenos Aires como directores técnicos, co-directores técnico o auxiliares, con disposición o designación, de acuerdo a lo que conste en nuestros registros al momento de la solicitud. Para solicitar este subsidio los profesionales deberán contar con un año de matrícula y deberán solicitarlo dentro de los 90 (noventa) días posteriores al nacimiento o adopción. El subsidio se otorgará por hijo/a nacido o adoptado y solo a uno de los progenitores o adoptantes, aunque ambos sean matriculados en nuestra entidad.

 

SUBSIDIO POR AYUDA A LA PARENTALIDAD

Texto original:

ARTICULO 61:  El/la colega  cuyo hijo concurra a Guardería habilitada o haya contratado  un cuidador, según normas legales, tiene derecho a una ayuda mensual equivalente al seis por ciento (6%) de las remuneraciones básicas mínimas mensuales de un farmacéutico Director Técnico, según el valor propuesto por el Honorable Consejo Directivo al día de pago de este beneficio, independientemente de lo efectivamente abonado por el farmacéutico en el cuidado del menor y bajo cualquiera de las modalidades de cuidado de parentalidad. 

Texto propuesto:

ARTICULO 61: El/la colega cuyo hijo concurra a Guardería habilitada o haya contratado un cuidador, según normas legales, tiene derecho a una ayuda mensual equivalente al  seis por ciento (6%) de las remuneraciones básicas mínimas mensuales de un farmacéutico Director Técnico, según el valor propuesto por el Honorable Consejo Directivo al día de pago de este beneficio, independientemente de lo efectivamente abonado por el farmacéutico en el cuidado del/la menor y bajo cualquiera de las modalidades de cuidado de parentalidad.

 

Texto original:

ARTÍCULO 63: La ayuda le corresponde por cada niño, que acredite filiación con el solicitante, dentro del rango de edad de 4 (cuatro) meses hasta cumplir los 3 (tres) años. Esta ayuda corresponde también a niños con guarda judicial por adopción desde la sentencia que lo reconozca. 

Texto propuesto:

ARTICULO 63: La ayuda le corresponde a cada niño/a, que acredite filiación con el solicitante, dentro del rango de edad de 45 (cuarenta y cinco) días de vida hasta los 3 (tres) años. Esa ayuda corresponde también a niños/as con guarda judicial por adopción desde la sentencia que lo reconozca. El subsidio solo puede ser solicitado por un solo progenitor o adoptante, aunque ambos se encuentren matriculados.[/vc_column_text][/vc_column][vc_column width=»1/4″][/vc_column][/vc_row]

CONVOCATORIA Asamblea General Ordinaria de la Institución

ImagenConvocatoriaAsambleaAnual2024

[vc_row][vc_column width=»1/4″][/vc_column][vc_column width=»1/2″][vc_single_image image=»68781″ img_size=»full» alignment=»center» css=»»][vc_column_text css=»»]Se convoca a los Farmacéuticos matriculados en el Colegio de Farmacéuticos de la Provincia de Buenos Aires a la Asamblea General Ordinaria de la Institución, la que se realizará el sábado 27 de julio de 2024, a las 14:00 horas en calle 5 Nº 966 de La Plata, sede de nuestra entidad, a efectos de considerar el siguiente orden del día:

ORDEN DEL DÍA

1º.- Lectura y consideración del Acta de la Asamblea General Ordinaria anterior. –

2º.- Entrega de Subsidios Dotales. –

3º.- Consideración de la Memoria y Balance del Ejercicio 2023-2024.-

[mks_button size=»large» title=»VER MEMORIA Y BALANCE» style=»squared» url=»https://www.colfarma.info/colfarma/wp-content/uploads/MemoriaBalance2024v1.pdf» target=»_blank» bg_color=»#000000″

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4º.- Consideración de las cuotas sociales y de previsión. –

5º.- Consideración de otorgamiento de autorización al Consejo Directivo del Colegio de Farmacéuticos de la Provincia de Buenos Aires a promover las acciones judiciales contra el Estado Nacional por el Dictado del DNU 70/2023 u otra norma similar que podría afectar las normas sanitarias provinciales y el ejercicio profesional farmacéutico. –

6°. – Modificación parcial del Reglamento del Colegio de Farmacéuticos de la Provincia de Buenos Aires vigente, conforme al siguiente detalle: arts. 28, 31, 55, 57, 60, 62, 71 y 85. –

[mks_button size=»large» title=»VER AQUÍ LAS MODIFICACIONES PROPUESTAS» style=»squared» url=»https://www.colfarma.info/colfarma/proyecto-de-modificacion-del-reglamento-del-colegio-de-farmaceuticos-de-la-provincia-de-buenos-aires-aprobado-por-asamblea-general-ordinaria-del-28-7-18/» target=»_self» bg_color=»#000000″ txt_color=»#FFFFFF» icon=»» icon_type=»» nofollow=»0″]

7° –  Modificación parcial del Reglamento de Subsidios del Colegio de Farmacéuticos de la Provincia de Buenos Aires vigente, conforme el siguiente detalle: arts. 10, 19, 21, 31, 32, 33, 34, 35, 42, 47, 48, 51, 52, 53, 54, 61 y 63.-

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Resoluciones Consejo Directivo 2023/24

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Talonarios de Recetas por Triplicado para Estupefacientes

[vc_row][vc_column width=»1/4″][/vc_column][vc_column width=»1/2″][vc_column_text css=»»]Estimados colegas,

Por medio de la presente, se comunica una importante actualización en la gestión de los talonarios de recetas por triplicado de movimiento interno de estupefacientes para clínicas, sanatorios y hospitales.

A partir de ahora, de acuerdo a lo informado por la Dirección de Farmacia del MS de la PBA cada establecimiento hospitalario deberá imprimir sus propios comprobantes de movimientos internos de estupefacientes. Para garantizar la correcta gestión, los formularios incluirán, los siguientes datos:

– Fecha

– Nombre y apellido del paciente

– DNI / Historia Clínica

– Rp/ y dosis

– Nombre, apellido, Matrícula Profesional (M.P.) y firma del médico

Este formulario será el documento que avala la salida y verifica el destino del medicamento. Cada movimiento será registrado en el libro correspondiente y los comprobantes serán archivados por un período de 2 años, firmados por el/la farmacéutico/a director/a técnico/a del establecimiento.

Para facilitar la implementación, se adjunta en  anexo,  un modelo de talonario para su impresión desde cada establecimiento.

[mks_button size=»large» title=»DESCARGAR PLANILLA» style=»squared» url=»https://www.colfarma.info/colfarma/wp-content/uploads/Recetas-Triplicado-Estupefacientes.pdf» target=»_self» bg_color=»#1e73be» txt_color=»#FFFFFF» icon=»» icon_type=»» nofollow=»0″]

Cualquier consulta sobre la gestión de estupefacientes o psicotrópicos puede ser dirigida al siguiente correo electrónico: psicotropicos@ms.gba.gov.ar

Agradecemos su colaboración y compromiso para garantizar el cumplimiento de esta nueva normativa.

Atentamente,

Farm. Rosana Vuan
Coordinadora Comisión de Hospital

[/vc_column_text][/vc_column][vc_column width=»1/4″][/vc_column][/vc_row]