Cannabis: “como farmacéutico me tengo que centrar en las propiedades medicinales y el alivio que puede aportar a muchas patologías que ya son resistentes a la farmacología convencional”

Silvia Godoy, consejera del CFPBA y especialista en este tema, aclaró algunos puntos en relación al reconocimiento de la ONU al valor medicinal de la planta y la importancia que esto conlleva, además del decreto 883/2020 para las Farmacias.

 

El pasado 12 de noviembre, a través de la publicación en el boletín del Decreto 883/2020, se reglamentó la Ley 27.350 “Investigación Médica y Científica de Uso Medicinal de la Planta de Cannabis y sus derivados”. Esto favorece el acceso de los pacientes que cuenten con prescripción médica al aceite de cannabis y a los distintos productos que deriven del uso medicinal de la planta. En tanto, los farmacéuticos del país podrán, además de dispensar, preparar formulaciones magistrales.

A esta buena noticia, se le sumó el reconocimiento oficial de la ONU a las propiedades medicinales del cannabis. Esto implica retirar a la planta y su resina de la Lista IV de la convención sobre drogas de 1961, lo cual significa el reconocimiento de su utilidad médica y la posibilidad de avanzar en investigaciones en relación a sus propiedades.

¿Por qué es importante que la ONU haya retirado al cannabis de Lista IV de la Convención sobre drogas? ¿Qué implicancias tiene para las Farmacias?

Es importante principalmente porque la OMS ha reconocido propiedades medicinales en el cannabis.

Está incluido en dos de las cuatro listas de la Convención de 1961: la Lista I, que incluye sustancias adictivas, de uso indebido y sus precursores junto con el opio y la heroína; y la Lista IV, reservada a drogas particularmente peligrosas con estricto control, allí también está la heroína, y drogas con escaso o nulo valor terapéutico. Al haberse realizado la votación y haber logrado mayoría para retirarla de la Lista IV, se podría dar curso para la investigación médica y científica con Cannabis, que ha demostrado resultados en Epilepsia refractaria, dolor crónico, cuidados paliativos, espectro autista, espasticidad en esclerosis múltiple entre otros.

Ahora se deberían presentar ensayos y evidencia científica, como pide la Convención del 1961 entre otros, pero ya está el camino allanado.

En relación a la reciente legalización del autocultivo para fines medicinales, algunos farmacéuticos han preguntado de dónde obtendrían las plantas para fabricar el aceite ¿Qué respuesta les daría?

En los primeros días de noviembre se promulgó por el Poder Ejecutivo de Nación el Reglamento 883/2020 de la Ley 27350, ahora bien, cada provincia tiene que adherir total o parcialmente y el órgano de aplicación, por ejemplo, Ministerio de Salud, y otras instituciones como el INTA, INASE, regularán la adquisición y dispensa tanto de especialidades medicinales nacionales, que ya están en planta de elaboración, como la compra de droga vegetal seca, en este caso flores.

Para el autocultivo hay que registrarse a partir de “un paciente con una indicación médica”, si el farmacéutico quiere cultivar para obtener las flores, veremos qué se regula al respecto. Generalmente compramos las drogas vegetales como extracto seco o tinturas, no las cultivamos, pero puede ser la inquietud de algún colega.

Aquí queremos incorporar la figura del API (Ingrediente farmacéutico activo) que es el principio activo, por ejemplo, de CBD y, de allí, podría ser el camino del cual partir. Desde las Instituciones estamos evaluando este nuevo Servicio Farmacéutico, su importación, la farmacotécnica normatizada, entre otros, para que cualquier colega que desee hacer la preparación encuentre el circuito y la técnica posible para una farmacia oficinal.

 ¿Qué diría a quienes piensan que esta decisión de la ONU banaliza el consumo y que el cannabis puede producir daños a la salud?

Como farmacéutico me tengo que centrar en el Cannabis como medicamento, en las propiedades medicinales y el alivio que puede aportar a muchas patologías que ya son resistentes a la farmacología convencional o puede servir como adyuvante o disminuir dosis de fármacos como la Morfina o anticonvulsivos y a aumentar la calidad de vida.  El médico prescriptor evaluará el riesgo/ beneficio.

Aquí tendremos un principio activo o dos:  CBD, sobre todo y THC, controlados. Veremos cómo se regula a partir de las flores secas.

Se verá a largo plazo los daños cognitivos u otros ahora que se podrá realizar estudios.  No hay fármaco inocuo, pienso nuevamente en morfina, anticonvulsivos, antipsicóticos y analgésicos.

Es el Estado quien debe controlar, fiscalizar y fijar los parámetros para que, quien lo necesite como medicina, se le pueda proveer y, si se banaliza el consumo, también es el Estado el que debe estar presente.

Hasta ahora la investigación médica con Cannabis era posible de forma limitada, ya que la inclusión en la Lista IV actuaba como freno para muchos laboratorios debido a las restricciones y los diferentes criterios legales aplicados en cada país. La Argentina ya decidió en noviembre legalizar el autocultivo de marihuana para uso medicinal y permitirá la venta de aceites, cremas y otros derivados de la planta con fines terapéuticos amparándose en la recomendación de la OMS que ahora ha sido oficialmente adoptada.

 

 

ALERTA DE LA RPVF 09/12/2020: Vacunas para SARS-CoV-2 con documentación en proceso

La Plata, 09 de DICIEMBRE de 2020 – farmaceuticos@colfarma.org.arwww.colfarma.org.ar


Red Provincial de Vigilancia Farmacéutica
Colegio de Farmacéuticos de la Pcia. de Bs. As.

09/12/2020 Las alertas de la RPVF son preparadas para ser interpretadas por Farmacéuticos y otros profesionales de la salud.
Se autoriza la reproducción del presente alerta, citando la fuente.


Estimados colegas: transcribimos la siguiente comunicación de ANMAT

 

Vacunas para SARS-CoV-2 con documentación en proceso de presentación para su registro

 

ANMAT pone a disposición la lista de titulares que han comenzado a presentar documentación para el registro de la vacuna para SARS-CoV-2.

Publicado el viernes 04 de diciembre de 2020


Listado actualizado de titulares de productos que han comenzado a presentar la documentación necesaria para el registro de su vacuna para el SARS-CoV-2:

  • Janssen Cilag Farmacéutica S.A, nombre: JANSSEN COVID 19 VACCINE
    Fecha de comienzo de presentación de documentación: 04 de diciembre de 2020
  • PFIZER S.R.L, nombre: VACUNA DE ARN DEL SARS-COV-2
    Fecha de comienzo de presentación de documentación: 02 de diciembre de 2020
  • HLB Pharma Group, nombre: SPUTNIK V
    Fecha de comienzo de presentación de documentación: 02 de noviembre de 2020
  • Astra Zéneca S.A., nombre AZD-1222
    Fecha de comienzo de presentación de documentación: 05 de octubre de 2020

Fuente: https://www.argentina.gob.ar/noticias/vacunas-para-sars-cov-2-con-documentacion-en-proceso-de-presentacion-para-su-registro

 

El CIMF recomienda: El Reino Unido autorizó la vacuna de Pfizer y BioNTech contra el COVID-19 y comenzará a aplicarla desde el próximo lunes

El director de la farmacéutica calificó el anunció como “histórico”

 

Los reguladores británicos han aprobado la vacuna contra el COVID-19 desarrollada por la empresa estadounidense Pfizer y su socio alemán BioNTech para su uso en el Reino Unido y comenzarán aplicarla desde el próximo lunes a los grupos de mayor riesgo.

Con el visto bueno de la Agencia Reguladora de Productos Sanitarios y Médicos (MHRA, por sus siglas en inglés), el Reino Unido se convierte en el primer país del mundo en iniciar la vacunación de la población contra el coronavirus la próxima semana, según informó este miércoles el Ministerio británico de Sanidad.

En los ensayos clínicos, de los que se informó en las últimas semanas, la vacuna ha demostrado ser un 95% efectiva y con buenos resultados para todas las personas, tanto jóvenes como ancianos.

“El Gobierno ha aceptado hoy la recomendación de la Agencia Reguladora de Productos Sanitarios y Médicos (MHRA) de aprobar para su uso la vacuna contra el COVID-19 Pfizer/BioNTech. Esto sigue a meses de rigurosos ensayos clínicos y un exhaustivo análisis sobre los datos por parte de los expertos de la MHRA”, señaló un comunicado divulgado por el Ministerio de Sanidad.

Los expertos del organismo regulador “han concluido que la vacuna cumple con los estrictos niveles de seguridad, calidad y efectividad”, añadió la nota.

El ministro británico de Sanidad, Matt Hancock, dijo este miércoles en su cuenta de Twitter que “la ayuda está de camino” y agregó que la Sanidad británica (NHS, en inglés) está preparada para “empezar a vacunar a principios de la próxima semana”.

El Reino Unido es el primer país del mundo que cuenta con una vacuna aprobada clínicamente para su suministro”, agregó.

Se espera que el llamado Comité Conjunto sobre Vacunación e Inmunización (JCVI, en inglés) publique su recomendación sobre qué grupos serán los primeros en recibir la vacuna, pero se espera que sean los ancianos y el personal sanitario.

El director ejecutivo de Pfizer, Albert Bourla, calificó la decisión británica de “un momento histórico”.

“Nos estamos centrando en avanzar con el mismo nivel de urgencia para suministrar de forma segura una vacuna de alta calidad en todo el mundo”, afirmó Bourla en un comunicado.

El Reino Unido ha alcanzado un acuerdo con la farmacéutica Pfizer para la compra de cuarenta millones de dosis.

Por otra parte, el laboratorio estadounidense Pfizer y su socio alemán BioNTech anunciaron este martes que habían solicitado la aprobación regulatoria de la UE para su vacuna COVID-19, lo que aumenta las esperanzas de que los primeros pinchazos puedan ser administrados en diciembre.

Las dos compañías dijeron en un comunicado que el lunes habían presentado una solicitud a la Agencia Europea de Medicamentos (EMA) “para la Autorización Condicional de Comercialización (AMC)” de su vacuna, después de que las pruebas mostraran que era 95 por ciento efectiva contra el nuevo coronavirus.

Si se aprueba, la vacuna BNT162b2 podría potencialmente ser lanzada “en Europa antes de finales de 2020”, según el comunicado.

La medida se produce un día después de que su competidor Moderna dijera que estaba pidiendo a los reguladores de EEUU y Europa que permitieran el uso de emergencia de su vacuna COVID-19. La presentación de Pfizer/ BioNTech ante las autoridades de EEUU fue realizada el 20 de noviembre.

 

Fuente: Infobae

ALERTA DE LA RPVF 04/12/2020: Se extiende plazo de no intervención para barbijos, tapabocas y guantes

Red Provincial de Vigilancia Farmacéutica
Colegio de Farmacéuticos de la Pcia. de Bs. As.

04/12/2020 Las alertas de la RPVF son preparadas para ser interpretadas por Farmacéuticos y otros profesionales de la salud.
Se autoriza la reproducción del presente alerta, citando la fuente.


Estimados colegas: transcribimos la siguiente comunicación de ANMAT

 

Se extiende plazo de no intervención para barbijos, tapabocas y guantes

La ANMAT ha extendido, hasta el 31 de diciembre de 2020, el plazo para importación de barbijos, tapabocas y guantes de examinación.

Publicado el jueves 03 de diciembre de 2020


Se comunica a los interesados que esta Administración Nacional ha decidido prorrogar nuevamente hasta el próximo 31 de diciembre la excepción de intervención comunicada originalmente el pasado 4 de agosto para la importación de tapabocas, barbijos y guantes de examinación (no incluye guantes estériles).
La medida ha sido tomada de modo excepcional, en el marco del Decreto N°260/2020, que reglamenta las condiciones de aplicación de la emergencia sanitaria en virtud de la pandemia declarada por la Organización Mundial de la Salud en relación al COVID – 19.

Fuente: https://www.argentina.gob.ar/noticias/se-extiende-plazo-de-no-intervencion-para-barbijos-tapabocas-y-guantes

 

Retiro del mercado de suplementos dietarios WHEY PROTEIN de BODY ADVANCE

ANMAT recomienda a la comunidad celíaca abstenercerse de consumir los productos mecionados.

Publicado el jueves 03 de diciembre de 2020


La ANMAT informa a la comunidad celíaca, que la firma Víctor Hernán Kuschniroff – RNE Nº 02-035075 se encuentra realizando el retiro voluntario del mercado de los siguientes productos marca Whey Protein de Body Advance Máximo Rendimiento, identificados como Alimentos Libres de Gluten.

  • Suplemento dietario a base de suero lácteo – Whey Protein L Glutamina, Taurina, Vitamina C -sabor chocolate – RNPA 02-600324.
  • Suplemento dietario a base de suero lácteo – Whey Protein L Glutamina, Taurina, Vitamina C – sabor frutilla – RNPA 02-600327.
  • Suplemento dietario a base de suero lácteo – Whey Protein L Glutamina, Taurina, Vitamina C – sabor vainilla – RNPA 02-600330.
  • Suplemento dietario a base de suero lácteo – Whey Protein L Glutamina, Taurina, Vitamina C – sabor dulce de leche – RNPA 02-600325.

La medida fue tomada a partir de las acciones de fiscalización y gestión del riesgo realizadas por la ANMAT junto con la Dirección de Industrias y Productos Alimenticios del Ministerio de Desarrollo Agrario de la provincia de Buenos Aires en el establecimiento elaborador de los productos cuyos rótulos presentan el logo de ALG (Alimento libre de gluten), no encontrándose autorizados bajo ese atributo.
Esta Administración Nacional se encuentra coordinando las acciones preventivas con todas las autoridades sanitarias provinciales y municipales del país, a los fines de monitorear el retiro del mercado de los productos.

Por todo lo expuesto la ANMAT recomienda:

  • A la población celíaca, que tenga en su poder los mencionados productos, que se abstengan de consumirlos.
  • A quienes expendan los productos WHEY PROTEIN de BODY ADVANCE MÁXIMO RENDIMIENTO, que cesen su comercialización.

Rótulos de los productos

Fuente: https://www.argentina.gob.ar/noticias/retiro-del-mercado-de-suplementos-dietarios-whey-protein-de-body-advance

 

ALERTA DE LA RPVF 03/12/2020: Vacunas para SARS-CoV-2

La Plata, 03 de DICIEMBRE de 2020 – farmaceuticos@colfarma.org.arwww.colfarma.org.ar


Red Provincial de Vigilancia Farmacéutica
Colegio de Farmacéuticos de la Pcia. de Bs. As.

03/12/2020 Las alertas de la RPVF son preparadas para ser interpretadas por Farmacéuticos y otros profesionales de la salud.
Se autoriza la reproducción del presente alerta, citando la fuente.


Estimados colegas: transcribimos la siguiente información de ANMAT

 

Vacunas para SARS-CoV-2 con documentación en proceso de presentación para su registro

ANMAT pone a disposición la lista de titulares que han comenzado a presentar documentación para el registro de la vacuna para SARS-CoV-2.

Publicado el miércoles 02 de diciembre de 2020


Listado actualizado de titulares de productos que han comenzado a presentar la documentación necesaria para el registro de su vacuna para el SARS-CoV-2:

  • PFIZER S.R.L, nombre: VACUNA DE ARN DEL SARS-COV-2
    Fecha de comienzo de presentación de documentación: 02 de diciembre de 2020
  • HLB Pharma Group, nombre: SPUTNIK V
    Fecha de comienzo de presentación de documentación: 02 de noviembre de 2020
  • Astra Zéneca S.A., nombre AZD-1222
    Fecha de comienzo de presentación de documentación: 05 de octubre de 2020

Fuente: https://www.argentina.gob.ar/noticias/vacunas-para-sars-cov-2-con-documentacion-en-proceso-de-presentacion-para-su-registro

 

 

ALERTA DE LA RPVF 02/12/2020: Información de ANMAT

La Plata, 02 de DICIEMBRE de 2020 – farmaceuticos@colfarma.org.arwww.colfarma.org.ar

Red Provincial de Vigilancia Farmacéutica
Colegio de Farmacéuticos de la Pcia. de Bs. As.

02/12/2020 Las alertas de la RPVF son preparadas para ser interpretadas por Farmacéuticos y otros profesionales de la salud.
Se autoriza la reproducción del presente alerta, citando la fuente.


Estimados colegas: transcribimos la siguiente información de ANMAT

 

Nueva prórroga del mecanismo de emergencia para el registro de productos médicos críticos

Extensión del plazo hasta el 30 de diciembre de 2020

Publicado el martes 01 de diciembre de 2020


La ANMAT ha prorrogado la vigencia del mecanismo de emergencia para el registro de productos médicos críticos clase I y II relacionados a la pandemia por COVID-19 hasta el 30 de diciembre de 2020.

Fuente: https://www.argentina.gob.ar/noticias/nueva-prorroga-del-mecanismo-de-emergencia-para-el-registro-de-productos-medicos-criticos

 

PRODUCTOS ALIMENTICIOS

Disposición 8784/2020 (ANMAT) 02/12/2020

Prohíbese la comercialización en todo el territorio nacional del producto y en las plataformas de venta en línea del producto: “Agua Alcalina Hidrogenada”, Pura salud, Disfrutá de la Pureza del Agua Alcalina, marca: Acqualina, RNPA: exte N° 4036-46872/20, RNE exte N° 06997-101/20, Liliana Lucía Veliz CUIT: 23-20376754-4, Ruta Nacional N° 8 – km 77.200, Parada Robles- Exaltación de la Cruz, Provincia de Buenos Aires, por carecer de registros de RNE Y RNPA resultando ser un producto ilegal.

 

DOMISANITARIOS

Disposición 8783/2020 (ANMAT) 02/12/2020

Prohíbese el uso y la comercialización en todo el territorio nacional del producto identificado en su rótulo como: “SOLUCIÓN DE DIÓXIDO DE CLORO (ClO2) 3000 ppm LOS ANGELES CDS”, en todas las presentaciones, por resultar ser un producto ilegítimo.

 

 

CUOTA SOCIAL DICIEMBRE 2020

CUOTA SOCIAL DICIEMBRE/2020
 DT/CO-DT/AUXILIAR  VOLUNTARIO FARM. DE HOSPITAL (A)
CUOTA BÁSICA 1.606,29 768,48 0,00
DEFENSA PROFESIONAL 34,67 34,67 34,67
LABORATORIO 34,67 34,67 34,67
Cuota Colegio Central 1.675,63 837,82 69,34
CUOTA FILIAL 718,13 359,06 0,00
Total Cuota Col. Central más Filial (1) 2.393,76 1.196,88 69,34
APORTE PROGRAMA EMPRENDEDORES              50,00 50,00 50,00
CUOTA CONFEDERACIÓN (2)              85,00 85,00 85,00
SUBSIDIO DOTAL 100,00 100,00 100,00
SUBS. INT. QUIR. 35,00 35,00 35,00
SUBS. FALLECIMIENTO 160,24 160,24 160,24
SUBS. DE RETIRO 89,02 89,02 89,02
SUBS. DE DESEMPLEO 10,68 10,68 10,68
SUBS. POR CATÁSTROFE 12,71 12,59  12,63
SUBS. AYUDA A LA PARENTALIDAD 63,59 63,59 63,59
SUBTOTAL (3) 471,24 471,12 471,16
TOTAL 1+2+3 3.000,00 1.803,00 675,50
Farm. Fallecidos  Gatelli Elma Beatriz Rosario
 Manfredi Norberto Jorge Luis
 Martin Vera Nelly Esther
 Oliva Elba Celia
 Ibanez Jose Alberto
MIEMBROS ADHERENTES
SUBS. DOTAL 100,00
SUBS. INT. QUIR. 35,00
SUBS. FALLEC. 160,24
SUBS. DE RETIRO 89,02
SUBS. DE DESEMPLEO 10,68
SUBS. POR CATÁSTROFE 12,72
SUBS. AYUDA A LA PARENTALIDAD 63,59
TOTAL 471,25
IMPORTANTE:-SEGÚN RESOL. DE ASAMBLEA DEL 29/7/89, VTO. 15/12/2020
RESIDUOS PATOGÉNICOS $ 1.633,50 (cada caja)
RESIDUOS PATOGÉNICOS $ 18,15 (cada certificado de incineración)
RESIDUOS PATOGENICOS $ 18,15 (cada manifiesto)
SEGURO MALA PRAXIS 
SEGURO MALA PRAXIS ($ 1,000.000,00) A $ 80,00 $ 64,00
SEGURO MALA PRAXIS ($ 2.000.000,00) B $ 160,00 $ 128,00
SEGURO MALA PRAXIS ($ 3.000.000,00) C $ 240,00 $ 192,00
SEGURO MALA PRAXIS ($ 5.000.000,00) CATEGORIA D $ 380,00 $ 304,00
SEGURO MALA PRAXIS FCIAS. SOCIEDADES ($ 1.000.000,00) $ 390,00 $ 312,00
SEGURO MALA PRAXIS FCIAS. SOCIEDADES ($ 2.000.000,00) $ 780,00 $ 624,00
SEGURO MALA PRAXIS FCIAS. SOCIEDADES ($ 3.000.000,00) $ 1.170,00 $ 936,00
SEGURO MALA PRAXIS FCIAS. SOCIEDADES ($ 5.000.000,00) $ 1.850,00 $ 1.480,00

Apertura 26º CONGRESO FARMACEUTICO ARGENTINO 2020

El CIMF recomienda: ¿Cuáles son las enormes diferencias entre las vacunas de Pfizer, Moderna y Oxford?

Las tres son muy prometedoras, pero cada una de ellas tiene sus ventajas e inconvenientes en materia de precio y logística de distribución.

La humanidad ha conseguido en poco más de 10 meses desarrollar tres vacunas experimentales (Pfizer, Moderna y AstraZeneca, en este último caso junto a la Universidad de Oxford) con una altísima eficacia contra el coronavirus, que debe comprobarse por estudios independientes. Las tres son muy prometedoras, pero cada una de ellas tiene sus ventajas e inconvenientes. Estas son sus diferencias.

Precio de las vacunas

La gran mayoría de la humanidad se tendrá que vacunar contra la Covid-19, así que el precio de la inyección es uno de los factores esenciales para que el medicamento sea accesible para todos.

Las diferencias entre las tres vacunas son enormes: la desarrollada por la Universidad de Oxford y AstraZeneca costará unos tres euros por dosis; la de la multinacional estadounidense Pfizer y la biotecnológica alemana BioNTech superaría los 15 euros por dosis, cinco veces más; y la concebida por la empresa estadounidense Moderna y los Institutos Nacionales de la Salud de EEUU alcanzaría los 21 euros por dosis, siete veces más que la de Oxford.

Temperatura de conservación de las vacunas

Llevar las vacunas contra la Covid-19 a todos los rincones del mundo será un desafío logístico con pocos precedentes. Una de las claves decisivas será la temperatura de conservación de cada producto.

La Universidad de Oxford ha sacado pecho en un comunicado sobre que su vacuna experimental se mantiene en el frigorífico, a temperaturas de entre 2 y 8 grados, y por lo tanto se puede distribuir utilizando los canales ya existentes para otras vacunas.

La inyección de Pfizer, sin embargo, necesita temperaturas ultrafrías, de unos 70 grados bajo cero, un problema que la empresa intentará solucionar mediante contenedores con hielo seco que pueden conservar la vacuna durante 15 días.

El producto de Moderna está en un término medio. Su vacuna experimental permanece estable al menos seis meses a 20 grados bajo cero y aguanta 30 días en la heladera, con temperaturas de entre 2 y 8 grados.

Eficacia de las vacunas

Los equipos de las tres vacunas experimentales han proclamado eficacias de entre el 90% y el 95%, pero hay matices entre ellas. La Universidad de Oxford y AstraZeneca han anunciado este lunes una eficacia de hasta el 90%, a partir de un análisis de 2.700 personas que recibieron primero media dosis y al cabo de un mes otro pinchazo con una dosis completa.

Con dos dosis enteras la eficacia, paradójicamente, se reduce al 62%, según los resultados de un estudio mayor, con 8.900 participantes. Los padres de la vacuna estudian este fenómeno y habrá que ver si la eficacia preliminar del 90% se mantiene en los resultados finales del ensayo clínico, que ya ha reclutado a unas 24.000 personas en el Reino Unido, Brasil y Sudáfrica.

La vacuna experimental de Pfizer y BioNTech ha sido la primera en ofrecer una cifra de eficacia —un 95%— con plena validez estadística, gracias a un ensayo con unos 44.000 participantes y 170 contagios entre ellos. Solo ocho de estas personas infectadas habían recibido dos dosis de la vacuna real.

El resto, 162 voluntarios, recibieron dos inyecciones de agua con sales. Esta eficacia del 95% se mantiene constante en los diferentes grupos de edad y en todos los sexos y razas de los participantes en el ensayo, según ha destacado Pfizer.

La empresa estadounidense Moderna y los Institutos Nacionales de la Salud  han anunciado una eficacia del 94,5%, según un primer análisis de un ensayo con 30.000 personas en EEUU.

ALERTA DE LA RPVF 27/11/2020: Caducará el certificado de habilitación provisoria para productos médicos críticos

La Plata, 27 de NOVIEMBRE de 2020 – farmaceuticos@colfarma.org.arwww.colfarma.org.ar

Red Provincial de Vigilancia Farmacéutica
Colegio de Farmacéuticos de la Pcia. de Bs. As.

27/11/2020 Las alertas de la RPVF son preparadas para ser interpretadas por Farmacéuticos y otros profesionales de la salud.
Se autoriza la reproducción del presente alerta, citando la fuente.


Estimados colegas:transcribimos la siguiente información de ANMAT

 

Caducará el certificado de habilitación provisoria para productos médicos críticos

El 31 de marzo de 2021 caducarán los certificados provisorios de habilitación y registro, por lo cual debe iniciarse el trámite correspondiente para continuar con las actividades de importación o fabricación de estos productos.

Publicado el miércoles 25 de noviembre de 2020


Se informa al sector regulado que posea certificado de habilitación provisoria para fabricar y/o importar productos médicos identificados como críticos en el contexto de pandemia, según el instructivo publicado por ANMAT, que para continuar con la habilitación, deberá solicitarla mediante el trámite de «Habilitación inicial» , según normativa vigente.

La solicitud del trámite se realizará enviando a un correo a la dirección habilitaciones.pm@anmat.gob.ar adjuntando:

Se podrá solicitar la habilitación para los rubros que desee, abonando los aranceles correspondientes.
Una vez confirmada la recepción de la documentación completa, se iniciará, por medio de la plataforma de Gestión Documental Electrónica (GDE), el expediente electrónico y se hará entrega del número correspondiente para su seguimiento.

Toda la documentación deberá estar escaneada y firmada holográficamente por el/la directora/a técnico/a y responsable legal. Se agradecerá utilizar la menor cantidad de archivos PDF posibles.

El plazo para presentar la solicitud será hasta el 31 de marzo de 2021. Luego de esa fecha, los certificados provisorios de habilitación y de registro caducarán de manera automática por tanto, la empresa no podrá realizar ninguna de las actividades para las que fue oportunamente habilitada.

Una vez iniciado el trámite de solicitud de habilitación antes del 31 de marzo de 2021, se prorrogará la vigencia de los certificados provisorios hasta tanto el Instituto Nacional de Productos Médicos se expida.

Fuente: https://www.argentina.gob.ar/noticias/caducara-el-certificado-de-habilitacion-provisoria-para-productos-medicos-criticos